Región de Murcia

Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios urbanísticos.

Borm Nº 300, martes 29 de diciembre de 2020

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Abanilla

Nº de Publicación:

7678

NPE: A-291220-7678

TEXTO

IV. Administración Local

Abanilla

7678 Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios urbanísticos.

Finalizado el plazo de exposición pública sin haberse recibido alegaciones al acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria, celebrada el día 7 de noviembre de 2020, relativo a la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios urbanísticos, se ha producido su elevación a definitivo.

La modificación de la ordenanza referida, es la que sigue:

“Inclusión de los siguientes supuestos en el anexo 1, tarifa n.º 2. Licencias de actividad:

- Actividad/Procedimiento.

- Proyectos que utilicen y produzcan energías a partir de instalaciones para el aprovechamiento de energías renovables, en sus actividades económicas destinadas a la venta de energía en el mercado, con una cuota a aplicar de 38 euros/kw.

- Proyectos que utilicen y produzcan energías a partir de instalaciones para el aprovechamiento de energías renovables, en sus actividades económicas destinadas a autoconsumo, con una cuota a aplicar de 19 euros/kw.

Quedan excluidos de la aplicación de la tasa los proyectos y programas de instalaciones relacionadas con las energías renovables de uso doméstico.”

Si se desea impugnar el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, procede interponer contra el mismo recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BORM.

Abanilla, 28 de diciembre de 2020. El Alcalde, P.D. firma. Decreto n.º 354/19, de 5 de julio, el Secretario, Miguel Castillo López.

NPE: A-291220-7678