I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Presidencia, Turismo y Deportes 7363 Propuesta de Resolución definitiva para concesión de subvenciones conforme a la Orden de 22 de septiembre de 2021 por la que se aprueba convocatoria para subvenciones destinadas a municipios de la Región de Murcia para financiar la ejecución de actuaciones en materia de competitividad y calidad turísticas para modernización, mejora y puesta en valor de infraestructuras de recursos turísticos en municipios de la Región de Murcia impulsando un turismo sostenible para reactivar la economía del sector tras los efectos provocados por la COVID-19. BDNS 584921. Conforme a lo establecido en el art. 13 de las Bases Reguladoras de la Orden de 24 de junio de 2021, de la Consejería de Presidencia, Turismo y Deportes, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de competitividad y calidad turísticas, así como en el art. 12 de la Orden de 22 de septiembre de la Consejería de Presidencia, Turismo y Deportes, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a municipios de la Región de Murcia para financiar la ejecución de actuaciones en materia de competitividad y calidad turísticas para modernización, mejora y puesta en valor de infraestructuras de recursos turísticos en municipios de la Región de Murcia impulsando un turismo sostenible para reactivar la economía del sector tras los efectos provocados por la COVID-19, y con los siguientes: 1. Antecedentes de hecho. La Consejería de Presidencia, Turismo y Deportes, mediante la Orden de 24 de junio de 2021, antes citada, estableció las bases reguladoras de las subvenciones en materia de competitividad y calidad turísticas (BORM n.º 154, de 7 de julio de 2021). Con fecha 25 de septiembre de 2021 se publicó en el BORM n.º 223, el Extracto de la Orden de 22 de septiembre de 2021, de la Consejería de Presidencia, Turismo y Deportes por la por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a municipios de la Región de Murcia para financiar la ejecución de actuaciones en materia de competitividad y calidad turísticas para modernización, mejora y puesta en valor de infraestructuras de recursos turísticos en municipios de la Región de Murcia impulsando un turismo sostenible para reactivar la economía del sector tras los efectos provocados por la Covid-19, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), con número de identificador: 584921. Visto el Informe-acta de la Comisión de Valoración y órgano instructor de 17 de noviembre de 2021, de conformidad con el artículo 18, apartado 4 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, donde se recoge la valoración de los proyectos presentados y se especifica que las entidades propuestas para la concesión de la subvención reúnen los requisitos previos para ser beneficiarias de las subvenciones, una vez cumplido el trámite de subsanación de los defectos de la solicitud por las entidades afectadas así como la relación de las ayudas que han de denegarse con indicación de los motivos de denegación, se concluye que las entidades beneficiarias de la subvenciones cumplen con todos los requisitos necesarios para su obtención, de conformidad con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 9 y 11, apartado b) de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. El 22 de noviembre es publicada Resolución Provisional en el BORM conforme a lo previsto en el artículo 12 de la Convocatoria, siendo contestadas las alegaciones presentadas. 2. Fundamentos de derecho. De acuerdo con el Decreto del Presidente N.º 34/2021, de 3 de abril, de reorganización de la Administración Regional la Consejería competente por razón de la materia objeto de esta subvención es la Consejería de Presidencia, Juventud y Deportes. El Decreto n.º 43/2021, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Presidencia, Turismo y Deportes en cuyo artículo 7 establece entre las competencias de la Dirección General de Competitividad y Calidad Turísticas, las de modernización de establecimientos y servicios turísticos, en cooperación con los municipios de la Región. Conforme al art. 10 de la Orden de bases, y al artículo 11 de la Orden de convocatoria de estas subvenciones, la competencia para la instrucción del procedimiento y la formulación de las propuestas de resolución referidas a los expedientes de esta subvención corresponderá a la Dirección General de Competitividad y Calidad Turísticas, quien podrá requerir a los solicitantes la aportación de cuantos datos, informaciones o documentos estime necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse dicha propuesta de resolución, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18, apartado 2 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Según lo recogido en los artículos 11 de ambos textos Orden de bases reguladoras y Orden de convocatoria de las presentes subvenciones, la evaluación de los proyectos le corresponderá a la Comisión de Valoración. A la vista de las solicitudes recibidas, y tras la valoración realizada del conjunto de los expedientes de las peticiones presentadas por los diferentes Ayuntamientos, en reunión celebrada el día 17 de noviembre de 2021 por el órgano colegiado establecido al efecto en las bases de la Convocatoria, y tras la publicación de la Resolución Provisional en el BORM conforme a lo previsto en el artículo 12 de la Convocatoria, habiendo sido contestadas las alegaciones presentadas. Propongo: Primero.- Aprobar la relación de solicitudes a las que se propone definitivamente conceder subvención por los importes y para las actividades especificadas en el Anexo I, que suponen un importe total de 850.000,00 € que se harán efectivos con cargo a la partida G/19.04.00/751E/76403, proyecto de gasto 47516, habiendo sido ampliado el crédito inicial de 750.000.00 € a 100.000,00 € más conforme a lo previsto en la convocatoria en su artículo 4. Segundo.- A pesar de haber presentado su solicitud de documentos en tiempo y forma, y reunión los requisitos para obtener la condición de beneficiario, dada la puntuación obtenida y agotado el crédito disponible para la convocatoria, no se asigna cuantía económica a los municipios que se detallan en el Anexo II. Tercero.- Desestimar las peticiones de los ayuntamientos que se relacionan en el Anexo III por los motivos que se expresan: *² Por no responder el proyecto presentado al objeto de esta convocatoria. *³ Actuación que se enmarca fuera de la competencia de la Dirección General de Competitividad y Calidad Turísticas. Cuarto.- La inclusión del concepto del IVA como subvencionable en los importes concedidos estará condicionada a que en el momento de la justificación el sujeto beneficiario aporte declaración responsable acreditativa de que el IVA soportado no es recuperable, y por tanto, el beneficiario actúa como consumidor final. En caso contrario, deberá procederse a su reintegro. Quinto.- Publicar esta Propuesta de Resolución Definitiva en el BORM, concediendo un plazo de 5 días naturales desde publicación de la propuesta de resolución para que comuniquen su aceptación con la advertencia de que de no recibirse comunicación en sentido contrario, se entenderá producida la aceptación, conforme a lo previsto en el artículo 12 de la Convocatoria. La propuesta de resolución definitiva no creará derecho alguno a favor del beneficiario propuesto frente a la Administración mientras no se le haya notificado la resolución de concesión. En Murcia, 7 de diciembre de 2021.—El Director General de Competitividad y Calidad Turísticas, Carlos Peñafiel Hernández. A-091221-7363