¿OC¿ Consejería de Economía y Hacienda ¿OF¿¿SUC¿ 7512 Orden de 3 de julio de 2002 de la Consejería de Economía y Hacienda por la que se convocan los premios Conde de Floridablanca de Economía y Hacienda de la Región de Murcia 2002. ¿SUF¿¿TXC¿ El Estatuto de Autonomía atribuye a la Región de Murcia la competencia exclusiva en materia de fomento del desarrollo económico de nuestra Región, dentro de los objetivos marcados por la política económica nacional (artículo 10.1.11), así como el fomento de la cultura y de la investigación científica y técnica en coordinación con el Estado, especialmente en materias de interés para la Región de Murcia (artículo 10.1.15). La Consejería de Economía y Hacienda, dentro de este marco competencial, y habida cuenta que una de las vías de promoción económica de la Región es la profundización del conocimiento de la realidad socioeconómica y el apoyo a las personas e instituciones que la realizan, ha decidido crear con carácter anual los Premios Conde de Floridablanca de Economía y Hacienda de la Región de Murcia. En este sentido, estos galardones pretenden ser un medio para fomentar: por un lado, el análisis independiente de los distintos aspectos que conforman el amplio campo de la economía y la hacienda de Murcia, y, de otro, proceder a su divulgación a través de los distintos medios de comunicación, con la finalidad de satisfacer la creciente demanda de información económica y financiera de todos los murcianos. Los Premios Conde de Floridablanca de Economía y Hacienda de la Región de Murcia, contemplan tres modalidades diferentes que galardonarán tanto labores de investigación (modalidad «Trabajos de Investigación) y divulgativas (modalidad «Prensa» y «Revistas y otras publicaciones especializadas»), como una tercera modalidad dirigida a distinguir a las personalidades que a lo largo de su vida profesional han destacado en el ámbito de la economía o de la hacienda de la Región de Murcia. Por lo expuesto, a propuesta de la Dirección General de Economía y Estadística, en virtud de las atribuciones que me confiere el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia, aprobado por Decreto Legislativo nº. 1/1999 de 2 de diciembre DISPONGO PRIMERO.- MODALIDADES Y OBJETO DE LOS PREMIOS. 1. Se convocan los Premios Conde de Floridablanca de Economía y Hacienda de la Región de Murcia 2002 en las siguientes modalidades que tienen por objeto galardonar: 1ª- Trabajos de investigación: los trabajos de investigación, tales como tesis doctorales, tesinas u otro tipo de trabajo investigador, que versen sobre algún tema relacionado con la economía o la hacienda de la Región de Murcia. 2ª- Trabajos, informes, artículos o similares que versen sobre algún tema relacionado con la economía o la hacienda de la Región de Murcia publicados en prensa, revistas, bien de carácter general o específicas,( pero no científicas) y otras publicaciones periódicas que pueden ser de divulgación regional, nacional o internacional. 3ª- Personalidades: personalidades que, por su dedicación y aportación a lo largo de su vida profesional, han destacado en los ámbitos de la divulgación, desarrollo, estudio o investigación de la economía o la hacienda de la Región de Murcia. En esta modalidad se premiará el conjunto de sus actividades, trabajos, y contribución al desarrollo de la economía y la hacienda en la Región de Murcia. 2. Los trabajos de investigación de la modalidad 1ª. deberán haber sido realizados y terminados durante el año 2001 o 2002, sin que sea necesaria su publicación. 3. En la modalidad 2ª. los trabajos que se presenten a concurso deberán haber sido publicados en castellano durante el año 2001 o 2002. 4. Podrán ser presentados a concurso tanto aquellos trabajos que formen una unidad como aquellos otros constituidos por series continuadas o secuenciales. SEGUNDO.- CAUCES DE PARTICIPACIÓN 1. La participación en las modalidades 1ª y 2ª, referidas en el punto Primero 1., podrá efectuarse a titulo individual o colectivo, por dos cauces distintos: - Envío de los trabajos a concurso por parte de los propios autores, ya sean trabajos a título individual o colectivo. - Presentación de trabajos por el medio en que se hayan difundido. 