¿OC¿ Consejería de Presidencia ¿OF¿¿SUC¿ 9034 Orden de 19 de julio de 2005, de la Consejería de Presidencia, por la que se convoca el programa «Deporte Escolar» para el curso 2005-2006. ¿SUF¿¿TXC¿ La Ley 2/2000, de 12 de julio, del Deporte de la Región de Murcia establece la obligatoriedad de garantizar, en el ámbito de su competencia, el acceso de todos los ciudadanos a la práctica del deporte en igualdad de condiciones y oportunidades. La citada Ley expone, en su artículo 11, que anualmente la Consejería competente en materia de deportes aprobará el programa de Deporte Escolar, programa que estará orientado a la educación integral de los escolares, al desarrollo armónico de su personalidad, a la consecución de unas condiciones físicas y de salud y a una formación que posibiliten la práctica continuada del deporte en edades posteriores. Plantea por tanto la Ley que el programa de Deporte Escolar debe tener dos objetivos fundamentales: de un lado, la aportación a quien lo practica de los valores que el deporte conlleva para la formación integral de la persona, y de otro, la creación de un hábito de vida deportiva para el futuro. El Deporte Escolar, como actividad deportiva organizada, practicada por los escolares de nuestra Región en horario no lectivo, debe tener un carácter «preferentemente polideportivo y no exclusivamente de competición, de tal manera que se garantice que todos los escolares conozcan la práctica de diversas modalidades deportivas de acuerdo con su aptitud física y edad» (artículo 10 de la Ley del Deporte). En el mismo sentido, el Consejo de Municipios y Regiones de Europa define el Deporte Escolar como la práctica de actividades físico-deportivas de carácter recreativo o competitivo que se desarrollan en horario no lectivo. En ningún caso el Deporte Escolar puede ni debe sustituir la labor docente de la escuela en materia de educación física, cuyos objetivos y contenidos quedan perfectamente definidos en la regulación que rige la educación. Por ello, la convocatoria de la Comunidad Autónoma deberá contar necesariamente con los centros escolares como principales agentes del mismo, con la colaboración de las Corporaciones Locales y de las Federaciones Deportivas, mediante la firma, en su caso, de los necesarios convenios. Los principios que inspiran este programa son formativos, educativos y lúdicos, por lo que deportistas, profesores de educación física, entrenadores, asociaciones de padres, colectivos arbitrales, etc. deben dar un tratamiento especial a estas actividades, procurando entre todos trasladar al deportista escolar los principios del juego limpio, el compañerismo y las prácticas de vida saludables, el rechazo a la violencia y al dopaje y la integración de todos los componentes de un equipo sin discriminación de ningún tipo. El modelo del programa de Deporte Escolar de la Región de Murcia plantea, usando las categorías de edad más extendidas, que en edad alevín se conozcan las modalidades deportivas y se incentive la práctica a través de una competición adaptada y que en edad infantil, cadete y juvenil se compita desde el centro de enseñanza. De este modo, se cumplen los mandatos de la Ley del Deporte en cuanto a la existencia de un único programa de Deporte Escolar y a la coordinación entre administraciones públicas y agentes deportivos, quedando asegurado al mismo tiempo el acceso de todos los jóvenes a la práctica deportiva en función de la evolución de sus capacidades físicas. En la regulación del Deporte Escolar se han considerado tres etapas: una etapa formativa en la que se pretende iniciar al joven de 10-11 años en el conocimiento de las modalidades deportivas y en una progresiva práctica deportiva que debe pasar en su momento por la competición, pero teniendo en cuenta que existe una disociación entre su apetencia psicológica y sus capacidades físicas objetivas; otra etapa de práctica deportiva para los jóvenes de 12-13 años, que pretende introducirlos en el deporte de competición, pero evitando niveles de exigencia y sobreesfuerzo altos; y por último una competición deportiva de mayor exigencia para jóvenes de 14-15 años y 16-18 años, considerando que éstas son unas etapas previas para la entrada en una práctica deportiva más selectiva. Por todo ello y conforme a las facultades que me atribuyen la Ley 2/2000, de 12 de julio, del Deporte de la Región de Murcia y la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Región de Murcia, Dispongo Artículo Primero. Convocatoria del programa «Deporte Escolar» para el curso 2005-2006. La Consejería de Presidencia, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 2/2000, de 12 de julio, del Deporte de la Región de Murcia y en uso de las competencias que la misma le atribuye, convoca el programa «Deporte Escolar» para el curso 2005-2006. Artículo Segundo. Desarrollo del programa. 1. El programa «Deporte Escolar» para el curso 2005-2006 consta de las siguientes actividades programadas: a) Módulos Deportivos, que incluyen módulos polideportivos, módulos de iniciación y módulos de perfeccionamiento (Anexo I) b) Campeonato Alevín de la Región de Murcia (Anexo II). c) Campeonato Infantil de la Región de Murcia (Anexo III). d) Campeonato Cadete de la Región de Murcia (Anexo IV). e) Campeonato Juvenil de la Región de Murcia (Anexo V) f) Juegos Escolares Especiales (Anexo VI). g) Actividades Deportivas de Ámbito Municipal (Anexo VII) 2. La Dirección General de Deportes, mediante Resolución de su titular, podrá convocar a lo largo del curso otras actividades encaminadas a promocionar la práctica deportiva entre los escolares. 3. La normativa general de cada actividad, en lo que se refiere a participantes, categorías, deportes que se convocan, fases de la actividad, etc. figuran en los correspondientes anexos de esta Orden. El desarrollo de esta normativa general, así como las normativas técnicas de cada actividad y cada modalidad deportiva, se establecerán por Resolución del Director General de Deportes. 4. Para un mejor desarrollo del programa, los municipios se distribuirán en seis grupos, quedando de la siguiente forma: Grupo 1: Águilas, Aledo, Lorca, Mazarrón, Totana, Puerto Lumbreras, Alhama de Murcia y Librilla. Grupo 2: Fuente Álamo, La Unión, Los Alcázares, San Javier, San Pedro del Pinatar, Torre Pacheco y Cartagena. Grupo 3: Bullas, Calasparra, Caravaca de la Cruz, Cehegín, Moratalla, Mula y Pliego. Grupo 4: Abanilla, Abarán, Blanca, Cieza, Fortuna, Jumilla y Yecla. Grupo 5: Molina de Segura, Archena, Alguazas, Las Torres de Cotillas, Albudeite, Ceutí, Lorquí, Campos de Río, Ojós, Ricote, Ulea y Villanueva de Segura, Alcantarilla, Beniel y Santomera. Grupo 6: Murcia. 5. Mediante Resolución del Director General de Deportes, se designarán los asesores necesarios para el desarrollo del programa, que tendrán como cometido el apoyo técnico-deportivo en el desarrollo del mismo a los comités locales del grupo al que se asignen, comités intermunicipales y regional, aconsejando y proponiendo actuaciones en todas las fases del programa, en aras a conseguir su correcto desenvolvimiento, emitiendo, en su caso, los dictámenes e informes que, a instancia de cualquiera de los comités antes referidos o de la Dirección General de Deportes, se les solicite. Asimismo, a cada asesor se le podrá asignar uno o varios deportes o función que se determine, sobre las que tendrán que prestar asistencia técnica a la Dirección General de Deportes. 6. Se crea un Comité Regional de Organización, que tendrá como funciones básicas la puesta en marcha, seguimiento y control del programa y estará formado de la siguiente manera: Presidente: El Ilmo. Sr. Director General de Deportes. Vicepresidente: El Jefe de Servicio de Deportes. Secretario: Un funcionario de la Dirección General de Deportes, designado por el Director General de Deportes. Vocales: El Jefe de Sección de Actividades y Promoción Deportiva y los Asesores del programa. 