I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejo de Gobierno 4257 Corrección de error al Decreto n.º 191/2023, de 22 de junio, por el que se aprueba la declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de sitio histórico, del conjunto de Santa Catalina del Monte (Murcia), como modificación de la declaración como Bien del Interés Cultural, con categoría de monumento, Palacio del Obispo. Advertido error material en la publicación en el BORM de fecha 30 de junio del Decreto n.º 191/2023, de 22 de junio, por el que se aprueba la declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Sitio Histórico, del conjunto de Santa Catalina del Monte (Murcia), como modificación de la declaración como bien del interés cultural, con categoría de monumento, Palacio del Obispo, se procede a su corrección mediante la publicación integra del texto del decreto, que se inserta a continuación “Decreto n.º 191/2023, de 22 de junio, del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por el que se aprueba la declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Sitio Histórico, del conjunto de Santa Catalina del Monte (Murcia), como modificación de la declaración como bien del interés cultural, con categoría de monumento, Palacio del Obispo. El artículo 10.Uno.14 de la Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, del Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de patrimonio cultural, histórico, arqueológico, monumental, artístico, paisajístico y científico de interés para la Región. Por Decreto número 30/1992, de 12 de marzo, del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, fue declarado Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento el «Palacio del Obispo» como denominación principal y «Palacio del Obispo y Huerto Monacal de Santa Catalina del Monte», como denominación accesoria, sito en la pedanía de Santo Ángel, de Murcia (BORM n.º 103 de 5 de mayo de 1992). La Asociación para la Conservación de la Huerta y el Patrimonio de Murcia (HUERMUR), con fecha de entrada en la Administración Regional de 16 de mayo de 2019, solicitó la modificación de la declaración del Palacio del Obispo, Castillo de Santa Catalina y yacimiento arqueológico de Santa Catalina del Monte como Bien de Interés Cultural con categoría de Sitio Histórico. Con fecha 13 de julio de 2020, la Dirección General de Bienes Culturales, a la vista del informe del Servicio de Patrimonio Histórico de 26 de junio de 2020, dictó Resolución iniciando el procedimiento de declaración de bien de Interés Cultural, con categoría de Sitio Histórico, a favor del conjunto de Santa Catalina del Monte (Murcia), como modificación de la declaración como BIC, con categoría de monumento, del Palacio del Obispo, publicada en el BORM número 171 de 25 de julio de 2020, expediente administrativo DBC 000026/2019. Notificada dicha resolución a las partes interesadas, se interpusieron varios recursos de alzada que fueron resueltos mediante diversas órdenes de la Consejería de Educación y Cultura de fecha 31 de enero de 2022 y 8 de febrero de 2022 y órdenes de la Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura y Deportes de fecha 22 de marzo de 2022, de fecha 5, 6, 12 y 29 de abril de 2022, 31 de mayo de 2022 y 31 de junio de 2022. En la tramitación del expediente emitieron informe favorable a la declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Sitio Histórico, a favor del conjunto de Santa Catalina del Monte (Murcia), como modificación de la declaración como BIC, con categoría de monumento, del Palacio del Obispo, la Real Academia de Bellas Artes de Santa María de la Arrixaca y la Real Academia Alfonso X el Sabio. De acuerdo con el artículo 16.1 de la Ley 4/2007, de 16 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Región de Murcia, se han cumplimentado los trámites preceptivos de información pública (BORM número 286, de 13 de diciembre de 2022) para que todas aquellas personas o entidades interesadas, durante el plazo de 20 días hábiles, pudieran formular las alegaciones que estimasen oportunas, siendo expuesto el expediente en la web del Portal de la Transparencia. Asimismo, se ha concedido trámite de audiencia al Ayuntamiento de Murcia y a los interesados en el expediente. Durante la tramitación de este expediente se han presentado alegaciones que han sido informadas y contestadas por el Servicio de Patrimonio Histórico de la Dirección General de Patrimonio Cultural, tal como consta en el expediente. A la vista de los informes sobre las alegaciones disponible en el enlace https://www.patrimur.es/documents/1806272/33671701/Informes+SPH+aleg+17-3-2023+y+20-3-2023/8ca16a56-fc5f-4345-943e-2685156c7d18, en los que se propone que no se acepten los aspectos solicitados en las mismas, el Servicio de Patrimonio Histórico con fecha 10 de mayo de 2023 informa que la descripción, delimitación y criterios de protección del Bien coinciden con el contenido del informe del Servicio de Patrimonio Histórico de 26 de Junio de 2020 y que se recogió como Anexo en la resolución de incoación del procedimiento. En consecuencia, terminada la instrucción del procedimiento, la Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura, Juventud, Deportes y Portavocía considera que procede declaración de bien de Interés Cultural, con categoría de Sitio Histórico, del conjunto de Santa Catalina del Monte (Murcia), como modificación de la declaración como bien del interés cultural, con categoría de monumento, Palacio del Obispo, de acuerdo con lo previsto en los artículos 2 y 3 de la Ley 4/2007. En su virtud, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el apartado 36 del artículo 22 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, en relación con el artículo 13 y 21 de la Ley 4/2007, de 16 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Región de Murcia y previa deliberación de sus miembros, a propuesta del Consejero de Presidencia, Turismo, Cultura, Juventud, Deportes y Portavocía, el Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, en su sesión del día 22 de junio de 2023, Dispone: Aprobar la declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Sitio Histórico, a favor del conjunto de Santa Catalina del Monte (Murcia), como modificación de la declaración como BIC, con categoría de monumento, del Palacio del Obispo, según descripción, delimitación y justificación que constan en el anexo y documentación y planos que figuran en su expediente. Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, conforme a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Dado en Murcia, 6 de julio de 2023.