2. En la modalidad 3ª, del punto Primero 1. las candidaturas deberán ser presentadas por las organizaciones y entidades relacionadas con los ámbitos económico-financieros murcianos, tales como Colegios Profesionales, Universidades, Facultades, Academias y Organizaciones e Instituciones representativas de intereses sociales. TERCERO.- SOLICITUDES, DOCUMENTACIÓN Y PLAZO. 1. Las solicitudes para participar en las diversas modalidades previstas en esta convocatoria se dirigirán al titular de la Consejería de Economía y Hacienda y se presentarán en el Registro General de dicha Consejería, en los Registros de los demás órganos y en las oficinas que correspondan, de conformidad con el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, conforme al modelo adjunto (Anexo I). 2. El plazo de presentación de solicitudes termina el día 20 de septiembre de 2002, así como el de presentación de candidaturas correspondientes a personalidades. 3. Los trabajos podrán ser presentados, conforme a lo establecido en el punto Segundo 1., siempre que conste el consentimiento del autor o autores. Los derechos de propiedad intelectual, en el supuesto de trabajos no firmados o presentados bajo seudónimo, se ejercerán por la persona natural o jurídica que los saque a la luz con el consentimiento del autor, responsabilizándose éste de la acreditación de la titularidad del mismo. 4. Cuando se trate de trabajos de investigación, se remitirán, junto a la solicitud de participación, dos ejemplares completos. Si éstos forman parte de una publicación, se remitirá, junto a la publicación completa, la fotocopia de la parte que contenga el trabajo que opte al Premio. 5. Cuando se trate de reportajes, artículos periodísticos, etc., publicados en prensa, revistas y otras publicaciones, se remitirá, junto a la solicitud de participación, un ejemplar del periódico o revista en que haya sido publicado el trabajo que opta al Premio. 6. La presentación de candidaturas de personalidades prevista en la modalidad 3ª del punto Primero 1., por las entidades y organizaciones a las que se refiere el punto Segundo 2. de esta Orden, deberá ir acompañada de los datos personales del candidato, memoria justificativa de sus méritos y de las razones que han motivado su presentación, y certificado acreditativo de que el acuerdo de presentación del candidato se ha adoptado de conformidad con las normas estatutarias o régimen jurídico por el que se rija la entidad u organismo proponente. 7. No serán admitidos a concurso los trabajos y candidaturas de personalidades que no reúnan los requisitos especificados anteriormente. CUARTO.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES. La participación en esta convocatoria implica la total aceptación de las condiciones de la presente Orden. Del mismo modo, los trabajos galardonados deberán incluir mención expresa, en su publicación por otros medios o en su difusión, al menos de su carácter de premiado y del membrete o anagrama de la Comunidad Autónoma QUINTO.- JURADO CALIFICADOR. 1. El examen y selección de los trabajos recibidos se hará por el Jurado Calificador, cuya composición será: - Presidente: El Consejero de Economía y Hacienda, que podrá delegar en su caso en uno de los vocales representantes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Murcia. - Vocales: a. Tres miembros de la Administración de la Comunidad Autónoma de Murcia, de sus Organismos Autónomos, Instituciones y Empresas. b. Tres representantes del mundo académico murciano, de reconocido prestigio, relacionados con el ámbito de la investigación económica y financiera. c. Cuatro representantes del mundo profesional o empresarial, de reconocido prestigio, relacionados con el ámbito económico-financiero murciano. Los vocales serán designados por el Consejero de Economía y Hacienda conforme a lo establecido en las letras anteriores. Actuará como Secretario, con voz y sin voto, un funcionario de la Consejería de Economía y Hacienda, asimismo, designado por el Consejero. 