7. Se crearán comités de organización de carácter municipal, interlocal e intermunicipal que tendrán como funciones básicas la organización del sistema de competición más apropiado según las características de los municipios y en función de la participación, así como la toma de decisiones en materia de disciplina deportiva, la elaboración del calendario, clasificaciones y resultados de las competiciones. La composición de dichos comités será la siguiente: a) Comité Municipal: Se creará por el Ayuntamiento correspondiente quien, a su vez, determinará su composición. b) Comité interlocal: Los Ayuntamientos que tengan un solo centro de enseñanza, podrán unirse en una fase interlocal con otros Ayuntamientos del mismo grupo que se encuentren en idénticas circunstancias. En este supuesto deberán crear un comité interlocal con la siguiente composición: Presidente: Asesor del Grupo. Vocales: Un representante de cada Ayuntamiento Secretario: Un representante municipal elegido entre los responsables de los Ayuntamientos. c) Comité Intermunicipal: Se creará por los Ayuntamientos pertenecientes a los grupos que compiten entre sí, con la siguiente composición Presidente: Uno de los asesores de la Agrupación, designado entre ellos o, en su defecto el de mayor edad. Vocales: Un representante de cada Ayuntamiento y el otro asesor si lo hubiera. Secretario: Un representante municipal elegido entre los responsables de los Ayuntamientos, o el representante del Ayuntamiento de menor edad. 8. Se crea el Comité Regional de Competición, que tendrá como funciones básicas, las siguientes: - Resolver las reclamaciones que se interpongan contra los Acuerdos de los Comités Municipales, Comités Interlocales e Intermunicipales. - Resolver las reclamaciones que se interpongan durante las Finales Regionales, así como validar los resultados y elaborar las clasificaciones de dichas finales. Su composición será la siguiente: Presidente: El Jefe de Servicio de Deportes. Vicepresidente: El Jefe de Sección de Actividades y Promoción Deportiva. Secretario: Un funcionario de la Dirección General de Deportes, designado por el Director General de Deportes. Vocales: Tres asesores del programa, designados por el Director General de Deportes. 9. El régimen disciplinario de las competiciones convocadas en el presente programa será establecido por la Dirección General de Deportes, siendo competentes en materia de disciplina deportiva (infracciones de las reglas del juego, a la normativa que desarrolle las competiciones programadas, a las de conducta deportiva tipificadas en la Ley del Deporte y a las normas generales deportivas) los Comités Locales para la fase municipal, los Comités Interlocales para la fase interlocal, los Comités Intermunicipales para la fase intermunicipal y el Comité Regional de Competición para las Finales Regionales. 10. La Consejería de Presidencia suscribirá una póliza de seguro para cubrir la asistencia sanitaria, accidentes y responsabilidad civil, a los efectos de indemnización por pérdidas anatómicas o funcionales y auxilio por fallecimiento, de todos los participantes en las actividades: «Módulos Deportivos», «Campeonato Alevín de la Región de Murcia», «Campeonato Infantil de la Región de Murcia», «Campeonato Cadete de la Región de Murcia», «Campeonato Juvenil de la Región de Murcia», «Juegos Escolares Especiales», «Actividades Deportivas de Ámbito Municipal» y en el resto de actividades a que se refiere el apartado segundo de este artículo. Artículo Tercero. Financiación. La Consejería de Presidencia y los Ayuntamientos colaboradores financiarán los gastos derivados de la organización del programa «Deporte Escolar», especialmente los correspondientes a material deportivo y desplazamientos. La Consejería de Presidencia suscribirá convenios de colaboración con las Federaciones Deportivas en los que se regule la participación de éstas en el programa y la aportación económica a realizar, en su caso, por la Comunidad Autónoma. Artículo Cuarto. Colaboradores. Los Ayuntamientos de la Región de Murcia podrán solicitar su inclusión como colaboradores en la organización del «Deporte Escolar», debiendo presentar para ello la solicitud en el modelo de solicitud (Anexo VIII) hasta el 30 de septiembre de 2005 inclusive, en el Registro de la Consejería de Presidencia de la Comunidad Autónoma, o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La presentación de solicitudes a través de las oficinas de correos se hará en sobre abierto, con objeto de que en la cabecera de la primera hoja de la solicitud se hagan constar con claridad el nombre de la oficina y la fecha, el lugar, la hora y minuto de su admisión, según contempla el artículo 31 del Reglamento de los Servicios de Correos, aprobado por Real Decreto 1829/1999 de 3 de diciembre. Artículo Quinto. Subvenciones a Ayuntamientos colaboradores. Por la Consejería de Presidencia se realizará la convocatoria de subvenciones a los Ayuntamientos colaboradores, dentro del período comprendido en el curso escolar 2005-2006 y con cargo a la consignación presupuestaria correspondiente. Artículo Sexto. Aceptación de las normas. La participación en este programa implica la plena aceptación de las normas que lo rigen. Disposición adicional única Mediante Resolución del Director General de Deportes, se convocará la Fase Final de los diferentes campeonatos establecidos en el apartado 1 del Artículo Segundo de la presente Orden, en la que se establecerán los distintos deportes, composición numérica de los equipos, así como la composición y funciones de su comité ejecutivo. Igualmente, dicha convocatoria regulará los medios de cooperación y su alcance, incluida la suscripción de convenios de colaboración con los Ayuntamientos y Federaciones que participen en la organización de las distintas finales. Disposiciones finales Primera. Se autoriza al Director General de Deportes para el desarrollo de la presente Orden. Segunda. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia». Murcia a 19 de julio 2005.¿El Consejero de Presidencia, Fernando de la Cierva Carrasco. Anexo I «Módulos Deportivos» Introducción: En un período en el que se hace más profunda la alteración estructural de las capacidades y destrezas coordinativas, deben utilizarse de forma adecuada todas las potencialidades educativas y formativas de la actividad física, ya que sólo de ese modo es posible un desarrollo físico y motor óptimo de los/as chicos/as. También se hace necesario tener en cuenta las considerables diferencias individuales en el desarrollo corporal y en la capacidad del rendimiento motor, debiendo adecuar en lo posible las exigencias en la práctica de actividades físico-deportivas a las características particulares de cada alumno; por eso se establecen los siguientes tipos de módulos deportivos. Módulos Deportivos: a) Módulos Polideportivos Dirigidos a chicos/as escolarizados en el nivel de primaria, ya que requieren menor exigencia física y técnica que los módulos de iniciación; por eso preceden a éstos y tienen como objetivo el desarrollo de las habilidades físicas básicas a través de deportes adaptados como medio de desarrollo personal y relación social, fomentando el trabajo en equipo, coordinando esfuerzos y aceptando con tolerancia la participación de todos/as, independientemente del nivel de destreza. b) Módulos de iniciación Dirigidos a todos los escolares, tanto de primaria como de secundaria y bachiller que, interesados en conocer por primera vez una determinada modalidad deportiva, requieren un programa de iniciación en las características físicas y técnicas del deporte elegido. En este nivel valoramos la práctica de la actividad física y deportiva como un medio para mejorar la calidad de vida y aceptar el juego limpio. Las modalidades deportivas a impartir en estos módulos serán: Ajedrez Atletismo Bádminton Baloncesto Balonmano Fútbol Sala Natación Orientación Tenis de Mesa Voleibol Los Ayuntamientos interesados podrán proponer la realización de módulos en otras modalidades deportivas. c) Módulos de Perfeccionamiento Dirigidos a chicos/as escolarizados en el nivel de secundaria y bachiller que requieren trabajar de una forma específica la preparación física, técnica y táctica