Comunidad Autónoma
Disposiciones Generales
Consejería de Economía y Hacienda
4716
NPE: A-300313-4716
I. Comunidad Autónoma
1. Disposiciones Generales
Consejería de Economía y Hacienda
4716 | Orden de 25 de marzo de 2013, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se procede a modificar la relación de puestos de trabajo de la Administración Pública de la Región de Murcia y a la concreción de funciones de la Agrupación Profesional de Servicios Públicos. |
La Ley 14/2012, de 27 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de ordenación del sector público regional, en su artículo 9.Uno, establece una serie de medidas relativa a los Cuerpos de Subalternos y de Servicios pertenecientes al Grupo E de personal funcionario.
En concreto se declara la extinción de los Cuerpos de Subalternos y de Servicios, y se configura la Agrupación profesional de servicios públicos.
La citada ley habilita, en el apartado 4 del artículo 9.Uno, al consejero competente en materia de función pública, previa negociación sindical, para aprobar las medidas necesarias para la ejecución, desarrollo y aplicación de las previsiones establecidas en dicho artículo.
Uno de los aspectos que es necesario abordar para permitir la correcta aplicación de lo dispuesto por la citada ley es la modificación de la relación de puestos de trabajo y la concreción de las funciones que pueden realizar los integrantes de la Agrupación profesional.
Estas materias han sido objeto de negociación con las Organizaciones sindicales en el seno de la Mesa Sectorial de Administración y Servicios, en las sesiones de 26 de febrero y 21 de marzo de 2013.
En su virtud, y en uso de la facultad para dictar cuantas disposiciones y resoluciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de la Ley,
Dispongo:
Artículo 1.- Modificar la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración Pública de la Región de Murcia en el sentido de que todos los puestos de trabajo adscritos a los extintos Cuerpos de Subalternos, código EGX00, y de Servicios, código EFX00, Opciones de Personal de Servicios, de Ayudantes de Oficios y de Personal Subalterno, códigos EFX01, EFX02 y EFX03 respectivamente, quedarán adscritos a la Agrupación profesional de servicios públicos, código ASP00.
Artículo 2.- Las funciones de la Agrupación profesional de servicios públicos se concretan en las siguientes tareas de los puestos de trabajo adscritos a la citada agrupación, sin perjuicio de las tareas específicas que se desarrollen en las propias Consejerías y Organismos Autónomos, y que dan lugar a los siguientes tipos de puestos de trabajo:
1. Los puestos de trabajo de Celador, Conserje, Ordenanza, Ordenanza Repartidor, Subalterno y Subalterno Repartidor, tendrán como tareas las de vigilancia ordinaria, guarda y custodia de todo tipo de dependencias de la Administración; las de apertura y cierre de edificios e instalaciones; las de información general y orientación a los visitantes y usuarios; las de manejo de máquinas reproductoras y auxiliares; las de realización de recados oficiales dentro y fuera de los centros de trabajo; las de reparto de documentación, franqueo, depósito, entrega, recogida y distribución de la correspondencia y paquetería; la de entrega de notificaciones; la de traslado de mobiliario y enseres en el interior del centro donde se encuentre destinado, que no suponga la reordenación total o parcial del mismo; y otras de naturaleza análoga dentro de sus funciones que les sean encomendadas por el superior jerárquico.
2. Los puestos de Ayudante de Servicios y Ayudante de Cocina tendrán como tareas las de limpieza de todo tipo de dependencias, utensilios empleados para el trabajo y limpieza de ropa; las de preparación de alimentos para su transformación; las de preparación y atención de comedores y dormitorios; y otras de naturaleza análoga dentro de sus funciones que les sean encomendadas por el superior jerárquico.
3. Los puestos de Ayudante Tareas Agropecuarias, Asistente Apoyo Investigación, Mozo, Peón, Ayudante de Mantenimiento y Operador Aforos tendrán como tareas las de mantenimiento básico de material y mobiliario, las de ejecución y manipulación básica de su oficio y las de colaboración con personal funcionario o técnico al que presten apoyo, relacionadas con el ámbito de actuación; y otras de naturaleza análoga dentro de sus funciones que les sean encomendadas por el superior jerárquico.
Disposición Derogatoria Única.- Queda derogada la Orden de 24 de enero de 2001, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se configuran opciones dentro del Cuerpo de Servicios y se modifica la relación de puestos de trabajo de la Administración Pública de la Región de Murcia.
Disposición Final Única.- La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Murcia a 25 de marzo de 2013.—El Consejero de Economía y Hacienda, Juan Bernal Roldán
NPE: A-300313-4716