—El Secretario del Consejo de Gobierno, Marcos Ortuño Soto. Anexo al Decreto del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por el que se aprueba la declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Sitio Histórico, del conjunto de Santa Catalina del Monte (Murcia), como modificación de la declaración como bien del interés cultural, con categoría de monumento, Palacio del Obispo I. Introducción Por decreto n.º 30/1992 de 12 de marzo (BORM n.º 103 de 5 de mayo de 1992) se declaraba como Bien Cultural con categoría de Monumento el denominado “Palacio del Obispo” (como denominación principal) y “Palacio del Obispo y Huerto Monacal de Santa Catalina del Monte” como denominación accesoria. Pese a esta denominación el ámbito declarado integra el denominado Castillo de la Luz o de Santa Catalina, el Yacimiento arqueológico de Santa Catalina del Monte y la Ermita de San Antonio el Pobre, junto al Palacio del Obispo y Huerto Monacal de Santa Catalina del Monte. Paralelamente se mencionan dentro de este ámbito yacimientos arqueológicos que quedan fuera del mismo (caso del Santuario de la Luz o la Necrópolis del Cabecico del Tesoro). Posteriores descubrimientos dentro de esta zona han permitido identificar en el ámbito del propio Huerto de Santa Catalina, los restos arqueológicos de un palacio de época medieval islámica y de una necrópolis islámica y baños medievales. Todo esto hacia conveniente modificar la primitiva declaración actualizando los datos, eliminando errores y definiendo como figura de protección la del Sitio Histórico frente a la reflejada inicialmente como Monumento. II. Localización: El conjunto de Santa Catalina del Monte en cuya cumbre se alza el castillo de La Luz o de Santa Catalina y en cuya ladera se ubica el antiguo cenobio y Palacio del Obispo, se encuentra ubicado en un estratégico lugar que domina la Huerta de Murcia, en las estribaciones septentrionales de la Cresta del Gallo, controlando, por tanto, buena parte de la Vega Baja del Segura, situándose además enclavado muy cerca de lo que actualmente son las localidades del Verdolay, La Alberca y Santo Ángel. Parte del conjunto se encuentra dentro del Parque Natural del Valle. Se puede acceder desde el núcleo urbano de Murcia (distante de la fortaleza unos 6 kms al sur) en dirección al conocido Santuario de la Virgen de la Fuensanta, aunque tomando el desvío hacia el eremitorio de La Luz para alcanzar el acceso más rápido al castillo. Por lo que corresponde al Palacio del Obispo y convento, a San Antonio el Pobre y al yacimiento del Monte de Sta. Catalina, el acceso debe realizarse por la carretera de Santa Catalina desde el Verdolay. III. Catálogo de bienes patrimoniales de Santa Catalina del Monte III.1. Castillo de Santa Catalina o de La Luz El castillo de Santa Catalina corona el Cerro del yacimiento del mismo nombre en el que se desarrolla un poblado de amplia cronología desde la prehistoria hasta época medieval. Es una fortaleza que arranca de época emiral y que presenta varias fases constructivas. Posee dos recintos: uno superior a modo de torreón de planta romboidal con unas dimensiones de 35 x 20 m y que en el interior presenta distintos muros que compartimentan este espacio, documentándose en gran parte arrasados. El muro perimetral o muralla que protege el recinto superior conserva hasta cinco metros de alzado, diferenciándose el empleo del tapial en las improntas de tablazones para elevar el muro. Las dimensiones de las tapias son de 0,90 en la mayoría de los casos y en menor medida de 1.10m. Esta parte de la estructura con pérdida de la verticalidad en numerosos tramos, ha sido objeto de consolidación y restauración. La muralla presenta tres cortinas: en la base zócalo; zona intermedia formando anden en la coronación; exterior, formando parapeto del andén en la coronación. Entre las cortinas de muralla se articulan tres torreones, el situado al sur formando una especie de bastión tetragonal de 2,70 x 4,80 x 5 x 4.30 m. El acceso al recinto se realizada por el lado oeste protegido por una torre, describiendo un paso acodado, con una anchura de 2,5 m. El Recinto inferior delimita una superficie aproximada de 1625 m2, describiendo su muros una planta de tendencia rectangular y encontrándose en parte ocultos quedando intuidos en el relieve actual. En su interior se resguarda un aljibe abovedado, de 6,50 x 3,20 m de dimensiones internas y con cal hidráulica a la almagra. Hacia el sector noroeste se localiza otro aljibe (1,80 x 7,50 m), con revestimiento de cal y restos de muros que debieron circundar esta parte conformando una ampliación del recinto. En esta ladera se observan lienzos de muros desprendidos. En el Museo de Murcia existe un lote de cerámicas procedentes de estudios antiguos y otros más recientes publicados por J. Manzano que han fechado el castillo desde época emiral (ss. VIII-IX) hasta el siglo XIII. III.2. Palacio del Obispo y Huerto Monacal de Santa Catalina del Monte Antiguo Palacio de Verano del Obispo de la Diócesis de Cartagena, mandado construir por el Obispo D. Victoriano López Gonzalo entre 1789 y 1805. En 1441 D. Juan Mercader creaba el núcleo donde habría de surgir el monasterio franciscano. El primitivo convento fue tutelado por el Rey de Castilla D. Juan II, dando carta de naturaleza a su fundación el Papa Eugenio IV en 1443. La iglesia del convento respondía a un modelo de nave única con cabecera cuadrada, igual que muchas iglesias del siglo XVI. El obispo D. Manuel Felipe Miralles (1785-88) vivió una larga temporada en el convento y proyectó hacerse allí unas habitaciones, cuya realización llevó a cabo el obispo D. Victoriano López Gonzalo (1789-1805) adosando al claustro un patio con fachada al norte y con escalera por la portería. Sobre el huerto monacal, en el año 1801, el arquitecto Gilabert levantó el Palacio Residencial de verano del Obispo de Cartagena, cuando ostentaba este cargo D. Victoriano López. El obispo D. Francisco Landeira Sevilla (1861-76) reparó el palacio, hizo costosas obras para conducir de nuevo el agua al jardín del palacio y embelleció aquel pintoresco lugar con el objetivo de establecer en el convento-hospedería una comunidad de legos. El primitivo convento y la iglesia fueron destruidos en la Guerra Civil, junto con los bienes muebles que albergaban en su interior, así como su magnífica biblioteca. Ahora el palacio, reconstruido, acoge a la comunidad franciscana. El conjunto arquitectónico que comprende el convento franciscano, el Palacio Episcopal de verano, el jardín y el huerto. Las construcciones son modestas y de escaso interés artístico. De planta