de un determinado deporte, sirviendo de complemento y continuidad de los módulos de iniciación, progresando en el desarrollo de las capacidades físicas de los chicos/as, valorándolas como base de una mejor condición de salud, a la vez que se desarrolla la confianza en sí mismos. Las modalidades deportivas a impartir en estos módulos serán: Ajedrez Atletismo Bádminton Baloncesto Balonmano Judo Lucha Orientación Patinaje Taekwondo Tenis de Mesa Triathlón Voleibol Los Ayuntamientos interesados podrán proponer la realización de módulos en otras modalidades deportivas. Desarrollo de la actividad: Los Ayuntamientos coordinarán y velarán por el buen funcionamiento de la actividad, mediante la realización de un programa y su posterior propuesta a la Dirección General de Deportes. Para el desarrollo de esta actividad se contará preferentemente con los profesores de educación física de los centros de enseñanza y los técnicos municipales, además de los técnicos de las Federaciones Deportivas cuando corresponda. Para ello, se firmarán convenios de colaboración entre la Consejería de Presidencia, los Ayuntamientos y las Federaciones Deportivas. Seguro de asistencia sanitaria y accidentes: Los escolares que participen en la actividad «Módulos Deportivos» estarán acogidos al seguro de asistencia sanitaria y accidentes contratado por la Consejería de Presidencia para el programa «Deporte Escolar» durante las horas de práctica de dicha actividad, siendo el técnico de la misma el único responsable de cumplimentar y firmar el parte de siniestro, de acuerdo con el procedimiento establecido para ello por la Dirección General de Deportes. Para poder acreditar, en caso de siniestro, que un participante en esta actividad es beneficiario de la póliza, deberá figurar en el correspondiente formulario de inscripción, el cual será cumplimentado en el plazo máximo de cinco días antes del inicio de la actividad por los respectivos centros de enseñanza y validado por los Ayuntamientos correspondientes a través de la página web www.carm.es/cpres Solicitudes y plazo de admisión: Las solicitudes, según modelo adjunto, las presentarán los centros docentes en sus respectivos Ayuntamientos. Los Ayuntamientos tendrán de plazo hasta el 26 de septiembre para presentar ante la Dirección General de Deportes un informe sobre las necesidades de módulos deportivos en su municipio, en el que se señalarán los medios materiales y humanos de que disponen para su realización, así como la relación de centros y módulos que proponen para su adjudicación. En el caso de aquellos municipios que no cuenten con centros de enseñanza secundaria, podrán ser los propios Ayuntamientos los que programen dentro del informe antes citado, módulos de perfeccionamiento a impartir en instalaciones deportivas de ese municipio. Adjudicación de los módulos deportivos: La Dirección General de Deportes adjudicará dichos módulos, una vez revisados todos los informes recibidos y mediante Resolución de su Director General, de acuerdo con la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en un plazo máximo de 60 días a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de los citados informes por los Ayuntamientos. Un criterio general para priorizar la adjudicación de dichos módulos será que el centro participe en la competición correspondiente; entre otros criterios a tener en cuenta estará la disponibilidad de instalaciones, personal cualificado y material deportivo y el de atender al máximo de solicitudes posibles, evitando para ello duplicidades. Características técnicas de los módulos deportivos: Se llevarán a cabo durante el curso escolar y en horario no lectivo, y tendrán una parte teórica (que puede ir acompañada por la proyección de un vídeo divulgativo) y otra práctica, de carácter lúdico didáctico adaptada a la edad de los participantes. El número de horas lectivas de los módulos deportivos no podrá ser inferior a 30 horas. El número de alumnos por módulo no deberá ser inferior a 15 ni superior a 25 y deberán impartirse en dos o tres sesiones por semana, de una hora u hora y media de duración cada una de ellas. OJO PDF Anexo II «Campeonato Alevín de la Región de Murcia» 1. Normas generales El sistema de competición será establecido por las normativas técnicas aprobadas por la Dirección General de Deportes. Para lo no previsto en las normativas técnicas, se estará a lo dispuesto por los reglamentos de las respectivas Federaciones Deportivas de la Región de Murcia, aplicables a esta categoría. 2. Participantes Podrán participar en este programa todos los escolares cuyas edades estén comprendidas en las que se detallan en el apartado 3. La participación se hará a través de centros de enseñanza. Todos los miembros de un equipo deberán estar matriculados en el mismo centro de enseñanza. Un deportista sólo puede participar en un deporte de equipo convocado en el presente Campeonato Alevín de la Región de Murcia, aunque no se limita su participación en deportes individuales. Tampoco se limita su participación en deportes federados de su misma o superior categoría (se puede jugar a un mismo deporte convocado en la competición escolar y federada). 3. Edades Nacidos/as en los años 1994 y 1995, excepto en las modalidades de atletismo y campo a través en la que solo podrán participar los nacidos en los años 1995 y 1996. 4. Modalidades deportivas programadas Deportes de equipo Modalidad Baloncesto Mixta Balonmano Mixta Fútbol Sala Mixta Voleibol Mixta Deportes individuales Modalidad Atletismo Masculina/femenina Campo a través Masculina/femenina Ajedrez Mixta Bádminton Mixta Orientación Masculina/femenina Tenis de Mesa Mixta La participación en Atletismo, Campo a Través, Ajedrez, Bádminton, Orientación y Tenis de Mesa podrá ser individual y/o por equipos. También se podrán organizar competiciones de otros deportes individuales, siempre que el número de inscripciones así lo aconseje. Su autorización corresponderá a la Dirección General de Deportes. 5. Desarrollo de la competición Los deportes de equipo se desarrollarán en tres fases: 1) Fase Municipal -Interlocal Su duración será hasta el 19 de marzo de 2006, Se desarrollará en el ámbito del municipio, organizada por el Ayuntamiento o Comité Municipal correspondiente. Los Ayuntamientos que tengan un solo centro de enseñanza, podrán unirse con otros Ayuntamientos de sus mismas características y de su mismo Grupo en una Fase Interlocal, para lo que se podrá crear un Comité Interlocal. Los partidos y competiciones correspondientes a la Fase Municipal se disputarán con arreglo al calendario e instalaciones que marquen los respectivos comités locales o interlocales, sin perjuicio de las normas generales que dicte la Dirección General de Deportes. 2) Fase Intermunicipal Dará comienzo el 1 de abril de 2006. Se desarrollará en el ámbito intermunicipal de cada grupo organizada por dicho comité. Accederán a ella todos los equipos campeones de sus respectivas Fases Municipales e interlocales. Se podrán realizar agrupaciones, una vez conocida la participación y atendiendo a los siguientes criterios: proximidad geográfica y participación. 3) Fase Final Los equipos clasificados por deporte jugarán la Fase Final por concentración en una localidad de la Región de Murcia. Todos los deportistas acreditados para participar en esta Fase Final por concentración tendrán obligatoriamente que jugar en todos los encuentros previstos en la misma. Clasificarán para esta fase los equipos campeones de cada uno de los agrupamientos. También se clasifican los segundos de aquellas agrupaciones que hayan acreditado mayor participación en la Fase Intermunicipal, cuando sean necesarios para completar el número de finalistas. En los deportes individuales se realizarán fases clasificatorias municipales y la Final Regional, cuyo sistema y calendario será establecido por la Dirección General de Deportes una vez conocida la participación. Los participantes de los equipos jugarán según la normativa técnica aprobada por la Dirección General de Deportes, que incorporará en todo caso el sistema pasarela adaptado a cada deporte. Los entrenadores y/o delegados, dentro del espíritu deportivo que debe caracterizar esta actividad, procurarán que todos los deportistas inscritos jueguen durante un tiempo significativo a lo largo del encuentro. 