Región de Murcia

Corrección de errores de la Orden de 6 de abril de 2015, del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para el fomento de la contratación y de las prácticas no laborales en la Región de Murcia.

Borm Nº 126, miércoles 3 de junio de 2015

Apartado:

Comunidad Autónoma

Sección:

Otras Disposiciones

Anunciante:

Consejería de Presidencia y Empleo - Servicio Regional de Empleo y Formación

Nº de Publicación:

6896

Análisis:

NPE: A-030615-6896

TEXTO

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejería de Presidencia y Empleo

Servicio Regional de Empleo y Formación

6896 Corrección de errores de la Orden de 6 de abril de 2015, del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para el fomento de la contratación y de las prácticas no laborales en la Región de Murcia.

Advertidos errores en la Orden de 6 de abril de 2015, del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para el fomento de la contratación y de las prácticas no laborales en la Región de Murcia, publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia n.º 80, de 9 de abril de 2015, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

Primero.– En la página 14444, en el artículo 4:

- Donde dice: “3. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo…”

- Debe decir: “f) Plazo de presentación de solicitudes. El plazo…”

Segundo.– En la página 14446, en el artículo 6:, los apartados 4 y 5 deben renumerarse como apartados 3 y 4, respectivamente.

Tercero.– En la página 14451, en el artículo 12, el contenido del apartado e) forma parte integrante del apartado d), de forma tal que el apartado f) pasa a ser el apartado e).

Cuarto.– En la página 14460, en el Anexo I, apartado 5 bis EMPRESAS VINCULADAS:

Donde dice: “Se estará a la definición establecida en el artículo 3 del Reglamento (CE) n.º 800/2008 de la Comisión, de 6 de Agosto de 2008, …”.

Debe decir: “Se estará a la definición establecida en el Anexo I, artículo 3 del Reglamento (UE) n.º 6510/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014”.

Quinto. – En la página 14461, en el Anexo II, apartado A). 4:

- Donde dice “…, según se detalla en el artículo 8. 4 de esta Orden”,

- Debe decir “…según se detalla en el artículo 8, apartados 2. b) y 3. b) de esta Orden.”

Murcia, 20 de mayo de 2015.—El Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación, José Gabriel Ruiz González



NPE: A-030615-6896