Administración Local
Abanilla
10510
NPE: A-311216-10510
IV. Administración Local
Abanilla
10510 | Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana. |
Finalizado el plazo de exposición pública sin haberse recibido alegaciones al acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 11 de noviembre de 2016, relativo a la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, se ha producido su elevación a definitivo.
La modificación de la ordenanza referida, es la que sigue:
MODIFICACIÓN ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES
“Se modifica el artículo 3 de la Ordenanza, quedando con la siguiente redacción:
Artículo 3.- Conforme al artículo 72 de la citada normativa, el tipo impositivo se fija:
A) En bienes de naturaleza urbana: 0,60
Se modifica el artículo 4 de la Ordenanza, quedando con la siguiente redacción:
Artículo 4.- La cuota de este impuesto será la resultante de aplicar a la base imponible:
a) En los bienes de naturaleza urbana, el tipo de gravamen del 0,60 por ciento, totalizado en el apartado A) del artículo anterior.”
Disposición final.- La presente modificación de la Ordenanza, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria de fecha 11 de noviembre de 2016, entrará en vigor el próximo día 1 de enero de 2017, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
Si se desea impugnar el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, procede interponer contra el mismo recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BORM.
Abanilla, 30 de diciembre de 2016.—El Alcalde, P.D., Decreto n.º 237/15 de 19 de junio, el Secretario, Miguel Castillo López
NPE: A-311216-10510