6. Inscripciones La inscripción permite estar dado de alta en el seguro escolar. Los centros de enseñanza que participen en el programa deberán realizar la inscripción general en la página web www.carm.es/cpres que será validada por el Ayuntamiento correspondiente. Con ello se entiende que dan por conocida la presente normativa y la aceptan plenamente. Esta inscripción deberá llevarse a cabo antes del 17 de octubre de 2005. Las inscripciones para participar en los deportes individuales deberán ser cumplimentadas al menos 15 días antes de la celebración de la fase clasificatoria o final regional. Una copia de las inscripciones para competir en las jornadas clasificatorias o finales regionales de los deportes individuales deberán enviarse a la federación correspondiente, como máximo el martes precedente al día de la competición. No se producirá ningún tipo de alta o baja durante la competición intermunicipal, salvo que la baja sea como consecuencia de cambio de centro de enseñanza o en caso de lesión, en cuyo caso se podrá producir su sustitución siempre que quede acreditada mediante certificado médico. Estas altas o bajas se deberán remitir al Asesor del grupo que corresponda en hoja de inscripción rellenada al efecto. 7. Documentación En el desarrollo de la competición, en todas sus fases, los equipos deberán aportar la siguiente documentación, siempre antes del inicio del encuentro: a) Carnet, con fotografía, que acredite su identidad. Dicho modelo de carnet será facilitado por la Dirección General de Deportes a los Ayuntamientos, siendo éstos los encargados de visar y sellar el mismo. Podrá ser válido el original del Documento Nacional de Identidad o pasaporte individual. La no presentación de este documento no impedirá la disputa del partido, que se dará por perdido al equipo infractor. b) Asimismo, deberán aportar formulario de inscripción en el impreso oficial. Dicho formulario deberá estar validado por el Ayuntamiento correspondiente, por la organización o bien por la propia Dirección General de Deportes. La no presentación de este documento no impedirá la disputa del partido, aunque el árbitro hará constar en acta este hecho, que podrá ser subsanado mediante escrito del delegado/a (en el que se adjunte el formulario de inscripción) dirigido al comité correspondiente, antes de las 14´00 h. del segundo día hábil posterior al de la celebración del partido. 8. Cambio de fecha de los encuentros Los partidos se celebrarán en lugar, día y hora designados por los respectivos comités en cada fase. Si por alguna causa justificada un equipo desea cambiar la fecha de celebración de un encuentro, lo deberá comunicar al Comité que corresponda, con 10 días de antelación a fin de que éste se pueda adelantar. En todo caso, no podrán aplazarse más de cuatro días sin autorización del Comité correspondiente. Cuando no exista acuerdo para el cambio de fecha del encuentro, éste se celebrará en el día y hora previstos, salvo que el Comité correspondiente, a la vista de las razones alegadas por el equipo que solicite el cambio, fije otra fecha. Los partidos trasladados voluntariamente de fecha se disputarán en la localidad que establezca el equipo que accede al aplazamiento. Los gastos que se deriven del cambio de fecha (desplazamientos, instalaciones, etc.) serán por cuenta del equipo que solicite el cambio. 9. Delegados Cada centro participante designará un Delegado, mayor de edad, que será responsable de la actuación en las competiciones, el cual presentará la documentación y velará en todo momento por el buen comportamiento del equipo. En todas las instalaciones donde se celebren las competiciones deberá estar presente una persona designada por el Ayuntamiento correspondiente, quien hará las funciones de Delegado de Campo e informará a los equipos de las instalaciones donde se celebrarán sus encuentros. Los Ayuntamientos cuyos equipos participen en encuentros de la fase final podrán nombrar un Jefe de Expedición, que acompañará a dichos equipos en sus desplazamientos. 10. Arbitrajes Los árbitros, además de tener como función la de hacer cumplir la reglamentación y normativa de cada uno de los deportes, tendrán una labor pedagógica con el fin de conseguir el espíritu lúdico-educativo del programa «Deporte Escolar». En la Fase Municipal, los árbitros podrán ser designados por los propios Ayuntamientos según su mejor criterio. En la Fase Intermunicipal, los árbitros serán solicitados a la Federación correspondiente por el municipio donde se celebren los encuentros, en el tiempo y forma establecidos por la misma. Si por causa de fuerza mayor no se dispusiese de árbitro, el municipio organizador, previo acuerdo de los dos equipos, designará al que estime competente, tratando que no sea de ninguno de los municipios de los equipos implicados. Especial atención deberán prestar a la verificación de la documentación, así como a que todos los participantes vayan equipados de forma adecuada para la práctica deportiva y los equipos vistan de manera uniforme de acuerdo con la normativa técnica de cada Federación. Finalizado el partido entregarán copia del acta del encuentro a cada equipo, al Asesor del Grupo o responsable del Ayuntamiento y el original para la federación correspondiente. 11. Desarrollo normativo La Normativa Técnica de cada deporte será aprobada por Resolución de la Dirección General de Deportes. Anexo III «Campeonato Infantil de la Región de Murcia» 1. Normas generales El sistema de competición será establecido por las normativas técnicas aprobadas por la Dirección General de Deportes. Para lo no previsto en las normativas técnicas, se estará a lo dispuesto por los reglamentos de las respectivas Federaciones Deportivas de la Región de Murcia, aplicable a esta categoría. 2. Participantes Un deportista sólo puede participar en un deporte de equipo convocado en el presente Campeonato Infantil de la Región de Murcia pero no se limita su participación en deportes individuales. Un deportista no puede participar en la competición federada de la misma modalidad deportiva en ninguna categoría, tanto en los deportes de equipo como individuales; no obstante, podrá hacerlo en un deporte distinto al elegido en el Campeonato Infantil de la Región de Murcia. Los deportistas federados de Fútbol no pueden participar en Fútbol Sala, al considerar, a efectos de este programa, que es la misma modalidad deportiva. Podrán participar en este programa todos los escolares cuyas edades estén comprendidas en las que se detallan en el apartado 3. La participación se hará a través de centros de enseñanza. Todos los miembros de un equipo deberán estar matriculados en el mismo centro de enseñanza. Los Ayuntamientos que no tengan centros de enseñanza secundaria podrán participar con equipos municipales compuestos por escolares de su municipio y, en su caso, de otros municipios próximos que tampoco cuenten con centros de educación secundaria hasta completar los equipos y siempre que dichos escolares no participen a través de sus centros docentes. 3. Edades Nacidos en los años 1992 y 1993, excepto en las modalidades de atletismo y campo a través en la que solo podrán participar los nacidos en el año 1993 y 1994. 4. Modalidades deportivas programadas Deportes de equipo Categoría Baloncesto Masculina/femenina Balonmano Masculina/femenina Fútbol Sala Masculina/femenina Voleibol Masculina/femenina Deportes individuales Categoría Ajedrez Mixta Atletismo Masculina/femenina Bádminton Masculina/ femenina Campo a Través Masculina/femenina Orientación Masculina/femenina Tenis de Mesa Masculina/femenina La participación en Atletismo, Campo a Través, Ajedrez, Bádminton, Orientación y Tenis de Mesa podrá ser individual y/o por equipos. También se podrán organizar competiciones de otros deportes individuales, siempre que el número de inscripciones así lo aconseje. Su autorización corresponderá a la Dirección General de Deportes. 