Región de Murcia

Corrección de errores a la Ley 4/2009, de Protección Ambiental Integrada de la Región de Murcia.

Borm Nº 52, jueves 4 de marzo de 2010

Apartado:

Comunidad Autónoma

Sección:

Disposiciones Generales

Anunciante:

Presidencia

Nº de Publicación:

3770

Análisis:

NPE: A-040310-3770

TEXTO

I. Comunidad Autónoma

1. Disposiciones Generales

Presidencia

3770 Corrección de errores a la Ley 4/2009, de Protección Ambiental Integrada de la Región de Murcia.

Advertidos errores en la Ley 4/2009, de Protección Ambiental Integrada de la Región de Murcia, publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, número 116, de 22 de mayo de 2009, debe procederse a su corrección en los siguientes términos:

Respecto al artículo 51.B.c), entre sus actuales párrafos primero y segundo, se debe intercalar un nuevo párrafo segundo del siguiente tenor:

“El plazo para emitir el informe del ayuntamiento, previas las actuaciones de subsanación e información vecinal y edictal, será de tres meses, a contar desde la recepción del expediente por el ayuntamiento o desde que se complete por el interesado. En caso de no emitirse el informe en el plazo señalado, el órgano competente para otorgar la autorización ambiental única requerirá al ayuntamiento para que lo emita con carácter urgente, concediéndole un plazo adicional máximo de un mes.”

En este caso, el actual párrafo segundo pasaría a ser el nuevo párrafo tercero”.

Corregir el error material detectado en la numeración de las infracciones contenidas en el artículo 151.3 donde se ha omitido la letra e) pasando del apartado d) al f) seguidamente, que procede del texto del proyecto de ley original y que al tratarse de un error material debe ser corregido.

Murcia a 15 de febrero de 2010.—El Presidente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, Ramón Luis Valcárcel Siso.



NPE: A-040310-3770