Región de Murcia

Corrección de errores del Decreto n.º 74/2015, de 15 de mayo, por el que se establece el currículo correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Animación, perteneciente a la familia profesional artística de Comunicación Gráfica y Audiovisual, y se regulan las pruebas de acceso en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Borm Nº 128, viernes 5 de junio de 2015

Apartado:

Comunidad Autónoma

Sección:

Otras Disposiciones

Anunciante:

Consejo de Gobierno

Nº de Publicación:

6978

Análisis:

NPE: A-050615-6978

TEXTO

I. Comunidad Autónoma

3. Otras disposiciones

Consejo de Gobierno

6978 Corrección de errores del Decreto n.º 74/2015, de 15 de mayo, por el que se establece el currículo correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Animación, perteneciente a la familia profesional artística de Comunicación Gráfica y Audiovisual, y se regulan las pruebas de acceso en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Advertidos errores en el texto del citado Decreto, publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia n.º 113, de 19 de mayo de 2015, procede la subsanación de los mismos en los siguientes términos:

En el artículo 10.- “Requisitos de acceso”, donde dice:

“Los requisitos de acceso al Ciclo Formativo de Grado Superior de Artes Plásticas y Diseño en Ilustración son los establecidos con carácter específico para las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño por el artículo 52 de la Ley Orgánica 2/2006 así como por el Real Decreto 596/2007 concretamente en su capítulo V y su disposición adicional cuarta”.

Debe decir:

“Los requisitos de acceso al Ciclo Formativo de Grado Superior de Artes Plásticas y Diseño en Animación son los establecidos con carácter específico para las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño por el artículo 52 de la Ley Orgánica 2/2006 así como por el Real Decreto 596/2007 concretamente en su capítulo V y su disposición adicional cuarta”.

En el anexo I. B.2. criterio de evaluación 3 del módulo de Fotografía, donde dice:

“Integrar la fotografía en la realización de proyectos de ilustración bien sea como herramienta de creación o como recurso expresivo y comunicativo.”.

Debe decir:

“Integrar la fotografía en la realización de proyectos de animación bien sea como herramienta de creación o como recurso expresivo y comunicativo.”

Murcia, 28 de mayo de 2015.—El Secretario del Consejo de Gobierno, José Gabriel Ruiz González



NPE: A-050615-6978