5. Desarrollo de la competición Las reglas de juego por las que se regirá la competición serán las Reglas de Juego Pasarela adaptadas a cada deporte y se desarrollarán por Resolución del Director General de Deportes. Para los deportes de equipo se establecen tres fases: 1) Fase Municipal- Interlocal Su duración será hasta el 30 de enero de 2006. Se desarrollará en el ámbito del municipio, organizada por el Ayuntamiento o Comité Municipal correspondiente. Los Ayuntamientos que tengan un solo centro de enseñanza, podrán unirse con otros Ayuntamientos de sus mismas características y de su mismo Grupo en una Fase Interlocal, para lo que se podrá crear un Comité Interlocal formado por representantes de los municipios interesados. Los partidos y competiciones correspondientes a la Fase Municipal se disputarán con arreglo al calendario e instalaciones que marquen los respectivos comités municipales o interlocales, sin perjuicio de las normas generales que dicte la Dirección General de Deportes. 2) Fase Intermunicipal Accederán a ella todos los equipos campeones de sus respectivas fases municipales o interlocales. Tendrá su inicio a partir del 31 de enero de 2006 Se podrán realizar agrupaciones, una vez conocida la participación y atendiendo a los siguientes criterios: proximidad geográfica y participación. Clasificarán en esta fase los equipos campeones de cada uno de los agrupamientos. También se podrán clasificar los segundos de aquellas agrupaciones que hayan acreditado mayor participación en esta fase hasta completar el número de finalistas. 3) Fase Final Los equipos clasificados por deporte jugarán la Fase Final por concentración en una localidad de la Región de Murcia. Todos los deportistas acreditados para participar en esta Fase Final por concentración tendrán obligatoriamente que jugar en todos los encuentros previstos en la misma. 6. Aspectos generales En los deportes individuales se realizarán fases clasificatorias y la Final Regional, cuyo sistema y calendario será establecido por la Dirección General de Deportes, una vez conocida la participación. Las instalaciones designadas para la celebración de cualquier encuentro deberán ser reglamentarias en todas sus exigencias (medidas, señalizaciones, aparatos, porterías, zonas de protección, etc.). Los casos de empate se resolverán de la forma que establezca cada uno de los reglamentos técnicos. 7. Inscripciones La inscripción permite estar dado de alta en el seguro escolar. Los centros de enseñanza que participen en el programa deberán realizar la inscripción general en la página web www.carm.es/cpres que será validada por el ayuntamiento correspondiente. Con ello se entiende que dan por conocida la presente normativa y la aceptan plenamente. Esta inscripción deberá llevarse a cabo antes del 17 de octubre de 2005. Las inscripciones para participar en los deportes individuales deberán ser cumplimentadas al menos 15 días antes de la celebración de la fase clasificatoria o final regional. Una copia de las inscripciones para competir en las jornadas clasificatorias o finales regionales de los deportes individuales deberán enviarse a la federación correspondiente, como máximo el martes precedente al día de la competición. 8. Altas y bajas No se producirá ningún tipo de alta o baja durante la competición intermunicipal, salvo que la baja sea como consecuencia de cambio de centro de enseñanza o en caso de lesión, en cuyo caso se podrá producir su sustitución siempre que quede acreditada mediante certificado médico. Estas altas o bajas se deberán remitir al Asesor del grupo que corresponda en hoja de inscripción rellenada al efecto. 9. Documentación En el desarrollo de la competición, en todas sus fases, los equipos deberán aportar la siguiente documentación, siempre antes del inicio del encuentro: 1) Carnet, con fotografía, que acredite su identidad. Dicho modelo de carnet será facilitado por la Dirección General de Deportes a los Ayuntamientos, siendo éstos los encargados de visar y sellar el mismo. Podrá ser válido el original del Documento Nacional de Identidad o pasaporte individual. La no presentación de este documento no impedirá la disputa del partido, que se dará por perdido al equipo infractor. 2) Asimismo, deberán aportar formulario de inscripción en el impreso oficial. Dicho formulario deberá estar validado por el Ayuntamiento correspondiente, por la organización o bien por la propia Dirección General de Deportes. La no presentación de este documento no impedirá la disputa del partido, aunque el árbitro hará constar en acta este hecho, que podrá ser subsanado mediante escrito del delegado/a (en el que se adjunte el formulario de inscripción) dirigido al comité correspondiente, antes de las 14´00 h. del segundo día hábil posterior al de la celebración del partido. 10. Cambio de fecha de los encuentros Los encuentros se celebrarán en lugar, día y hora designados por los respectivos comités en cada fase. Si por alguna causa justificada un equipo desea cambiar la fecha de celebración de un encuentro, lo deberá comunicar al Comité que corresponda, con 10 días de antelación a fin de que éste se pueda adelantar. En todo caso, no podrán aplazarse más de cuatro días sin autorización del Comité correspondiente. Cuando no exista acuerdo para el cambio de fecha del encuentro, éste se celebrará en el día y hora previstos, salvo que el Comité correspondiente, a la vista de las razones alegadas por el equipo que solicite el cambio, fije otra fecha. Los encuentros trasladados voluntariamente de fecha se disputarán en la localidad que establezca el equipo que accede al aplazamiento. Los gastos que se deriven del cambio de fecha (desplazamientos, instalaciones, etc.) serán por cuenta del equipo que solicite el cambio. 11. Delegados Cada centro designará un Delegado, mayor de edad, que será responsable de la actuación en las competiciones, el cual presentará la documentación y velará en todo momento por el buen comportamiento del equipo. En todas las instalaciones donde se celebren las competiciones deberá estar presente una persona designada por el Ayuntamiento correspondiente, quien hará las funciones de Delegado de Campo e informará a los equipos de las instalaciones donde se celebrarán sus encuentros. Los Ayuntamientos cuyos equipos participen en encuentros de la Final Regional podrán nombrar un Jefe de Expedición, que acompañará a dichos equipos en sus desplazamientos. 12. Arbitrajes Los árbitros, además de tener como función la de hacer cumplir la reglamentación y normativa de cada uno de los deportes, tendrán una labor pedagógica con el fin de conseguir el espíritu lúdico-educativo del programa «Deporte Escolar». En la Fase Municipal/Interlocal, los árbitros podrán ser designados por los propios Ayuntamientos según su mejor criterio. En la Fase Intermunicipal los árbitros serán solicitados a la Federación correspondiente por el municipio donde se celebren los encuentros, en el tiempo y forma establecidos por la misma. Si por causa de fuerza mayor no se dispusiese de árbitro, el municipio organizador, previo acuerdo de los dos equipos, designará al que estime competente, tratando que no sea de ninguno de los municipios de los equipos implicados. Especial atención deberán prestar a la verificación de la documentación, así como a que todos los participantes vayan equipados de forma adecuada para la práctica deportiva y los equipos vistan de manera uniforme de acuerdo con la normativa técnica de cada Federación. Finalizado el partido entregarán copia del acta del encuentro a cada equipo, al Asesor del Grupo o responsable del Ayuntamiento y el original para la federación correspondiente. 13. Desarrollo normativo La Normativa Técnica de cada deporte será aprobada por Resolución de la Dirección General de Deportes. Anexo IV «Campeonato Cadete de la Región de Murcia» 1. Normas generales El sistema de competición será establecido por las normativas técnicas aprobadas por la Dirección General de Deportes. Para lo no previsto en las normativas técnicas, se estará a lo dispuesto por los reglamentos de las respectivas Federaciones Deportivas de la Región de Murcia, aplicable a esta categoría. 