rectangular, se abren siete vanos en las fachadas norte y sur. El edificio tiene dos plantas; las estancias episcopales ocupaban la planta principal con grandes y elevados salones, cámaras para el prelado, dignidades y familiares; y contaba además con oratorio y dependencias especializadas, accediéndose del balcón del comedor a una galería de bajada al jardín, plantado de naranjos y limoneros, con flores y una fuente monumental de mármol en el centro. El piso superior quedó destinado a celdas para los frailes. El Palacio tiene zócalos y ángulos de sillares de piedra arenisca y la cornisa terminada en canes de madera. Todo ello se remata con cubierta de teja de medio cañón a dos aguas. Partes integrantes y pertenencias: cerca amurallada y rejas, pérgola con siete columnas, fuente, cripta, pozo artesiano, cinco escudos y lápida: Hay un total de cinco escudos en el inmueble, en portadas y esquinas del edificio. El escudo que hay sobre la puerta de entrada al convento, al lado de la lápida con la inscripción, pertenecía a la fachada de la enfermería y alude al obispo que promovió su construcción. En las esquinas de la parte oeste también campean los blasones de los obispos que lo mandaron edificar; posteriormente se adosaron a la fachada norte las insignias de armas de la familia Mercader, fundadores del primitivo convento. Junto a la puerta una lápida adosada al muro norte con la siguiente inscripción: “A el ilustrísimo Sr. D. Victoriano López Gonzalo. Digno Obispo de Cartagena que con mano liberal y generosa amplificó este Convento Tomás Pedrinan y Mercader su patrono con esta Comunidad dan las gracias. Año 1793”. En el jardín se conservan una serie de columnas de mármol blanco con capiteles jónicos, dispuestas formando una exedra, procedentes del Ayuntamiento y del claustro del Carmen de Murcia; así como varias piedras de molino. III.3. Ermita de San Antonio el Pobre Está situada en la orilla de una rambla, en un paraje especial, con indudables valores paisajísticos. Se trata de un pequeño conjunto arquitectónico integrado por la iglesia, los restos de habitación del ermitaño y una cueva. En la fachada N.O. del Monte de Santa Catalina, sobre la gruta de un antiguo ermitaño, se construyó la ermita de San Antonio el Pobre en el siglo XVIII, edificio modesto pero de indudable significación histórica. Sus orígenes se remontan a la existencia del ermitaño llamado Juan el Pobre, que sentía gran devoción por San Antonio, estando muy relacionados a la fundación del Convento de Santa Catalina del Monte. La iglesia es de planta centralizada, cuadrada, con las esquinas achaflanadas en las que se abren pequeños nichos semicirculares. Cuatro arcos hacen los cierres de cada paramento interior así como los del acceso al presbiterio. Se cubre con bóveda de arista de ocho plementos, que se corresponden con las cuatro caras del cuadrado y con los cuatro chaflanes de las esquinas. Esta forma octogonal se traduce al exterior. Parte de la cúpula está oculta por el tambor, también octogonal. La cubrición es de teja curva y está rematada por una linterna. La ornamentación se realiza a base de arcos con derrame, escudos sobre las claves de los arcos con rocallas, el baquetón que acaba en volutas, molduras de la repisa de la hornacina de la fachada y cadenas exteriores de las esquinas. En la tarde del Viernes Santo, desde el convento de Santa Catalina salía un cortejo, el entierro de Cristo, con acompañamiento de frailes que entonaban melodías gregorianas, y de hombres del Verdolay y de la Alberca, con sus trajes negros de pana. Con un Cristo yacente sobre ataúd abierto, el lento cortejo se dirigía por caminos y senderos a la Ermita de San Antonio el Pobre, en donde era depositado Cristo Muerto. La ermita fue testigo durante años de una tradición muy arraigada en Murcia: la bendición del gusano de seda. Año tras año se llevaba la simiente del gusano a la ermita de San Antonio el Pobre para que fuese bendecida. La romería y la ceremonia se realizaban el primer viernes de marzo. III.4. Patrimonio Arqueológico · Poblado de Santa Catalina del Monte El poblado se desarrolla desde la cima del monte de Santa Catalina por la ladera norte, en una zona actualmente urbanizada de carácter residencial, debiendo quedar constreñido según sus investigadores, por una muralla que coincide aproximadamente con la curva de nivel 110, y las calles Camino de San Antonio y Camino de Santa Catalina. El yacimiento conocido desde el año 1935, ha sido objeto de excavaciones arqueológicas iniciadas, por la Universidad Autónoma de Madrid en el año 1976, y posteriormente con carácter de urgencia en varias parcelas urbanizadas en los años 1986 y a partir de 1998. En dichas excavaciones se ha documentado una amplia secuencia cultural del yacimiento que abarca restos de época Calcolítica, Campaniforme, Edad del Bronce época Argárica, Bronce Tardío y Final, Hierro I, Hierro II, Cultura Ibérica, Romana y Medieval. En la actualidad se observan en las zonas del yacimiento accesibles, sobre todo en la parte superior del cerro, un elevado porcentaje de cerámicas ibéricas, siguiendo las islámicas y en menor medida prehistóricas. En la parte de la ladera, entre las construcciones de tipo privado, se localizan en la zona oeste, frentes abiertos en el terreno que formando depósitos de relleno o alterados, con materiales cerámicos diversos. En torno al castillo de Santa Catalina se da un alto porcentaje de cerámicas ibéricas abarcando el yacimiento hasta la cima del cerro. Con este poblado se relacionan en ápoca ibérica el Santuario de la Luz y la Necrópolis del Cabecico del Tesoro, constituyendo un conjunto básico en la historiografía de la cultura ibérica. · Restos arqueológicos del Huerto del Convento de Santa Catalina Las excavaciones arqueológicas realizadas en el Huerto del antiguo convento documentaron, por una parte, silos y restos de actividad metalúrgica de época romana que permiten plantear una extensión del poblamiento en esta época desde el Cerro de Santa Catalina a este sector junto a la Rambla. Por otra parte, ha sido posible excavar en extensión un área de necrópolis de rito islámico localizada en el área central de la parcela. Se han podido interpretar los restos hallados en el extremo meridional de la parcela como correspondientes a unos baños medievales islámicos en buen estado de conservación, y un pabellón-mirador con alberca de datación medieval islámica ubicado en el sector central de la parcela. Este último está construido mediante potentes muros de tapial calicastrado y conserva en el zócalo la decoración pictórica con lacerías en