Consejería de Economía y Hacienda 1264 Orden de 19 de enero de 2007 de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se publican las tarifas de las tasas y precios públicos aplicables en el 2007 El artículo 51, apartado 1, de la Ley 13/2006 de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2007, dispone que para dicho ejercicio se elevan los tipos de cuantía fija de las tasas incluidas en el Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales, aprobado por Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, hasta la cantidad que resulte de la aplicación del coeficiente 1,02 a la cuantía exigible en el ejercicio 2006, con las excepciones que en la propia Ley se indican. Con carácter general se exceptúan del incremento anterior aquellas tasas vigentes en el 2006 que por disposición legal y con efectos de 1 de enero de 2007, hayan experimentado cualquier variación en las cuotas respecto al ejercicio 2006, así como la Tasa T520 por venta de impresos, programas y publicaciones tributarias. Asimismo, el apartado 2 de citado artículo 51 de la Ley 13/2006, extiende la actualización, por aplicación del mismo coeficiente, a los precios públicos, exceptuando determinados conceptos que se rigen por su propia normativa. No obstante, como novedad con respecto a anteriores ejercicios y, en base a la autorización prevista en la Disposición Final Primera de la Ley 12/2006, de 27 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de Orden Social, la presente Orden lleva a cabo la publicación de las tarifas para el presente ejercicio, hasta ahora determinadas en seis decimales, a dos decimales, salvo en aquellos casos que por su pequeña cuantía ello no sea posible o no permita la aplicación del incremento previsto a dos decimales. Con ello se persigue expresar las cuotas en unidades adaptadas a las fracciones monetarias existentes como moneda de curso legal. En su virtud, y de conformidad con las facultades atribuidas por los artículos 38 de la Ley 6/2004 de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, y 25.4 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en relación con lo dispuesto en el artículo 51.3 de la Ley 13/2006 de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el 2007 y la autorización prevista en la Disposición Final Primera de la Ley 12/2006, de 27 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de Orden Social, Dispongo Artículo único. A partir de la entrada en vigor de la Ley 13/2006 de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2007, las tarifas y cuotas de las tasas y precios públicos reguladas en el Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales y en los Decretos respectivos, quedan fijadas en las cuantías contenidas en el Anexo que se une a la presente Orden. Disposición final La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, sin perjuicio de la aplicación directa de lo dispuesto en el artículo 51.3 de la Ley 13/2006 de 27 de diciembre, a partir del 1 de enero del 2007, fecha de entrada en vigor de la citada Ley. Murcia, 19 de enero de 2007.¿La Consejera de Economía y Hacienda, Inmaculada García Martínez. Anexo único.- Cuotas de Tasas y Precios Públicos vigentes a partir de 1-1-2007 OJO PDF EXPORTADOS