2. Participantes Un deportista sólo puede participar en un deporte de equipo de los convocados en el presente Campeonato Cadete de la Región de Murcia pero no se limita su participación en deportes individuales. Un deportista no puede participar en la competición federada de la misma modalidad deportiva en ninguna categoría, tanto en los deportes de equipo como individual; no obstante podrá hacerlo en un deporte distinto al elegido en el presente Campeonato Cadete de la Región de Murcia. Los deportistas federados de Fútbol no pueden participar en Fútbol Sala, al considerar, a efectos de este programa, que es la misma modalidad deportiva. Podrán participar en este programa todos los escolares cuyas edades estén comprendidas en las que se detallan en el apartado 3. La participación se hará a través de centros de enseñanza. Todos los miembros de un equipo deberán estar matriculados en el mismo centro de enseñanza. Los Ayuntamientos que no tengan centros de enseñanza secundaria podrán participar con equipos municipales compuestos por escolares de su municipio y, en su caso, de otros municipios próximos que tampoco cuenten con centros de educación secundaria hasta completar los equipos y siempre que dichos escolares no participen a través de sus centros docentes. 3. Edades Nacidos en los años 1990 y 1991, excepto en la modalidad de campo a través en la que solo podrán participar los nacidos en los años 1991 y 1992. 4. Modalidades deportivas Deportes de equipo Categoría Baloncesto Masculina/Femenina Balonmano Masculina/Femenina Fútbol Sala Masculina/Femenina Voleibol Masculina/Femenina Deportes Individuales Categoría Campo a Través Masculina/Femenina Ajedrez Mixta Atletismo Masculina/femenina Bádminton Masculina/femenina Orientación Masculina/femenina Tenis de Mesa Masculina/femenina La participación en Atletismo, Campo a Través, Ajedrez, Bádminton, Orientación y Tenis de Mesa podrá ser individual y/o por equipos. También se podrán organizar competiciones de otros deportes individuales, siempre que el número de inscripciones así lo aconseje. Su autorización corresponderá a la Dirección General de Deportes. 5. Desarrollo de la competición Para los deportes de equipo se establecen tres fases: 1) Fase Municipal-Interlocal Su duración será hasta el 30 de enero de 2006. Se desarrollará en el ámbito del municipio, organizada por el Ayuntamiento o Comité Local correspondiente. Los Ayuntamientos que tengan un solo centro de enseñanza, podrán unirse con otros Ayuntamientos de sus mismas características y de su mismo Grupo en una Fase Interlocal, para lo que se podrá crear un Comité Interlocal formado por representantes de los municipios interesados. Los partidos y competiciones correspondientes a la Fase Municipal se disputarán con arreglo al calendario e instalaciones que marquen los respectivos comités municipales/interlocales, sin perjuicio de las normas generales que dicte la Dirección General de Deportes. 2) Fase Intermunicipal Accederán a ella todos los equipos campeones de sus respectivas Fases Municipales o interlocales. Tendrá su inicio a partir del 31 de enero de 2006. Se realizarán agrupaciones una vez conocida la participación y atendiendo a los siguientes criterios: proximidad geográfica y participación. Clasificarán en esta fase los equipos campeones de cada uno de los agrupamientos. También se podrán clasificar los segundos de aquellas agrupaciones que hayan acreditado mayor participación en esta fase hasta completar el número de finalistas. 3) Fase Final Los cuatro equipos clasificados por modalidad y deporte jugarán la Fase Final por concentración en una localidad de la Región. 6. Aspectos generales Las instalaciones designadas para la celebración de cualquier encuentro deberán ser reglamentarias en todas sus exigencias (medidas, señalizaciones, aparatos, porterías, zonas de protección, etc.). Los casos de empate se resolverán de la forma que establezca cada uno de los reglamentos técnicos. 7. Inscripciones La inscripción permite estar dado de alta en el seguro escolar. Los centros de enseñanza que participen en el programa deberán realizar la inscripción general en la página web www.carm.es/cpres que será validada por el ayuntamiento correspondiente. Con ello se entiende que dan por conocida la presente normativa y la aceptan plenamente. Esta inscripción deberá llevarse a cabo antes del 17 de octubre de 2005. Las inscripciones para participar en los deportes individuales deberán cumplimentadas al menos 15 días antes de la celebración de la fase clasificatoria o final regional. Una copia de las inscripciones para competir en las jornadas clasificatorias o final regional de los deportes individuales deberán enviarse a la federación correspondiente, como máximo el martes precedente al día de la competición. 8. Altas y bajas No se producirá ningún tipo de alta o baja durante la competición intermunicipal, salvo que la baja sea como consecuencia de cambio de centro de enseñanza o en caso de lesión, en cuyo caso se podrá producir su sustitución siempre que quede acreditada mediante certificado médico. Estas altas o bajas se deberán remitir al Asesor del grupo que corresponda en hoja de inscripción rellenada al efecto. 9. Documentación En el desarrollo de la competición, en todas sus fases, los equipos deberán aportar la siguiente documentación, siempre antes del inicio del encuentro: 1) Carnet, con fotografía, que acredite su identidad. Dicho modelo de carnet será facilitado por la Dirección General de Deportes a los Ayuntamientos, siendo éstos los encargados de visar y sellar el mismo. Podrá ser válido el original del Documento Nacional de Identidad o pasaporte individual. La no presentación de este documento no impedirá la disputa del partido, que se dará por perdido al equipo infractor 2) Asimismo, deberán aportar formulario de inscripción en el impreso oficial. Dicho formulario deberá estar validado por el Ayuntamiento correspondiente, por la organización o bien por la propia Dirección General de Deportes. La no presentación de este documento no impedirá la disputa del partido, aunque el árbitro hará constar en acta este hecho, que podrá ser subsanado mediante escrito del delegado/a (en el que se adjunte el formulario de inscripción) dirigido al comité correspondiente, antes de las 14´00 h. del segundo día hábil posterior al de la celebración del partido. 10. Cambio de fecha de los encuentros Los encuentros se celebrarán en lugar, día y hora designados por los respectivos comités en cada fase. Si por alguna causa justificada un equipo desea cambiar la fecha de celebración de un encuentro, lo deberá comunicar al Comité que corresponda, con 10 días de antelación a fin de que éste se pueda adelantar. En todo caso, no podrán aplazarse más de cuatro días sin autorización del Comité correspondiente. Cuando no exista acuerdo para el cambio de fecha del encuentro, éste se celebrará en el día y hora previstos, salvo que el Comité correspondiente, a la vista de las razones alegadas por el equipo que solicite el cambio, fije otra fecha. Los encuentros trasladados voluntariamente de fecha se disputarán en la localidad que establezca el equipo que accede al aplazamiento. Los gastos que se deriven del cambio de fecha (desplazamientos, instalaciones, etc.) serán por cuenta del equipo que solicite el cambio. 11. Delegados Cada centro participante designará un Delegado, mayor de edad, que será responsable de la actuación en las competiciones, el cual presentará la documentación y velará en todo momento por el buen comportamiento del equipo. En todas las instalaciones donde se celebren las competiciones deberá estar presente una persona designada por el Ayuntamiento correspondiente, quien hará las funciones de Delegado de Campo e informará a los equipos de las instalaciones donde se celebrarán sus encuentros. Los Ayuntamientos cuyos equipos participen en encuentros de la Final Regional podrán nombrar a un Jefe de Expedición, que acompañará a dichos equipos en sus desplazamientos. 