pintura roja que recuerda los motivos registrados en Santa Clara La Real o en El Castillejo de Monteagudo lo que permite plantear, a modo de hipótesis, la posible vinculación de esta edificación, el cementerio y los baños a un complejo residencial de carácter aristocrático o a una fundación pía de la que faltaría documentar el oratorio. Los restos más monumentales parecen tener una continuidad bajo la terraza donde se ubica el convento actual y donde se encontraba la antigua iglesia. La relación de este espacio áulico con el poder justificaría su paso en época cristiana a la corona primero y al obispado definitivamente. III.5. Complejo hidráulico subterráneo de Santa Catalina del Monte Situado en el entorno del convento de Santa Catalina del Monte, este convento está relacionado estrechamente con la explotación del sistema, cuya explotación de recursos probablemente explica también la continuidad del poblamiento en el sector desde la prehistoria. El complejo aúna una explotación hidráulica con una minera. Tenía dos accesos principales: el primigenio del aprovechamiento hidráulico, realizado por los frailes en el siglo XVIII por una galería subterránea desde el huerto conventual, que quedó colapsada por recientes movimientos de tierra; y el de la galería minera con la que el aprovechamiento hidráulico se interconecta, habilitada como acceso principal por parte de la SAPSCM desde finales del siglo XIX. Esta última galería, único acceso posible a día de hoy, se ubica a una altitud de 90 metros, y se prolonga unos 200 metros en dirección SE, hasta llegar bajo el pozo vertical que se sitúa en la falda noroccidental del cerro del castillo de Santa Catalina. El conjunto cuenta con al menos tres niveles de profundidad. En el primero de ellos, llegando por la galería de acceso, tiene como elementos principales dos galerías y una gran cúpula. Una de las galerías –posiblemente de origen minero- es la prolongación de la de acceso, está tapiada y queda colgada a cierta altura; de la otra, también tapiada, tan solo emerge un pequeño tubo seccionado del que se desconoce su origen. La cúpula tiene tres aperturas en su perímetro y un agujero vertical de unos 10 metros de profundidad en el centro de la estancia. Está enlucida en su totalidad y presenta dos nervios de ladrillo plano. Al menos, una de las aperturas laterales, aunque posiblemente también las otras, que están colmatadas, es un acceso a las lumbreras verticales de aireación y extracción de sólidos. Todo apunta a que esta estancia no formó parte del primer aprovechamiento de aguas realizado por los frailes en el nivel inferior, sino que fue construida por la Sociedad para ubicar una bomba para elevar las aguas a superficie. Así lo parece por una tubería cerámica insertada en la cúpula, cuya sección, del mismo diámetro y material que la encontrada en la fuente del Obispo, se dirige hacia el brocal central de la estancia. El segundo nivel, al que se llega por las escaleras próximas a la estancia de la cúpula, se caracteriza por la presencia de una galería que en un giro brusco se dirige al recinto conventual. Nada más descender a este nivel destaca, a la derecha, varios puntos de acceso que conectan este piso con el tercer nivel, a modo de brocales de forma circular y cuadrangular, y que están llenos con las aguas subterráneas. Si continuamos unos metros más por esta galería encontramos unas escaleras que descienden al tercer nivel. El descenso se hace imposible sin medios subacuáticos, ya que el agua rebosa en este tramo de galería, llenando las estancias inferiores y la escalera de descenso. A continuación hay dos grandes depósitos de bóveda de cañón y dispuestos en paralelo. De 15 y 20 metros de longitud, están interconectados entre sí por dos aperturas laterales y, al menos uno, presenta un sumidero en el fondo con un sistema de rosca y volante, desaguando en el nivel inferior –aparentemente, pues una capa de limos cubre el fondo-. Esta galería sirvió de acceso desde el convento y llevó las aguas hasta el mismo, como relatan las transcripciones de fuentes primarias. A lo largo de la galería se aprecian varias canalizaciones superpuestas, de diferentes diámetros y materiales. Aunque el piso de la galería tiene una capa de materiales desprendidos, poco antes del colapso se ve una estructura de escaso alzado que podría ser el decantador de una canaleta excavada en el suelo, como es habitual en estos aprovechamientos. Es de suponer que así se dirigían las aguas hacia la fuente de extramuros, ubicada en una escalinata de tres ramales que ha llegado hasta nuestros días reconvertida en un solo ramal, sobre la cual relatan algunos testimonios que, tras su modificación, se retranqueó hasta el mismo muro norte del palacio episcopal. En definitiva, nos encontramos ante el complejo hidráulico que en una primera etapa abasteció al convento y la fuente pública tras la pérdida del manantial de la Fuen Santa, y del que no podemos descartar un origen más antiguo, para después suponer el germen del proyecto de la SAPSCM de la mano de Antonio Hernández Crespo, quien astutamente prospectó estos terrenos y adquirió el complejo minero. Todo apunta a que permanecerá la incógnita de si el encuentro del señor Hernández Crespo con el aprovechamiento subterráneo ejecutado por los religiosos fue fortuito o no, pero en cualquier caso, fue este hecho el que posibilitó el primer servicio público de aguas potables de la ciudad de Murcia. III.6. Lugar de interés geológico: el talud de Santo Ángel La falla de Carrascoy articula el levantamiento tectónico compresivo de la sierra del mismo nombre y la de la Cresta del Gallo respecto a la depresión del Guadalentín/Segura. Este levantamiento genera una serie de depósitos cuaternarios al pie de la sierra, en forma de abanicos aluviales y coluviales, que son afectados recurrentemente por la actividad de la falla. El análisis de la deformación de estos sedimentos, tanto en el espacio como en el tiempo, es la clave para realizar estudios paleosismológicos, con los que se intenta reconstruir la historia sísmica de las fallas. En este talud se puede observar la rotura en superficie de 2 paleoterremotos -terremotos antiguos- ocurridos hace menos de 97.000 años (durante el Pleistoceno Superior). En el afloramiento se identifican varios niveles sedimentarios deformados por la actividad tectónica en forma de pliegues y fallas inversas. Las fallas tienen orientaciones opuestas: la falla F1, dividida en varias ramas, muestran un movimiento hacia el SO; mientras que la falla F2, corta a la anterior, con movimiento hacia el NE. Cada una de las