Región de Murcia

Orden de 2 de marzo de 2011, por la que se modifica la Orden de 18 de mayo de 2010, de la Consejería de Agricultura y Agua, por la que se establecen las Bases Reguladoras y la convocatoria para el año 2010, de las ayudas para la realización de programas de colaboración para la mejora y fomento de las producciones ganaderas y de la sanidad animal.

Borm Nº 53, sábado 5 de marzo de 2011

Apartado:

Comunidad Autónoma

Sección:

Disposiciones Generales

Anunciante:

Consejería de Agricultura y Agua

Nº de Publicación:

3368

Análisis:

NPE: A-050311-3368

TEXTO

I. Comunidad Autónoma

1. Disposiciones Generales

Consejería de Agricultura y Agua

3368 Orden de 2 de marzo de 2011, por la que se modifica la Orden de 18 de mayo de 2010, de la Consejería de Agricultura y Agua, por la que se establecen las Bases Reguladoras y la convocatoria para el año 2010, de las ayudas para la realización de programas de colaboración para la mejora y fomento de las producciones ganaderas y de la sanidad animal.

Con fecha 21 de mayo de 2010, se publicó en el BORM nº 115 la Orden de 18 de mayo de 2010 de la Consejería de Agricultura y Agua, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2010, de las ayudas para la realización de programas de colaboración para la mejora y fomento de las producciones ganaderas y de la sanidad animal.

Dicha Orden establece en su artículo 2 un importe global para la concesión de las ayudas para la realización de los programas de vigilancia y erradicación de enfermedades previstas en la letra e) del artículo 1.2 de la citada Ley, de 750.000 euros, pudiendo incrementarse en una cuantía máxima adicional de 300.000 euros.

El artículo 9.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dispone que el otorgamiento de una subvención debe cumplir, entre otros, el requisito de la existencia de crédito adecuado y suficiente para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión de la subvención.

El actual escenario económico presidido por una grave crisis de origen y alcance internacional, ha hecho necesaria la adopción para parte de los diferentes gobiernos de medidas destinadas a la contención y reducción del déficit público. Ante esta situación, se han acordado unas directrices de actuación para cumplir con los compromisos adquiridos en el ejercicio de 2010.

Por todo lo expuesto, se hace imprescindible la modificación de la citada Orden de 18 de mayo de 2010.

En virtud de lo anterior, conforme a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en la 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en el ejercicio de las facultades atribuidas por la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia,

Dispongo

Primero. Modificar el artículo 2 apartado 1 de la Orden de 18 de mayo de 2010, de la Consejería de Agricultura y Agua, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2010, de las ayudas para la realización de programas de colaboración para la mejora y fomento de las producciones ganaderas y de la sanidad animal, en cuanto a las ayudas para los programas de vigilancia y erradicación de enfermedades, quedando redactado de la siguiente forma:

“Las subvenciones reguladas en la presente Orden se concederán con cargo a la partida presupuestaria 17.05.00.712F.47012, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el año 2011, proyecto de inversión 11163, subproyecto 01116310G403, por un importe global de 738.629,91 euros, para los programas referidos en la letra e) del artículo 1.2”.

Segundo. La presente Orden producirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Murcia, a 2 de marzo de 2011.—El Consejero de Agricultura y Agua, Antonio Cerdá Cerdá.



NPE: A-050311-3368