Región de Murcia

Regulación de las actuaciones administrativas automatizadas del Ayuntamiento de Abarán.

Borm Nº 79, miércoles 8 de abril de 2026

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Abarán

Nº de Publicación:

1528

NPE: A-080426-1528

TEXTO

IV. Administración Local

Abarán

1528 Regulación de las actuaciones administrativas automatizadas del Ayuntamiento de Abarán.

Mediante Decreto de Alcaldía núm.: 2026-583 de 9 de marzo, se dictó:

“Primero.- Crear el sello electrónico del Ayuntamiento de Abarán con las características siguientes:

a) La titularidad y la responsabilidad de la utilización del sello electrónico que se crea mediante esta resolución corresponde al Ayuntamiento de Abarán, y su custodia a la CARM en virtud de la autorización efectuada a la Dirección General competente en materia de informática.

b) Las características técnicas generales del sistema de firma y certificado aplicable son las derivadas del Esquema Nacional de Interoperabilidad que debe constar en la Declaración de Practicas de Certificación aprobadas por el prestador de servicios de certificación que corresponda.

c) La verificación de la validez y comprobación de la situación de no revocación del certificado podrá realizarse a través de la web del prestador del servicio de certificación especificada en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Abarán, cuya dirección web es: https://abaran.sedelectronica.es

d) La verificación del documento firmado con sello de órgano, podrá realizarse en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Abarán, cuya dirección web es: https://abaran.sedelectronica.es

Segundo.- Aprobar las siguientes actuaciones administrativas automatizadas en el ámbito de los sistemas de información en los que participe este Ayuntamiento:

• Requerimiento de subsanación y mejora de solicitud.

• Aviso de documentos no aportados.

• Generación de informes asociados a solicitudes concretos.

• Expedición del certificado de empadronamiento individual.

• Expedición del volante de empadronamiento individual.

• Anotaciones registrales de entrada y salida en el registro electrónico general.

• Justificantes y certificaciones relativos a asientos en el registro electrónico.

• Actos relativos a comunicaciones y notificaciones electrónicas de mero trámite con el ciudadano.

• Avisos relacionados con notificaciones electrónicas.

• Generación de autoliquidaciones.

• Sellado de documentos electrónicos.

• Certificado por rechazo de la notificación electrónica al no haber accedido a su contenido en el plazo de diez días naturales.

• Generación y emisión de copias electrónicas y copias electrónicas auténticas.

• Generación del índice de expediente electrónico.

Tercero.- Los órganos competentes en relación con las actuaciones administrativas automatizadas del apartado anterior, serán los siguientes:

a) Para la definición de las especificaciones o detalle del procedimiento de creación y emisión del certificado: Secretaría General.

b) Para el diseño informático, programación y mantenimiento, auditor/ del sistema de información y de su código fuente: Departamento de Informática del Ayuntamiento de Abarán o servicio externo contratado

c) Para la supervisión y control de calidad: Alcaldía

d) A efectos de impugnación: Alcaldía.

Cuarto.- En los procesos de tramitación automatizada se utilizará el Sello Electrónico del Ayuntamiento de Abarán, así como el Código Seguro de Verificación vinculado a esa Administración Pública…”

En Abarán, a 9 de marzo del 2026. El Alcalde, Jesús Gómez Montiel.

NPE: A-080426-1528