fallas estaría relacionada con un paleoterremoto. En el extremo sur del afloramiento se observa la zona de falla principal exhumada afectando a las rocas antiguas que forman el relieve de la sierra, mostrando una banda de deformación intensa producto de la actividad de la falla durante millones de años. Además, en este talud se puede observar cómo los depósitos coluviales desarrollan un perfil edáfico rico en carbonato generando un horizonte calcáreo blanquecino muy característico. Estos horizontes calcáreos, denominadas calcretas, tienen un gran interés paleosismológico, ya que por un lado son unos excelentes marcadores de la deformación tectónica, y por otro son un material susceptible de ser datado mediante técnicas de datación absolutas, lo que es determinante para conocer la recurrencia de los paleoterremotos que generan dicha deformación. El desarrollo de estas calcretas responde a variaciones en las condiciones climáticas de la región, lo que les otorga un valor añadido a la hora de conocer la evolución del clima y del paisaje en el SE de la península Ibérica. Por último, a su extraordinario interés científico desde el punto de vista geológico-tectónico, hay que añadir el hecho de que la proximidad de este afloramiento a restos arqueológicos que abarcan elevados periodos de tiempo le otorga un valor especial, ya que futuros proyectos de investigación podrán profundizar en posibles relaciones, ahora desconocidas, entre la evolución de esos asentamientos y la ocurrencia de grandes terremotos en la citada falla durante los últimos cientos y miles de años. Todo ello hacen del talud de Santo Ángel un lugar de indudable interés científico y patrimonial que viene acreditado por las evidencias de tipo paleosísmico que ofrece, algunas de ellas aún por estudiar. Dada su fragilidad y vulnerabilidad al situarse en el talud de una carretera procede garantizar su protección con el fin de conservarlo y evitar así su posible deterioro o destrucción. El ámbito de interés geológico que se debe proteger se ubica a caballo de los Sitos Históricos de La Luz y de Santa Catalina, debiendo protegerse en ambos el sector afectado. III.7. Bienes Muebles catalogados en el Palacio del Obispo y Convento de Santa Catalina NIC Título Objeto Autor Cronología Técnica Materia Medidas 11510/2009 Estandarte de San Francisco. Pintura Pintura-cuadro Almela Costa, J S. XX Oleo Lienzo 50x41 (cm) 11484/2009 Estandarte de San Francisco Estandarte S. XX Bordado Seda 126x80 (cm) 11517/2009 San Francisco predicando a las aves Pintura-cuadro Almela Costa, J Mitad S. XX Oleo Lienzo 188x268 (cm) 11444/2009 San Francisco con el lobo Pintura-cuadro Almela Costa, J S. XX Oleo Lienzo 189x271 (cm) 11450/2009 La Porciuncula. Pintura. Pintura-cuadro Almela Costa, J Mitad S. XX Oleo Lienzo 195x300 (cm) 11476/2009 Cristo eucarístico Pintura-cuadro Almela Costa, J S. XX Oleo Lienzo 105x81 (cm) 11451/2009 La Porciuncula. Marco Marco Mitad S. XX Talla Madera 203x313x4 (cm) 11023/2009 Inmaculada con Dios Padre. Pintura Pintura-cuadro S. XVIII Oleo Lienzo 225x159 (cm) 11024/2009 Inmaculada con Dios Padre Marco Marco S. XIX Dorado / Talla Madera / Oro 212x146x6 (cm) 11055/2009 San Jerónimo Pintura-cuadro S. XVII Oleo Lienzo 137x110 (cm) 11412/2009 San Diego de Alcalá. Pintura Pintura-cuadro S. XIX Oleo Lienzo 80x60 (cm) 11413/2009 San Diego de Alcalá. Marco Marco S. XIX Dorado / Talla / Madera / Oro / 100x79,5 (cm) 11415/2009 Inmaculada con Dios Padre. Pintura Pintura-cuadro S. XVIII Oleo Lienzo 182x125 (cm) 11416/2009 Inmaculada con Dios Padre. Marco Marco S. XVIII Dorado / Talla Madera / Oro 120x136 (cm) 10987/2009 San Pascual Bailón Pintura-cuadro S. XIX Oleo Lienzo 95x72 (cm) 10993/2009 Virgen del reposo. Pintura Pintura-cuadro Principios S. XVIII Oleo Lienzo 104x75 (cm) 10994/2009 Virgen del reposo. Marco Marco S. XVIII Dorado / Talla Madera / Oro 132x101x70 (cm) 11025/2009 Fray Martín Pérez de Armenta Estampa Alagarda, José S. XVIII Grabado Papel 25x19 (cm) 11026/2009 El beato Andrés Hibernón Estampa Camarón, J, Peleguer, M Finales S. XVIII Grabado Papel 27x19 (cm) 11097/2009 Lápida del obispo López Gonzalo Lápida Principios S. XVIII INCISIÓN Marmol 11518/2009 Pila de agua bendita Pila de agua bendita S. XIX-XX Labra Marmol 20x38x33 (cm) 11061/2009 Fuente Fuente S. XVIII-XIX Labra Marmol 500x400 (cm) 11099/2009 Columnas jónicas Columnas S. XVI-XVII Talla Marmol 270x37 (cm) 11482/2009 Capitel Capitel S. XVIII Dorado / Talla Madera / Oro 35x30 (cm) 10988/2009 Querubín, pergamino y adornos Restos de retablo S. XVIII-XX Dorado / Talla / Policromía / TINTA /PAPEL Madera / Oleo / Pintura / Papel 65x44x11 (cm) 11513/2009 San Antonio de Padua Escultura S. XX Policromía / Vaciado Escayola / Pintura 52x20x17 (cm) 11056/2009 San José con Jesús Niño Escultura S. XX Dorado / Estofado / Policromía / Vaciado Oro / Escayola / Pintura 54x23 (cm) 11058/2009 Crucificado Escultura S. XIX Policromía / Vaciado Escayola / Pintura 48x17,5 (cm) 11059/2009 Crucificado Escultura S. XX Policromía / Vaciado Escayola 69x35x10 (cm) 11092/2009 Santa Catalina Martir Escultura S. XVI Talla Piedra 120x50x30 (cm) 11481/2009 San Francisco de Asís Escultura S. XX Policromía / Vaciado Escayola / Pintura 50x17x14 (cm) 11477/2009 Custodia Custodia Ruiz Funes, Pedro Principios S. XIX Cincelado / Fundido / Labra Plata 58x22 (cm) 11478/2009 Cáliz Cáliz S. XIX Cincelado / Labra Plata 21x12 (cm) 11479/2009 Patena Patena S. XIX Cincelado Plata 11480/2009 Cáliz Cáliz S. XIX Cincelado / Labra Plata / Sobredorado 25x11,5 (cm) 11027/2009 Candelabros Candelabros S. XIX Fundido Estaño 22x7x7 (cm) 11512/2009 Corazón de María Palia S. XX Bordado Seda azul e hilos de oro 17x13 (cm) 11514/2009 Casulla Casulla S. XX Brocado Oro / Seda 200x65 (cm) NIC Título Objeto Autor Cronología Técnica Materia Medidas 11515/2009 Casulla del Corazón de Jesús Casulla S. XX Brocado / Labrado Oro / Seda 200x61 (cm) 11516/2009 Estola Estola S. XX Brocado Oro / Seda 200x18 (cm) 11060/2009 Puerta y reja Puerta y reja S. XX Talla / Forja / Carpinteria Hierro / Madera 233x128x7 (cm) 11128/2009 Puertas Puertas S. XX Forja Hierro 300x360x15 (cm) 11130/2009 Reja Reja S. XX Forja Hierro 140x300x15 (cm) 11131/2009 Campana Campana - Fundido Metal 11132/209 Cruz Cruz S. XIX Forja Hierro 11028/2009 Piano Piano Bernareggi S. XIX Talla / Carpinteria Madera / Metal / Carei 123x136x65 (cm) 11443/2009 Piano Piano H. Finales S. XIX Talla / Carpinteria Madera / Metal / Carei 108x129x52 (cm) 10991/2009 Piano Piano Doll, Jacob Finales S. XIX Talla / Carpinteria Madera / Metal / Carei 134x140x68 (cm) 11021/2009 Armario Armario S. XIX-XX