Región de Murcia

Orden de 22 de octubre de 2009 de la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación por la que se modifica la Orden de 26 mayo de 2009, de la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación reguladora de las bases y convocatoria de ayudas destinadas a la incorporación de titulados universitarios a las actividades de I+D+I, en el ejercicio 2009.

Borm Nº 257, viernes 6 de noviembre de 2009

Apartado:

Comunidad Autónoma

Sección:

Disposiciones Generales

Anunciante:

Consejería de Universidades, Empresa e Investigación

Nº de Publicación:

17223

Análisis:

NPE: A-061109-17223

TEXTO

I. Comunidad Autónoma

1. Disposiciones Generales

Consejería de Universidades, Empresa e Investigación

17223 Orden de 22 de octubre de 2009 de la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación por la que se modifica la Orden de 26 mayo de 2009, de la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación reguladora de las bases y convocatoria de ayudas destinadas a la incorporación de titulados universitarios a las actividades de I+D+I, en el ejercicio 2009.

Advertido error en la Orden de 26 de mayo de 2009, de la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación reguladora de las bases y convocatoria de ayudas destinadas a la incorporación de titulados universitarios a las actividades de I+D+I empresariales, en el ejercicio 2009, publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, número 131, de fecha 10 de junio de 2009, se procede a su rectificación.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Universidades y Política Científica, en uso de las competencias que me atribuye el artículo 13 de la Ley 7/2005 de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia,

Dispongo:

Artículo Único.- Modificar los siguientes artículos:

1.- Se suprime el apartado g) del artículo 10.4.

2.- Se modifica el apartado 1 del artículo 12 que queda redactado de la siguiente manera: “El pago de la primera anualidad de la subvención concedida se realizará en forma de pago único anticipado a la cuenta bancaria que figure en la solicitud, previa presentación de la documentación relacionada en el artículo 10.4 y , en su caso, la aportación del resguardo de haber constituido la garantía que se le haya fijado en la orden de concesión, en el plazo de 10 días a contar desde el día siguiente a la notificación de la subvención concedida”.

Disposición final.- La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Murcia a 22 de octubre de 2009.—El Consejero de Universidades, Empresa e Investigación, Salvador Marín Hernández.



NPE: A-061109-17223