Comunidad Autónoma
Disposiciones Generales
Consejo de Gobierno
3185
NPE: A-190416-3185
I. Comunidad Autónoma
1. Disposiciones Generales
Consejo de Gobierno
3185 | Decreto n.º 24/2016, de 13 de abril, por el que se modifica el Decreto n.º 104/2015, de 10 de julio, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Presidencia. |
El Decreto de la Presidencia n.º 18/2015, de 4 de julio, de reorganización de la Administración Regional, ha sido modificado nuevamente por Decreto de la Presidencia n.º /2016, de 13 de abril, con objeto de que la Consejería de Presidencia asuma la competencia en materia de fomento de la cultura taurina, por razones de eficiencia y eficacia administrativa.
Lo anteriormente expuesto hace necesaria la modificación del Decreto n.º 104/2015, de 10 de julio, por el que se establecen los órganos directivos de la Consejería de Presidencia, que ya ha sido objeto de dos modificaciones, una primera por Decreto n.º 158/2015, de 13 de julio, y una segunda por Decreto n.º 212/2015, de 6 de agosto.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Presidencia, por delegación del Presidente, de acuerdo con lo previsto en el Decreto de la Presidencia 29/2015, de 7 de julio; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 22.16 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, y 14.1 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia; al amparo del Decreto de la Presidencia n.º 4/2016, de 12 de abril, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su sesión de 13 de abril de 2016,
Dispongo:
Artículo único. Modificación del Decreto n.º 104/2015, de 10 de julio, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Presidencia.
El Decreto de Consejo de Gobierno n.º 104/2015, de 10 de julio, por el qu?e se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Presidencia (BORM n.º 158, de fecha 11 de julio), se modifica en los siguientes términos:
Uno. El párrafo primero del artículo 1 queda redactado del siguiente modo:
«La Consejería de Presidencia es el Departamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en las siguientes materias: administración local, relaciones con la Asamblea Regional y las relaciones institucionales; asesoramiento jurídico, representación y defensa en juicio de la Comunidad Autónoma; relaciones con la Unión Europea, cooperación al desarrollo y acción exterior; fundaciones y colegios profesionales, sin perjuicio de las competencias que en estas materias estén atribuidas a otras Consejerías; asociaciones y fomento del asociacionismo; espectáculos públicos y taurinos; fomento de la cultura taurina; participación ciudadana en la vida pública; transparencia y buen gobierno; relaciones con las comunidades asentadas fuera de la Región; protocolo; el ejercicio de funciones y la realización de actuaciones que correspondan a la Administración Regional en materia electoral, de conformidad con la legislación electoral vigente; investigaciones y estudios autonómicos; nombramiento de Notarios, Registradores de la Propiedad y Mercantiles para plazas radicadas en el territorio de la Región de Murcia, y la participación en la fijación de demarcaciones correspondientes a los mismos; coordinación de policías locales; protección civil; emergencias; prevención y extinción de incendios y salvamento».
Dos. El párrafo segundo del artículo 5 queda redactado del siguiente modo:
«Asimismo, el citado órgano asume las competencias en materia de espectáculos públicos y taurinos así como de fomento de la cultura taurina».
Disposición final única.
El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».
Murcia, 13 de abril de 2016.—La Presidenta en funciones y Consejera de Presidencia, María Dolores Pagán Arce
NPE: A-190416-3185