Talla / Labra / Carpinteria Madera / Marmol 107x84x50 (cm) 11417/2009 Sillón Sillón S. XX Talla / Torneado Madera 100x67x59 (cm) 11418/2009 Sofá Sofá S. XX Talla / Torneado / Trenzado Madera 100x124,5x59 (cm) 11419/2009 Consola Consola S. XX Talla / Labra Madera / Marmol 89x119x57 (cm) 11445/2009 Banco Banco S. XIX-XX Talla Madera 95,5x267x46,5 (cm) 11448/2009 Banco Banco S. XX Talla Madera 95,5x405x46,5 (cm) 10989/2009 Espejo Espejo S. XIX-XX Talla Madera 131x75x4 (cm) III.8. Patrimonio Inmaterial · Romería de bendición de la seda La Bendición de la Simiente del Gusano de Seda data del siglo XIX: por aquellos años el huertano ansiaba la llegada de los primeros días de marzo, para recoger la simiente que tenía guardada en su barraca al objeto de poder bendecirla y conseguir una gran cosecha en la campaña que estaba a punto de comenzar. Por aquel entonces los huertanos se unían en una gran romería hacia la Ermita de San Antonio El Pobre, pasaban por la Estación Sericícola de La Alberca y recogían al Cristo del Perdón, Patrón de los Torcedores y Tejedores de la Seda, que allí estaba custodiado, para de esta forma todos juntos alcanzar la Ermita y celebrar una misa de campaña, en la cual se procedía a la bendición de la simiente. La Peña Huertana La Seda en el año 1975 y después de muchos años de inactividad, retomó la tradición y procede a bendecir, año tras año, la simiente del gusano de seda. La bendición se celebró durante unos años en Santa Catalina del Monte porque la Ermita de San Antonio el Pobre se encontraba en muy mal estado. Allí ha vuelto desde que se rehabilitó en 2006. Tradicionalmente se celebraba el primer viernes de marzo, habiéndose trasladado al primer domingo en época reciente para facilitar su acomodo al calendario laboral actual. Bienes muebles relacionados: La imagen del Cristo del Perdón de esta romería perteneció a la Estación Sericícola, que fue fundada en 1892 en la carretera de El Palmar. En 1912 pasó a La Alberca. Desaparecida la Estación en 1977, los miembros de la peña alberqueña recuperaron la imagen del Cristo, que desde entonces custodian en su sede. Ellos son los que se preocupan de favorecer la bendición de una cosecha que se mantiene gracias al esfuerzo de unos pocos. IV. Propuesta de delimitación del territorio a proteger. IV.1 Justificación El área delimitada para el Sitio Histórico se inscribe en un polígono irregular cuyo perímetro discurre por superficie de monte sin marcadores reconocibles sobre el terreno. La delimitación propuesta incluye la totalidad de elementos considerados portadores con valor patrimonial y que han sido relacionados en el tercer apartado del presente informe. Dentro del Sitio Histórico se insertan los monumentos, zonas arqueológicas y bienes relacionados más arriba y cuya delimitación de zonas de protección se especifican en los siguientes puntos. Debe tenerse en cuenta, que para los monumentos delimitados, el ámbito del Sitio Histórico se considera, así mismo, como su entorno. IV.2 Delimitación Sitio Histórico Puntos delimitadores de izquierda a derecha. Sistema de Referencia Proyección UTM30; Sistema Geodésico Etrs 89: X Y 664168.25 4199735.71 664083.75 4199691.63 664073.80 4199694.18 664062.31 4199697.65 664054.44 4199699.09 664114.66 4199693.31 664105.60 4199690.85 664098.51 4199690.21 664089.34 4199690.24 664199.34 4200171.28 664203.28 4200172.42 664203.67 4200201.48 664204.01 4200226.63 664167.42 4200156.71 664174.56 4200169.98 664192.64 4200168.62 664194.90 4200169.90 664323.90 4200146.55 664342.30 4200090.40 664357.72 4200089.77 664378.54 4200075.59 664244.09 4200250.61 664268.91 4200265.14 664282.16 4200235.42 664306.24 4200182.83 664104.25 4200018.30 664099.84 4200009.58 664090.89 4199990.76 664103.79 4199972.41 664108.20 4200041.19 664112.85 4200021.20 664119.24 4200013.19 664115.87 4200013.30 664196.59 4200058.75 664202.49 4200077.89 664201.18 4200084.72 664193.34 4200087.38 664112.46 4199966.62 664164.05 4200006.60 664189.80 4200026.46 664185.22 4200028.57 664398.46 4200045.53 664430.60 4199994.05 664437.96 4199969.78 664436.49 4199913.15 664389.94 4200084.42 664390.55 4200083.75 664401.07 4200063.28 664401.69 4200057.69 664408.52 4199800.62 664406.74 4199790.52 664435.75 4199899.17 664422.50 4199873.43 664419.56 4199862.40 664423.24 4199836.66 664279.22 4199657.57 664272.05 4199661.53 664269.24 4199665.84 664265.69 4199676.20 664308.28 4199666.28 664302.92 4199660.72 664294.97 4199657.01 664287.72 4199655.91 664229.38 4199742.17 664220.34 4199748.16 664216.18 4199750.04 664205.16 4199752.33 664262.06 4199694.92 664261.42 4199707.75 664259.39 4199713.00 664252.52 4199720.45 664373.59 4199793.64 664363.59 4199788.83 664347.85 4199781.49 664341.03 4199776.77 664406.74 4199790.52 664392.33 4199793.26 664382.38 4199794.33 664311.25 4199726.86 664310.57 4199705.58 664312.48 4199680.95 664311.76 4199674.67 664331.00 4199767.37 664327.34 4199762.22 664322.81 4199754.97 664314.25 4199738.94 664087.99 4199966.94 664079.97 4199991.11 664086.01 4199999.48 664088.57 4200004.36 664048.93 4199698.73 664050.90 4199946.24 664075.96 4199952.62 664075.67 4199961.95 664101.70 4200097.53 664115.76 4200094.75 664116.34 4200091.03 664099.03 4200074.88 664093.80 4200012.37 664097.86 4200022.13 664098.44 4200049.09 664092.52 4200076.74 664148.56 4199714.69 664134.47 4199704.92 664130.02 4199702.31 664122.78 4199697.65 664196.22 4199751.85 664182.74 4199747.78 664176.23 4199744.09 IV.3 Delimitación Monumento Palacio del Obispo y Huerto monacal de Santa Catalina del Monte Puntos delimitadores de izquierda a derecha. Sistema de Referencia Proyección UTM30; Sistema Geodésico Etrs 89: X Y 664323.90 4200146.55 664306.24 4200182.83 664282.16 4200235.42 664268.91 4200265.14 664204.01 4200226.63 664203.28 4200172.42 664199.34 4200171.28 664173.09 4200141.53 664194.90 4200169.90 664193.34 4200087.38 664192.64 4200168.62 664174.56 4200169.98 664167.38 4200156.81 664173.09 4200141.53 664201.18 4200084.72 664213.83 4200086.84 664237.52 4200093.59 664239.09 4200087.17 664251.96 4200090.01 664261.61 4200076.92 664273.57 4200070.97 664319.88 4200055.72 664345.19 4200047.38 664367.22 4200039.77 664379.55 4200040.72 664398.46 4200045.53 664401.69 4200057.69 664401.07 4200063.28 664390.55 4200083.75 664389.94 4200084.42 664378.53 4200075.60 664357.72 4200089.77 664342.30 4200090.40 Delimitación entorno: Como entorno del monumento Palacio del Obispo y Huerto Monacal de Santa Catalina del Monte debe entenderse el conjunto del Sitio Histórico delimitado. IV.4 Delimitación Monumento Castillo de Santa. Catalina o de la Luz Puntos delimitadores de izquierda a