Consejería de Presidencia 1375 Orden de 23 de enero de 2007, de la Consejería de Presidencia, por la que se modifican las bases de los Premios 8 de Marzo de la Región de Murcia aprobadas mediante Orden de 4 de febrero de 2005. La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia viene convocando desde el año 1999 los ¿Premios 8 de Marzo de la Región de Murcia¿, para el reconocimiento de aquella actividad o iniciativa desarrollada por mujeres o colectivos que hayan destacado por su labor en favor de la igualdad real y efectiva de los derechos de hombres y mujeres. La experiencia acumulada aconseja alterar las modalidades de los citados premios, para dar cabida a un premio destinado específicamente al reconocimiento de la labor realizada a favor de la igualdad de oportunidades por el hombre murciano. Por otra parte, la creación del Consejo Asesor Regional de la Mujer, por Orden de 11 de febrero de 2005, de la Consejería de Presidencia, (B.O.R.M. n.º 39, de 17 de febrero), como órgano de participación, consulta y asesoramiento a este Instituto, obligan a variar tanto la composición del Jurado como el órgano competente para proponer las distintas candidaturas, al objeto de permitir la participación de este órgano colegiado en la concesión de los premios. Es por ello que, siguiendo plenamente vigentes las razones que motivaron la creación de los citados Premios y de conformidad con las facultades que me atribuye la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, Dispongo Aprobar la modificación de las bases primera, cuarta y quinta por las que se regulan los Premios 8 de marzo de la Región de Murcia, en los términos señalados en el Anexo a la presente Orden. Disposición final La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia». Murcia, 23 de enero de 2007.¿El Consejero de Presidencia, Fernando de la Cierva Carrasco. ANEXO Se modifican las bases primera, cuarta y quinta, por las que se regula la concesión de los ¿Premios 8 de marzo de la Región de Murcia¿, pasando a tener la siguiente redacción: Base Primera.- Modalidades de los premios. 1. Los ¿Premios 8 de Marzo de la Región de Murcia¿, se otorgarán en las siguientes modalidades: a) Un premio a la Mujer Murciana, en reconocimiento de quien se haya distinguido de forma eminente en cualquier ámbito de la vida social, cultural, política o económica. b) Un premio al colectivo o persona física o jurídica que haya destacado por su trabajo o actividad en el ámbito de la Región de Murcia por su lucha en favor de la igualdad entre hombres y mujeres. c) Un premio al Hombre Murciano que haya destacado por su trabajo o actividad en el ámbito de la Región de Murcia por su lucha en favor de la igualdad entre hombres y mujeres. 2. Los méritos de los/as candidatos/as a los ¿Premios 8 de Marzo de la Región de Murcia¿ vendrán referidos al año anterior al de su concesión. Base Cuarta.- Jurado. A los efectos de la valoración de las candidaturas y concesión de los Premios ¿8 de Marzo de la Región de Murcia¿, se constituirá un Jurado formado por los siguientes miembros: a) Presidente/a: Quien ostente la Presidencia del Instituto de la Mujer de la Región de la Región de Murcia. b) Vicepresidente/a: Quien ostente la titularidad de la Dirección del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia. c) Vocales: - Quien ostente la titularidad de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia. - La premiada como ¿Mujer Murciana¿ en los Premios 8 de Marzo de la Región de Murcia en el año anterior al de la correspondiente convocatoria. - El premiado como ¿Hombre Murciano¿ en los Premios 8 de marzo de la Región de Murcia en el año anterior al de la correspondiente convocatoria. - Tres representantes de los medios de comunicación de la Región de Murcia, designados por la Consejería de Presidencia a propuesta de los mismos. - Cinco representantes del Consejo Asesor Regional de la Mujer, designados por el mismo de entre los siguientes miembros: * Un representante de la Comisión de Mujer de la Federación de Municipios * Un representante de las Secretarías de la Mujer de las Organizaciones Sindicales más representativas. * Tres representantes de las Asociaciones y Federaciones de Mujeres. Actuará como Secretario/a del Jurado, con voz pero sin voto, un/a funcionario/a del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia, designado/a por quien ostente la titularidad de su Dirección. Base Quinta.- Candidatos/as. 1. Los/as candidatos/as a obtener los premios convocados para cada una de las modalidades indicadas en la base primera serán propuestos por el Consejo Asesor Regional de la Mujer. 2. Las propuestas deberán ser comprensivas de los valores y méritos de cada uno/a de los candidatos/as, de forma que permitan su adecuada valoración por el Jurado. 3. En la convocatoria anual de los Premios ¿8 de Marzo de la Región de Murcia¿ se fijará el plazo máximo para la presentación de las candidaturas. ¿¿