¿OC¿ Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales Tesorería General de la Seguridad Social Dirección Provincial de Madrid ¿OF¿¿SUC¿ 11747 Edicto de notificación de resoluciones a sujetos responsables no localizados. ¿SUF¿¿TXC¿ Esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, en uso de las competencias atribuidas por el artículo 18 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del 29), y artículos 2 y 3 del Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (B.O.E. Del 24), ha dictado las respectivas resoluciones, en el sentido que se citan en la relación que se acompaña, respecto de los sujetos responsables y actos administrativos recurridos que figuran en la misma. Por haber resultado infructuosas las gestiones tendentes a la determinación del actual domicilio del deudor, procede practicar la notificación de las resoluciones que se relacionan de acuerdo con lo previsto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común según redacción dada por la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992 (B.O.E. del 14-1-99). Frente a las resoluciones dictadas en relación con los escritos de oposición al apremio, solicitudes de suspensión y en general contra las resoluciones que no ponen fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso ordinario /alzada ante el Director Provincial de Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, advirtiéndole que tal interposición no suspenderá el procedimiento recaudatorio salvo que se realice el pago de la deuda, se garantice con aval suficiente o se consigne su importe; todo ello de conformidad con los artículos 34.4 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social y 183.1 y 184.2 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aplicados en virtud de la disposición adicional sexta. 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, y la disposición adicional quinta. 2 de la Orden de 26 de mayo de 1999, por la que se desarrolla el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (B.O.E. del 4-6-99). Transcurrido el plazo de tres meses computados desde la fecha de interposición de dicho recurso sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según disponen los artículos 183.1.a) del Reglamento General de Recaudación y 115.2 de la Ley 30/1992, antes citado, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley. Contra las resoluciones recaídas en relación con los recursos ordinarios/alzadas interpuestos frente a las reclamaciones administrativas de deuda o providencias de apremio, o los recursos ordinarios/alzadas presentados oponiéndose a los actos del recaudador ejecutivo, o en general aquellas resoluciones dictadas por los órganos de gestión recaudatoria de esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de, Madrid que ponen fin a la vía administrativa, podrá formularse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción Contencioso-Administrativa (B.O.E. Del 14-7-98) y 183.11 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1.637/1995, de 6 de octubre (B.O.E. del 24-10-95), ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente. Para conocimiento del contenido de la correspondiente resolución, el interesado podrá comparecer, si lo estima oportuno, en los locales de esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid, sitos en la Calle Agustín de Foxá, 28-30, 28036 - Madrid. En Madrid, 17 septiembre 2003.¿El Director Provincial. CCC: 280112656396 Nombre: Teruel Sánchez Antonio Dirección del envío: C/. Fuensanta, 1 B - 4.ª planta C.P.: 03001 Localidad: Murcia Provincia: Murcia EXP1: 2003 EXP2: 4744 Acto administrativo: Expediente de Apremio n.º 28299700002661 Recurrido frec.: 26/06/02 Impugna resolución: R.O. frente actos recaudador Estimatoria Parcial ¿TXF¿ ¿¿