derecha. Sistema de Referencia Proyección UTM30; Sistema Geodésico Etrs 89: X Y 664254.01 4199819.75 664362.56 4199887.07 664376.71 4199872.92 664383.00 4199845.00 664303.59 4199852.47 664362.56 4199887.07 664362.56 4199887.07 664386.93 4199810.01 664333.47 4199807.26 664283.20 4199774.14 Delimitación entorno: Como entorno del monumento Castillo de Santa Catalina o de La Luz debe entenderse el conjunto del Sitio Histórico delimitado. IV.5 Delimitación Monumento Ermita de San Antonio el Pobre Puntos delimitadores de izquierda a derecha. Sistema de Referencia Proyección UTM30; Sistema Geodésico Etrs 89: X Y 664183.19 4199855.69 664172.01 4199869.59 664174.73 4199868.44 664180.60 4199866.09 664172.01 4199869.59 664172.01 4199869.59 664178.99 4199856.86 664173.06 4199859.33 664171.22 4199860.15 664168.50 4199861.31 664182.50 4199865.15 664184.10 4199864.14 664186.05 4199863.46 Delimitación entorno: Como entorno del monumento Ermita de San Antonio el Pobre debe entenderse el conjunto del Sitio Histórico delimitado. IV.6 Delimitación Zona Arqueológica del Poblado de Santa Catalina del Monte Puntos delimitadores de izquierda a derecha. Sistema de Referencia Proyección UTM30; Sistema Geodésico Etrs 89: Perímetro Zona Arqueológica: X Y 664273.57 4200070.97 664319.88 4200055.72 664430.60 4199994.05 664437.96 4199969.78 664379.55 4200040.72 664398.46 4200045.53 664422.50 4199873.43 664419.56 4199862.40 664436.49 4199913.15 664435.75 4199899.17 664406.74 4199790.52 664392.33 4199793.26 664423.24 4199836.66 664408.52 4199800.62 664148.56 4199714.69 664134.47 4199704.92 664176.23 4199744.09 664168.25 4199735.71 664114.66 4199693.31 664105.60 4199690.85 664130.02 4199702.31 664122.78 4199697.65 664083.75 4199691.63 664073.80 4199694.18 664098.51 4199690.21 664089.34 4199690.24 664048.93 4199698.73 664050.90 4199946.24 664062.31 4199697.65 664054.44 4199699.09 664363.59 4199788.83 664347.85 4199781.49 664382.38 4199794.33 664373.59 4199793.64 664327.34 4199762.22 664322.81 4199754.97 664341.03 4199776.77 664331.00 4199767.37 664310.57 4199705.58 664312.48 4199680.95 664314.25 4199738.94 664311.25 4199726.86 664302.92 4199660.72 664294.97 4199657.01 664311.76 4199674.67 664308.28 4199666.28 664279.22 4199657.57 664272.05 4199661.53 664291.26 4199656.27 664287.72 4199655.91 664262.06 4199694.92 664261.42 4199707.75 664269.24 4199665.84 664265.69 4199676.20 664229.38 4199742.17 664220.34 4199748.16 664259.39 4199713.00 664252.52 4199720.45 664196.22 4199751.85 664182.74 4199747.78 664216.18 4199750.04 664205.16 4199752.33 664075.96 4199952.62 664112.46 4199966.62 664050.90 4199946.24 664189.80 4200026.46 664185.22 4200028.57 664142.01 4199989.52 664164.05 4200006.60 664201.18 4200084.72 664213.83 4200086.84 664196.59 4200058.75 664202.49 4200077.89 664251.96 4200090.01 664261.61 4200076.92 664237.52 4200093.59 664239.09 4200087.17 664345.19 4200047.38 664367.22 4200039.77 Dentro de esta Zona Arqueológica se definen cuatro áreas con distintas necesidades de protección. En la Zona Arqueológica no se permite la búsqueda, recogida o traslado de materiales arqueológicos, así como el uso de detectores de metales o el vertido de residuos sólidos, salvo que exista autorización de la Dirección General con competencias en materia de patrimonio cultural. Toda actuación en la Zona Arqueológica requerirá la definición precisa de su alcance y deberá estar enmarcada en un proyecto de intervención que posibilite la preservación del patrimonio. Dicha actividad, que deberá ser autorizada por la Dirección General con competencias en patrimonio cultural, podrá estar condicionada a los resultados obtenidos en una intervención arqueológica previa, en todos los casos dirigida por uno o varios arqueólogos autorizados por la Dirección General, que determine la existencia y caracterización de los restos arqueológicos. Esta intervención, en su caso, constará de una o varias actuaciones de las previstas en el artículo 55 de la Ley 4/2007. En el área arqueológica definida como Zona A, no se permite ningún tipo de intervención, salvo el uso actual del suelo y las encaminadas a la documentación científica, salvaguarda y acondicionamiento del yacimiento. No obstante, cualquier intervención que pretenda abordarse en el ámbito delimitado, así como cualquier movimiento de tierra, sea cual fuere su finalidad, que suponga la alteración de la actual topografía, superficie del terreno o uso actual del suelo, requerirá la previa autorización de la Dirección General con competencias en materia de patrimonio cultural. En las áreas arqueológicas definidas como Zona B1, B2 y C, el uso actual del suelo es compatible con la conservación del yacimiento, si bien cualquier actuación que implique remoción del terreno en zonas o cotas inalteradas, deberá contar con informe y autorización de la Dirección General con competencias en materia de patrimonio cultural. Para la Zona C, sin perjuicio de lo dispuesto anteriormente, dado que el yacimiento esta ya incorporado al planeamiento urbanístico del municipio, cualquier actuación que implique remoción del terreno en zonas o cotas inalteradas, pasará a estar condicionada a los criterios de prevención arqueológica especificados en la normativa municipal, fundamentados en la supervisión por parte de un arqueólogo de todos los movimientos de tierra. En estos casos, se comunicará a la Dirección General los resultados de la citada intervención, los cuales podrían motivar el desarrollo de otros trabajos de carácter arqueológico previstos en la citada ley. Zona de Protección de grado A: X Y 664229.16 4200033.81 664230.48 4200038.25 664207.07 4199836.74 664196.81 4199845.12 664163.46 4199860.62 664170.15 4199877.18 664291.26 4199656.27 664283.52 4199708.77 664271.06 4199746.14 664242.85 4199791.64 664182.72 4199938.67 664162.28 4199893.79 664169.77 4199907.50 664168.57 4199937.54 664176.49 4199940.94 664341.03 4199776.77 664331.00 4199767.37 664327.34 4199762.22 664322.81 4199754.97 664382.38 4199794.33 664373.59 4199793.64 664363.59 4199788.83 664347.85 4199781.49 664311.76 4199674.67 664308.28 4199666.28 664302.92 4199660.72 664294.97 4199657.01 664314.25 4199738.94 664311.25 4199726.86 664310.57 4199705.58 664312.48 4199680.95 664379.55 4200040.72 664398.46 4200045.53 664430.60 4199994.05 664437.96 4199969.78 664307.30 4200017.39 664319.88 4200055.72 664345.19 4200047.38 664367.22 4200039.77 664423.24 4199836.66 664408.52 4199800.62 664406.74 4199790.52 664392.33 4199793.26 664436.49 4199913.15 664435.75 4199899.17 664422.50 4199873.43 664419.56 4199862.40 664224.63 4199880.91 664294.84 4199951.70 664281.82 4199985.11 