12. Arbitrajes Los árbitros, además de tener como función la de hacer cumplir la reglamentación y normativa de cada uno de los deportes, tendrán una labor pedagógica con el fin de conseguir el espíritu lúdico-educativo del programa «Deporte Escolar». En la Fase Municipal/Interlocal, los árbitros podrán ser designados por los propios Ayuntamientos según su mejor criterio. En la Fase Intermunicipal los árbitros serán solicitados a la Federación correspondiente por el municipio donde se celebren los encuentros, en el tiempo y forma establecidos por la misma. Si por causa de fuerza mayor no se dispusiese de árbitro, el municipio organizador, previo acuerdo de los dos equipos, designará al que estime competente, tratando que no sea de ninguno de los municipios de los equipos implicados. Especial atención deberán prestar a la verificación de la documentación, así como a que todos los participantes vayan equipados de forma adecuada para la práctica deportiva y los equipos vistan de manera uniforme de acuerdo con la normativa técnica de cada Federación. Finalizado el partido entregarán copia del acta del encuentro a cada equipo, al Asesor del Grupo o responsable del Ayuntamiento y el original para la federación correspondiente. 13. Desarrollo normativo La Normativa Técnica de cada deporte será aprobada por Resolución de la Dirección General de Deportes. Anexo V Campeonato Juvenil de la Región de Murcia 1. Normas generales El sistema de competición será establecido por las normativas técnicas aprobadas por la Dirección General de Deportes. Para lo no previsto en las normativas técnicas, se estará a lo dispuesto por los reglamentos de las respectivas Federaciones Deportivas de la Región de Murcia, aplicable a esta categoría. 2. Participantes Podrán participar en este programa todos los escolares nacidos los años 1988 y 1989. Su participación se hará por equipos exclusivamente a través de centros de enseñanza. Todos los miembros de un equipo deberán estar matriculados en el mismo centro de enseñanza. Asimismo, un deportista no podrá participar en competiciones federadas de la misma modalidad deportiva en ninguna categoría; no obstante, podrá hacerlo en un deporte distinto al elegido en el Campeonato Juvenil de la Región de Murcia. Los deportistas federados de Fútbol no pueden participar en Fútbol Sala, al considerar, a efectos de este programa, que es la misma modalidad deportiva. 3. Modalidades deportivas. Modalidad Deportiva Categoría Baloncesto Masculina/Femenina Balonmano Masculina/Femenina Fútbol Sala Masculina/Femenina Voleibol Masculina/Femenina Deportes Individuales Categoría Campo a Través Masculina/Femenina Ajedrez Mixta Atletismo Masculina/femenina Bádminton Masculina/femenina Orientación Masculina/femenina Tenis de Mesa Masculina/femenina La participación en Atletismo, Campo a Través, Ajedrez, Bádminton, Orientación y Tenis de Mesa podrá ser individual y/o por equipos. También se podrán organizar competiciones de otros deportes individuales, siempre que el número de inscripciones así lo aconseje. Su autorización corresponderá a la Dirección General de Deportes. 4. Desarrollo de la competición Se desarrollará en el ámbito del municipio, organizada por el Ayuntamiento o Comité Local correspondiente. Los Ayuntamientos que tengan un solo centro de enseñanza, podrán asociarse con otros Ayuntamientos por proximidad geográfica. Los partidos y competiciones se disputarán con arreglo al calendario e instalaciones que marquen los respectivos comités municipales /interlocales, sin perjuicio de las normas generales que pueda dictar la Dirección General de Deportes. 5. Inscripciones La inscripción permite estar dado de alta en el seguro escolar. Los centros de enseñanza que participen en el programa deberán realizar la inscripción general en la página web www.carm.es/cpres que será validada por el ayuntamiento correspondiente. Con ello se entiende que dan por conocida la presente normativa y la aceptan plenamente. Esta inscripción deberá llevarse a cabo antes del 17 de octubre de 2005. 6. Documentación En el desarrollo de la competición, los equipos deberán aportar la siguiente documentación, siempre antes del inicio de la competición: a) Original del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte de cada uno de los participantes. La no presentación de este documento no impedirá la disputa del partido, que se dará por perdido al equipo infractor. b) Asimismo, deberán aportar formulario de inscripción en el impreso oficial. Dicho formulario deberá estar validado por el Ayuntamiento correspondiente, por la organización o bien por la propia Dirección General de Deportes. La no presentación de este documento no impedirá la disputa del partido, aunque el árbitro hará constar en acta este hecho, que podrá ser subsanado mediante escrito del delegado/a (en el que se adjunte el formulario de inscripción) dirigido al comité correspondiente, antes de las 14´00 h. del segundo día hábil posterior al de la celebración del partido. 7. Cambio de fecha de los encuentros Los encuentros se celebrarán en lugar, día y hora designados por los respectivos comités. Si por alguna causa justificada un equipo desea cambiar la fecha de celebración de un encuentro, lo deberá comunicar al Comité que corresponda, con 10 días de antelación a fin de que éste se pueda adelantar. En todo caso, no podrán aplazarse más de cuatro días sin autorización del Comité correspondiente. Cuando no exista acuerdo para el cambio de fecha del encuentro, éste se celebrará en el día y hora previstos, salvo que el Comité correspondiente, a la vista de las razones alegadas por el equipo que solicite el cambio, fije otra fecha. 8. Delegados Cada centro participante designará un Delegado, mayor de edad, que será responsable de la actuación en las competiciones, el cual presentará la documentación y velará en todo momento por el buen comportamiento del equipo. En todas las instalaciones donde se celebren las competiciones deberá estar presente una persona designada por el Ayuntamiento correspondiente, quien hará las funciones de Delegado de Campo e informará a los equipos de las instalaciones donde se celebrarán sus encuentros. 9. Fase intermunicipal En función del número de equipos inscritos, la Dirección General de Deportes, podrá ampliar la competición al ámbito regional. Anexo VI «XVIII Juegos Escolares Especiales» Convocatoria y Normativa General 1. Fechas de celebración Desde el 1 de octubre hasta el 31 de mayo de 2006. 2. Centros participantes Todos aquellos centros públicos y privados de educación especial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, centros ocupacionales, clubes de ocio y clubes deportivos de la Región, que atienden a personas disminuidas psíquicas. 3. Cobertura de accidentes y asistencia sanitaria Todos los participantes, en cualquiera de las modalidades de participación que se incluyen en esta convocatoria, estarán acogidos al seguro de asistencia sanitaria y accidentes contratado por la Consejería de Presidencia para el programa «Deporte Escolar», durante las horas de práctica de las actividades contempladas en la citada convocatoria. En el programa de Encuentros Deportivos Regionales, dentro de la modalidad de competición, los participantes deberán tener diligenciada la ficha deportiva de la Federación Española de Deportes para la Discapacidad Intelectual (FEDDI). 4. Modalidades de participación Con la finalidad de procurar la mayor participación de todos los escolares de centros de educación especial y de centros ocupacionales de la Región, se establecen tres modalidades: Encuentros Deportivos Regionales. Programa de Escuelas Deportivas. 