2. Mediante resolución de la Consejería de Economía y Hacienda, que se dictará en el plazo máximo de dos mes desde la entrada en vigor de esta Orden, se hará pública la composición del Jurado Calificador en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. 3. El Jurado podrá recabar, si lo estima oportuno, el asesoramiento de personalidades del mundo académico y profesional para la valoración de los trabajos presentados, cuando éstos revistan un alto índice de complejidad. 4. Los Premios podrá declararse desiertos si, a juicio del Jurado, los trabajos presentados no alcanzan la calidad suficiente para hacerlos acreedores a los mismos. 5. El jurado ajustará su actuación a lo dispuesto en materia de órganos colegiados por la legislación sobre procedimiento administrativo común. SEXTO.- PREMIOS. Los premios a conceder serán los siguientes: 1. Trabajos de Investigación, Tesis doctorales, tesinas u otro tipo de trabajo investigador: Un primer premio de 6.000 euros, recuerdo conmemorativo y publicación del trabajo. Un segundo premio de 3.000 euros. 2. Prensa, revistas y publicaciones periódicas especializadas: Un Premio de 3.000 euros y recuerdo conmemorativo para publicación hecha fuera de la Región de Murcia, y otro de 3.000 euros y recuerdo conmemorativo para publicación hecha dentro de la Región de Murcia. 3. Personalidades: Recuerdo conmemorativo. 4. El importe de los premios se abonará con cargo a la partida presupuestaria 13.04.551C.489.03 SÉPTIMO.- ACUERDO DEL JURADO. En el plazo máximo de dos meses desde la finalización del período de presentación de solicitudes, el Jurado elevará al Consejero de Economía y Hacienda propuesta motivada de la concesión de los premios. De conformidad con dicha propuesta, los premios serán concedidos por Orden del Consejero, que se publicará en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. OCTAVO.- TRABAJOS PRESENTADOS. La Consejería de Economía y Hacienda conservará un ejemplar de los trabajos presentados, que sólo será devuelto previa solicitud del interesado, pudiendo dar a los que resulten premiados la difusión y empleo que estime conveniente. NOVENO.- DESARROLLO Y EJECUCIÓN. Se autoriza al Director General de Economía y Estadística a realizar cuantas actuaciones sean necesarias para la ejecución y desarrollo de esta Orden. DÉCIMO.- ENTRADA EN VIGOR. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Murcia, 3 de julio de 2002.¿El Consejero de Economía, Juan Bernal Roldán. ANEXO PREMIOS CONDE DE FLORIDABLANCA DE ECONOMÍA Y HACIENDA DE LA REGIÓN DE MURCIA 2002 SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN I. Datos del Solicitante Apellidos: Nombre: D.N.I.: Profesión: Domicilio, Avda. calle, plaza y número: Municipio: Código Postal: Provincia: Presenta la solicitud: O A título individual: O Como representante: ¿ De la Sociedad o Institución: Denominación: Domicilio: ¿ Del colectivo integrado por las siguientes personas: Nombre y Apellidos: D.N.I: Firma: _________________________ _______________ _________________________ _______________ _________________________ _______________ _________________________ _______________ II. Datos del trabajo que presenta Modalidad: O Prensa, revistas u otras publicaciones periódicas especializadas: Periódico o Revista donde se publicó Domicilio Fecha de publicación O Trabajo de investigación: III. Solicitud SOLICITA: Ser admitido como participante en los Premios Conde de Floridablanca de Economía y Hacienda de la Región de Murcia 2002 en la(s) modalidad(es) antes expresada(s), a cuyo efecto se acompaña la documentación que se exige en la Orden de la Convocatoria, aceptando expresamente los términos de la misma. En a de de 2002 Firmado: Documentos que se acompañan: O Acreditación de la titularidad del autor (cuando el trabajo hubiere sido firmado bajo seudónimo). O En caso de representación: Documento acreditativo de la misma. O Ejemplar y copia del periódico o revista en donde fue publicado el trabajo O Dos ejemplares del trabajo de investigación (Tesis, Tesina, etc.) O Curriculum del candidato. EXCMO. SR. CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA. ¿TXF¿