664291.45 4199994.74 664182.72 4199938.67 664209.34 4199903.57 664214.14 4199890.80 664264.57 4200048.38 664272.05 4200038.49 664275.59 4200035.51 664290.25 4200023.15 664259.74 4200010.02 664238.78 4200013.99 Zona con grado de protección B1: X Y 664163.46 4199860.62 664196.81 4199845.12 664112.46 4199966.62 664142.01 4199989.52 664130.02 4199702.31 664122.78 4199697.65 664114.66 4199693.31 664105.60 4199690.85 664176.23 4199744.09 664168.25 4199735.71 664148.56 4199714.69 664134.47 4199704.92 664054.44 4199699.09 664048.93 4199698.73 664050.90 4199946.24 664075.96 4199952.62 664098.51 4199690.21 664089.34 4199690.24 664073.80 4199694.18 664062.31 4199697.65 664269.24 4199665.84 664265.69 4199676.20 664262.06 4199694.92 664261.42 4199707.75 664291.26 4199656.27 664287.72 4199655.91 664279.22 4199657.57 664272.05 4199661.53 664216.18 4199750.04 664205.16 4199752.33 664196.22 4199751.85 664182.74 4199747.78 664259.39 4199713.00 664252.52 4199720.45 664229.38 4199742.17 664220.34 4199748.16 664131.73 4199924.23 664136.24 4199911.05 664143.38 4199905.09 664146.26 4199906.79 664142.01 4199989.52 664139.69 4199974.35 664135.16 4199943.77 664207.07 4199836.74 664242.85 4199791.64 664271.06 4199746.14 664283.52 4199708.77 664162.28 4199893.79 664170.15 4199877.18 Zona con grado de protección B2 X Y 664259.74 4200010.02 664182.72 4199938.67 664201.98 4199951.70 664225.76 4199955.66 664214.14 4199890.80 664209.34 4199903.57 664182.72 4199938.67 664291.45 4199994.74 664281.82 4199985.11 664294.84 4199951.70 664224.63 4199880.91 664193.49 4199999.82 664229.16 4200033.81 664238.78 4200013.99 Zona con grado de protección C: X Y 664251.96 4200090.01 664261.61 4200076.92 664139.69 4199974.35 664142.01 4199989.52 664164.05 4200006.60 664143.38 4199905.09 664136.24 4199911.05 664131.59 4199924.23 664135.16 4199943.77 664229.16 4200033.81 664193.48 4199999.83 664193.49 4199999.82 664225.76 4199955.66 664275.59 4200035.51 664272.05 4200038.49 664264.57 4200048.38 664230.48 4200038.25 664169.13 4199923.38 664169.77 4199907.50 664162.28 4199893.79 664146.26 4199906.79 664201.98 4199951.70 664182.72 4199938.67 664176.49 4199940.94 664168.57 4199937.54 664196.59 4200058.75 664202.49 4200077.89 664201.18 4200084.72 664213.83 4200086.84 664164.05 4200006.60 664189.80 4200026.46 664185.22 4200028.57 664273.57 4200070.97 664319.88 4200055.72 664307.30 4200017.39 664290.25 4200023.15 664237.52 4200093.59 664239.09 4200087.17 IV.7 Delimitación Yacimiento Palacio del Obispo de Santa Catalina del Monte Puntos delimitadores de izquierda a derecha. Sistema de Referencia Proyección UTM30; Sistema Geodésico Etrs 89: Perímetro del yacimiento y Zona de protección A: X Y 664323.90 4200146.55 664306.24 4200182.83 664282.16 4200235.42 664268.91 4200265.14 664204.01 4200226.63 664203.28 4200172.42 664199.34 4200171.28 664173.09 4200141.53 664194.90 4200169.90 664193.34 4200087.38 664192.64 4200168.62 664174.56 4200169.98 664167.38 4200156.81 664173.09 4200141.53 664201.18 4200084.72 664213.83 4200086.84 664237.52 4200093.59 664239.09 4200087.17 664251.96 4200090.01 664261.61 4200076.92 664273.57 4200070.97 664319.88 4200055.72 664345.19 4200047.38 664367.22 4200039.77 664379.55 4200040.72 664398.46 4200045.53 664401.69 4200057.69 664401.07 4200063.28 664390.55 4200083.75 664389.94 4200084.42 664378.53 4200075.60 664357.72 4200089.77 664342.30 4200090.40 En el área arqueológica coincidente con el monumento no se permite ningún tipo de intervención, salvo el uso actual del suelo, y las encaminadas a la documentación científica, salvaguarda y acondicionamiento del yacimiento. Asimismo, cualquier intervención que pretenda abordarse en el ámbito delimitado, así como cualquier movimiento de tierra, sea cual fuere su finalidad, que suponga la alteración de la actual topografía, superficie del terreno o uso actual del suelo, requerirá la previa autorización de la Dirección General con competencias en materia de patrimonio cultural. En el área arqueológica no se permite la búsqueda, recogida o traslado de materiales arqueológicos, así como el uso de detectores de metales o el vertido de residuos sólidos, salvo que exista autorización de la Dirección General con competencias en materia de patrimonio cultural. Toda actuación en el área requerirá la definición precisa de su alcance y deberá estar enmarcada en un proyecto de intervención que posibilite la preservación del patrimonio. Dicha actividad deberá ser autorizada por la Dirección General con competencias en materia de patrimonio cultural. IV.8. Ubicación Complejo hidráulico subterráneo de Santa Catalina del Monte. UTM Etrs 89: Acceso actual al complejo hidráulico subterráneo: X- 664112 / Y- 4200088 UTM Etrs 89: Actual pozo en Huerto del Convento relacionado con antiguo acceso a los minados: X-664223 / Y-4200221 IV.9. Delimitación Lugar de interés geológico: el talud de Santo Ángel. Sector en Sitio Histórico de Santa Catalina del Monte (Sector 1): Puntos delimitadores de izquierda a derecha. Sistema de Referencia Proyección UTM30; Sistema Geodésico Etrs 89: X Y 664436.49 4199913.15 664436.31 4199909.85 664368.11 4199993.70 664358.74 4200007.29 664335.40 4199976.96 664342.69 4199980.67 664375.32 4200033.19 664398.46 4200045.53 664355.18 4200010.94 664370.03 4200026.27 664430.60 4199994.05 664437.96 4199969.78 664398.46 4200045.53 664368.57 4199916.80 664319.28 4199968.71 V. Conclusión La incoación de Santa Catalina del Monte como Bien de Interés Cultural con categoría de Sitio Histórico viene a actualizar los datos del monumento declarado por decreto n.º 30/1992 de 12 de marzo (BORM n.º 103 de 5 de mayo de 1992) denominado “Palacio del Obispo” (como denominación principal) y “Palacio del Obispo y Huerto Monacal de Santa Catalina del Monte”. Sin modificar sustancialmente el perímetro de protección se le define con una figura, la de Sitio Histórico, más acorde a la realidad que se protege, y se actualizan los datos recogiendo nuevos descubrimientos arqueológicos y valores en los que hace hincapié la actual legislación, como los relacionados con el patrimonio hidráulico, los geológicos e inmateriales. La delimitación del área seleccionada y propuesta como Bien de Interés Cultural de Sta. Catalina del Monte ha sido realizada atendiendo a la vertebración del paisaje y del patrimonio cultural con el patrimonio natural asociado directa o indirectamente con la historia de la zona y sus valores simbólicos. Además, se han tenido en cuenta otros valores de carácter arqueológico, histórico, espacial, hidráulico y etnográfico que conceden al Sitio Histórico demarcado su interés plural. A-100723-4257