I. Comunidad Autónoma 1. Disposiciones Generales Consejería de Agricultura y Agua 1235 Orden de 27 de enero de 2014 de la Consejería de Agricultura y Agua, por la que se modifica la Orden de 5 de julio de 2012, de la Consejería de Agricultura y Agua, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la modernización de explotaciones agrarias y a la primera instalación de jóvenes agricultores en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2007-2013, y se realiza la convocatoria para el ejercicio 2012. Mediante Orden de 5 de julio de 2012, de la Consejería de Agricultura y Agua, se establecieron las bases reguladoras de las ayudas a la modernización de explotaciones agrarias y a la primera instalación de jóvenes agricultores. Realizada la aprobación de las operaciones para todos los proyectos a ejecutar tanto en 2013 como en 2014 y 2015, y debido a que pueden existir, por el tiempo transcurrido, algunas modificaciones en las operaciones aprobadas, con el fin de dar posibilidad a los beneficiarios de presentar dichas modificaciones, y que puedan, en su caso, ser aprobadas, se estima necesario modificar el artículo 24 de las bases reguladoras. En su virtud, a propuesta del Director General de Industria Agroalimentaria y Capacitación Agraria, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, Dispongo: Artículo único.- Modificación de la Orden de 5 de julio de 2012, de la Consejería de Agricultura y Agua, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la modernización de explotaciones agrarias y a la primera instalación de jóvenes agricultores en el marco del programa de desarrollo rural 2007-2013, y se realiza la convocatoria para el ejercicio 2012. La Orden de 5 de julio de 2012, de la Consejería de Agricultura y Agua, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la modernización de explotaciones agrarias y a la primera instalación de jóvenes agricultores en el marco del programa de desarrollo rural 2007-2013, y se realiza la convocatoria para el ejercicio 2012, queda modificada como sigue: Uno.- Se adiciona los apartados 4, 5 y 6 al artículo 24, que queda redactado del siguiente modo: ?4. Para los ejercicios 2014 y 2015, se podrán presentar solicitudes de modificación de la orden de concesión desde el 1 de enero hasta el 1 de marzo de cada año respectivamente. Estas modificaciones no podrán en ningún caso modificar el tipo de beneficiario, ni tener como finalidad el cambio de anualidad de la ejecución, justificación y solicitud de pago de la ayuda aprobada. 5. Las solicitudes de modificación indicarán las circunstancias que motivan la modificación, aportando un nuevo plan empresarial o de mejora que acredite la viabilidad de la explotación y la documentación actualizada que por tal modificación sufra variaciones. 6. Toda modificación requerirá para su validez de la notificación de la resolución de aprobación por el Consejero de Agricultura y Agua.? Disposición final.- Entrada en vigor La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Murcia, 27 de enero de 2014.?El Consejero de Agricultura y Agua, Antonio Cerdá Cerdá. A-010214-1235