4.1. Encuentros Deportivos Regionales Esta modalidad de participación comprende ocho encuentros regionales, a celebrar en distintos lugares de la Región de Murcia, y en los deportes de Tenis de Mesa, Fútbol 7, Balonmano, Baloncesto, Petanca, Natación, Atletismo y Fútbol Sala. 4.1.1. Jornadas deportivas a celebrar y lugares: Modalidad Deportiva Localidad/Instalación Fecha Tenis de Mesa Caravaca de la Cruz 26 de octubre de 2005. Pabellón Municipal J.A. Corbalán Baloncesto Alcantarilla 30 de noviembre de 2005. Pabellón Municipal A. Sornichero Natación Molina de Segura. Piscina Municipal 18 de enero de 2006. Balonmano Cieza. Polideportivo Mariano Rojas. 15 de febrero de 2006. Atletismo Murcia. Estadio Monte Romero. 8 de marzo de 2006. Petanca Cartagena. 30 de marzo de 2006. Instalaciones Polideportivas Municipales. Fútbol 7 Lorca. Campo de Fútbol Municipal 26 de abril de 2006. Fútbol Sala San Javier. 10 de mayo de 2006. Instalaciones Polideportivas Municipales. Todos los cambios de sede o fechas serán debidamente comunicados a la Dirección General de Deportes, al Ayuntamiento correspondientes a todos los centros participantes. 4.1.2. Categorías: De acuerdo a la disposición normativa se establecen 3 modalidades, sin que el C.I. constituya un factor diferenciador. 1.ª Competitiva. 2.ª Participativa. 3.ª Juegos Adaptados. La categoría de competición contempla la aplicación de normas y reglas de juego en cada uno de los deportes de las correspondientes Federaciones Españolas. Únicamente podrán participar en esta categoría los deportistas que tengan tramitada la licencia federativa de FEDDI. La segunda categoría, de participación, permite la adaptación de normas y reglas de juego en función de niveles de los participantes. La tercera modalidad permite la inclusión de jóvenes que, por sus especiales características, no son capaces de seguir las reglas de juego para cada una de las modalidades deportivas. No se basa en criterios de competición, sino en la realización de juegos predeportivos ligados a cada uno de los deportes que se incluyen en la convocatoria. Todos los deportes contemplan la participación en categoría masculina y femenina. La organización podrá establecer normativas específicas para la inclusión de deportistas con otras discapacidades asociadas (discapacitados auditivos, paralíticos cerebrales). 4.1.3. Normativas específicas para deportes contemplados en esta convocatoria: 4.1.3.1. Atletismo Las pruebas de atletismo, dentro de la categoría de competición, son las siguientes: ¿ 100 metros. ¿ 200 metros. ¿ 400 metros. ¿ 800 metros. ¿ 1500 metros. ¿ Relevos 4 x 100. ¿ Salto de longitud. ¿ Lanzamiento de peso. ¿ Salto de altura. ¿ Lanzamiento de disco. ¿ Jabalina. En la categoría participativa, las pruebas a desarrollar son: ¿ 80 metros. ¿ 200 metros. ¿ Relevos 4 x 80. ¿ Salto de longitud. ¿ Lanzamiento de peso. En categoría de juegos adaptados, las pruebas a desarrollar son: ¿ 60 metros. ¿ Salto de longitud. Cada deportista podrá disputar un máximo de pruebas, en función de la categoría de participación. ¿ En competición: 3 pruebas distintas, más la prueba de relevos. ¿ En participativa: 2 pruebas distintas, más la prueba de relevos. ¿ En juegos adaptados: 1 prueba. 4.1.3.2. Natación En natación, las pruebas, dentro de la modalidad competitiva, son: ¿ 25 metros libres. ¿ 50 metros libres. ¿ 50 metros espalda. ¿ 100 metros libres. ¿ Relevos 4 x 25 libres. En categoría de participación, las pruebas son: ¿ 25 metros libres. ¿ 50 metros libres. ¿ Relevos 4 x 25 libres. 4.1.3.3. Tenis de Mesa En la categoría de competición se establecen las siguientes modalidades de participación: ¿ Individual masculino y femenino. ¿ Dobles masculino y femenino. En las categorías de participación y juegos adaptados, se establece una única modalidad participativa: ¿ Individual masculino y femenino. Los encuentros en la categoría de competición se disputarán a 21 tantos y tres sets (o mejor de dos). En las categorías de participación y juegos los encuentros se disputarán a 11 tantos y tres sets. 4.1.4. Instalaciones deportivas: Se utilizarán las instalaciones deportivas propias de cada Municipio. A tal efecto, la organización mantendrá los contactos oportunos para recabar la colaboración pertinente de cada uno de los Ayuntamientos. 4.1.5. Transporte: El transporte de los participantes hasta las instalaciones deportivas se viene sufragando por parte de cada uno de los Ayuntamientos de procedencia de los equipos, con la financiación de la Dirección General de Deportes de la Comunidad Autónoma de Murcia. Los equipos participantes tendrán que contactar con los respectivos Ayuntamientos para fijar los detalles de cada uno de los desplazamientos. 4.1.6. Trofeos y atenciones a centros y clubes participantes: Cada centro recibirá un trofeo de recuerdo por su participación en cada una de las jornadas deportivas a desarrollar. Igualmente, la Dirección General de Deportes y FEDEMIPS determinarán la entrega de medallas y otros materiales deportivos a participantes en la línea que la primera contempla para el conjunto de participantes de la convocatoria del programa «Deporte Escolar». 4.1.7. Atención sanitaria en instalaciones deportivas: FEDEMIPS recabará la colaboración de Cruz Roja Española para la atención sanitaria en cada una de las jornadas previstas. 4.1.8. Comité Organizador: Cada una de las actividades serán dirigidas por el colectivo de voluntarios de la Federación de Deportes para Minusválidos Psíquicos de la Región de Murcia (FEDEMIPS), con la colaboración del personal de cada uno de los centros participantes. El Comité mantendrá reuniones para perfilar todos los detalles de organización con los responsables de deportes de los centros participantes. A principio del curso serán realizadas las inscripciones de los centros y clubes, que deberán ser remitidas a FEDEMIPS con una antelación de 10 días para cada una de las jornadas. La organización realizará el calendario de competiciones de cada una de las jornadas, enviándose copia del mismo a cada uno de los centros al menos dos días antes de las competiciones. 4.2 Programa de Escuelas Deportivas Dentro del programa «Deporte Escolar», con relación al colectivo de escolares con necesidades educativas especiales, y con la finalidad de acercarles a una práctica normalizada de las actividades físico-deportivas en su propio entorno social y utilizando los recursos propios de cada municipio, se contempla la posibilidad de creación de Escuelas Deportivas en el ámbito de un deporte concreto o de carácter polivalente y multidisciplinar. FEDEMIPS iniciará los contactos pertinentes con distintos Ayuntamientos de la Región, con la finalidad de ir progresivamente implantando este programa, que permitirá la atención y el acceso a la práctica deportiva de jóvenes con discapacidad. Anexo VII Actividades Deportivas de Ámbito Municipal Los Ayuntamientos colaboradores podrán realizar actividades deportivas de ámbito municipal orientadas a propiciar la participación a lo largo de todo el curso escolar, sin necesidad de desplazamientos y con un carácter marcadamente recreativo. 1. Normativa general y de competición La normativa general de las actividades deportivas municipales, así como los sistemas de competición, arbitrajes, etc., será establecido por los respectivos Comités Locales y las competiciones se desarrollarán de acuerdo con los reglamentos técnicos de cada deporte. 2. Participantes. En estas competiciones pueden participar los jóvenes nacidos entre los años 1988 y 1995, ambos incluidos. Su participación se hará a través de centros docentes, clubes, asociaciones deportivas, etc. 3. Especialidades deportivas programadas. Los Ayuntamientos interesados tendrán que solicitar a la Dirección General de Deportes la autorización previa de las actividades que deseen realizar, que estarán abiertas a todos los deportes, excepto los incluidos en los Campeonatos convocados en el presente programa. 4. Seguro de asistencia sanitaria y accidentes. Los participantes en esta actividad estarán acogidos al seguro de asistencia sanitaria y accidentes contratado por la Consejería de Presidencia para el programa «Deporte Escolar». 5. Inscripciones Una vez autorizadas la actividades a realizar, los Ayuntamientos deberán enviar a la Dirección General de Deportes una relación de los participantes en las mismas. OJO PDF ¿TXF¿ ¿¿