¿OC¿ Consejería de Ciencia, Tecnología, Industria y Comercio ¿OF¿¿SUC¿ 12739 Orden de 16 de diciembre de 2002 por la que se modifica el calendario de apertura al público de comercios en domingos y festivos para el año 2003 en el municipio de Totana. ¿SUF¿¿TXC¿ Vista la solicitud del Ayuntamiento de Totana, según escrito de la Alcaldía con fecha de 13 de diciembre de 2002, solicitando que el calendario de apertura al público de comercios en domingos y festivos para 2003, determinado para la Región de Murcia mediante Orden de esta Consejería de 5 de diciembre de 2002, se modifique para dicho municipio en el sentido de establecer como fecha de apertura el día 6 de enero de 2003, en sustitución del día 12 de enero del mismo año. Considerando que la petición se justifica adecuadamente en las necesidades de la población de esa localidad, al ser el 7 de enero festivo local, unido al festivo nacional del 6 de enero, no siendo, por otra parte exigible el cumplimiento del plazo de presentación de solicitudes municipales previsto en el artículo 31 de la Ley 10/1998, de 21 de diciembre, sobre Régimen del Comercio Minorista en la Región de Murcia, por imposibilidad material de su cumplimiento. Visto el artículo 43 del Real Decreto-Ley 6/2000, de 23 de junio, de Medidas Urgentes de Intensificación de la Competencia en Mercados de Bienes y Servicios y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo de 31.3 de la Ley 10/1998, de 21 de diciembre, sobre Régimen del Comercio Minorista en la Región de Murcia y a propuesta de la Dirección General de Comercio y Artesanía, RESUELVO Modificar, en lo que se refiere al municipio de Totana, el calendario de apertura al público de comercios en domingos y festivos establecido para el conjunto de municipios de la Región de Murcia para 2003 por Orden de esta Consejería de 5 de diciembre de 2002, en el sentido de establecer como fecha de apertura en aquel municipio el día 6 de enero de 2003, en sustitución del día 12 de enero del mismo año, en que no abrirán los comercios. La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» y contra la misma, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante esta consejería en el plazo de un mes a partir de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 20/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Murcia, 16 de diciembre de 2002.¿El consejero de Ciencia, Tecnología, Industria y Comercio, Patricio Valverde Megías. ¿TXF¿ ¿¿