Región de Murcia

Corrección de errores al Decreto n.º 318/2009, de 2 de octubre por el que se establecen los órganos directivos de la Consejería de Educación, Formación y Empleo.

Borm Nº 239, viernes 16 de octubre de 2009

Apartado:

Comunidad Autónoma

Sección:

Disposiciones Generales

Anunciante:

Consejo de Gobierno

Nº de Publicación:

16116

Análisis:

NPE: A-161009-16116

TEXTO

I. Comunidad Autónoma

1. Disposiciones Generales

Consejo de Gobierno

16116 Corrección de errores al Decreto n.º 318/2009, de 2 de octubre por el que se establecen los órganos directivos de la Consejería de Educación, Formación y Empleo.

Advertido error en el Decreto número 318/2009, de 2 de octubre por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, se procede a su corrección en los siguientes términos:

En el primer párrafo del Artículo Tercero se añade la expresión “y asumirá las competencias en materia de calidad y evaluación del sistema educativo”. Asimismo, se incluye un segundo párrafo que establece “Dependerá de la Secretaría General la Inspección de Educación”, quedando redactado en los siguientes términos:

“La Secretaría General ejercerá las funciones que le atribuye el artículo 17 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y asumirá las competencias en materia de calidad y evaluación del sistema educativo.

Dependerá de la Secretaría General la Inspección de Educación.”

En el Artículo Sexto se añade la expresión “la formación profesional”, quedando redactado de la siguiente manera:

“La Dirección General de Centros asume las competencias del Departamento en materia de centros y enseñanzas de niveles no universitarios, a excepción de la formación profesional, las enseñanzas de régimen especial, y la educación de personas adultas.”

En el Artículo Séptimo se añade la expresión “y convivencia en los centros docentes”, quedando redactado de la siguiente forma:

“La Dirección General de Promoción, Ordenación e Innovación Educativa asume las competencias del Departamento en materia de promoción educativa, innovación educativa y formación del profesorado, así como en materia de ordenación académica no universitaria, atención a la diversidad y convivencia en los centros docentes.”

En el Artículo Noveno se sustituye la redacción del segundo párrafo, quedando redactado en los siguientes términos:

“Dependerá de la Subdirección General de Promoción Educativa y Ordenación Académica el Observatorio para la Convivencia Escolar”.

Dado en Murcia, 9 de octubre de 2009.—La Secretaria del Consejo de Gobierno, M.ª Pedro Reverte García.



NPE: A-161009-16116