Región de Murcia

Aprobación definitiva de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios de piscinas municipales.

Borm Nº 301, miércoles 30 de diciembre de 2020

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Abanilla

Nº de Publicación:

7720

NPE: A-301220-7720

TEXTO

IV. Administración Local

Abanilla

7720 Aprobación definitiva de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios de piscinas municipales.

Finalizado el plazo de exposición pública sin haberse recibido alegaciones al acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria, celebrada el día 07 de noviembre de 2020, relativo a la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación de servicios de piscinas municipales, se ha producido su elevación a definitivo.

La modificación de la ordenanza referida, es la que sigue:

MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR CASAS DE BAÑOS, DUCHAS, PISCINAS, INSTALACIONES DEPORTIVAS Y OTROS SERVICIOS ANÁLOGOS. PISCINAS PÚBLICAS MUNICIPALES.

Artículo 6.º Cuota tributaria

. La cuantía de la tasa será la fijada en las siguientes tarifas:

1.- ENTRADA DIARIA INDIVIDUAL.

Infantiles (hasta 14 años): 2 euros.

Adultos: 3 euros.

2.- ABONOS DE 15 BAÑOS INDIVIDUALES.

Infantiles (hasta 14 años): 15 euros.

Adultos: 25 euros.

A los miembros de la unidad familiar que tenga reconocida la condición de familia numerosa de categoría especial se les aplicará el 50% de las tarifas indicadas anteriormente, previa acreditación.

Disposición final.

La presente Ordenanza Fiscal comenzará a aplicarse a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

Si se desea impugnar el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, procede interponer contra el mismo recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BORM.

Abanilla, 28 de diciembre de 2020. El Alcalde, P.D. firma. Decreto n.º 354/19, de 5 de julio. El Secretario, Miguel Castillo López.

NPE: A-301220-7720