Región de Murcia

Corrección de error del Decreto n.º 173/2019, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente.

Borm Nº 211, jueves 12 de septiembre de 2019

Apartado:

Comunidad Autónoma

Sección:

Disposiciones Generales

Anunciante:

Consejo de Gobierno

Nº de Publicación:

5532

Análisis:

NPE: A-120919-5532

TEXTO

I. Comunidad Autónoma

1. Disposiciones Generales

Consejo de Gobierno

5532 Corrección de error del Decreto n.º 173/2019, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente.

Advertido error en el Decreto n.º 173/2019, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente, publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia n.º 207, de fecha 7 de septiembre de 2019, procede la rectificación del mismo en los siguientes términos:

En el artículo 3.

Donde dice:

“La Secretaría General ejercerá las funciones que le atribuye el artículo 17 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, así como la coordinación de las Oficinas Comarcales Agrarias.

También asume las funciones de Auditoría Interna del Organismo Pagador, las encomendadas al Organismo Intermedio de Certificación del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP), las de promoción, innovación e investigación agroalimentaria, control y modernización de procedimientos.”

Debe decir

Artículo 3.

La Secretaría General ejercerá las funciones que le atribuye el artículo 17 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, así como la coordinación de las Oficinas Comarcales Agrarias.

También asume las funciones de Auditoría Interna del Organismo Pagador, las encomendadas al Organismo Intermedio de Certificación del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP), las de promoción, innovación e investigación agroalimentaria, control y modernización de procedimientos”

En relación a las competencias de la Consejería como Organismo Pagador de los Fondos Agrícolas Europeos, ejerce las funciones de ejecución de pagos, control y de relación con el organismo de coordinación y de contabilidad.

Murcia, a 10 de septiembre de 2019.—El Secretario del Consejo de Gobierno, Javier Celdrán Lorente

NPE: A-120919-5532