Consejería de Economía y Hacienda ¿ O F ¿ ¿ S U C ¿ 1648 Orden de 24 de enero de 2001, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se configuran opciones dentro del Cuerpo de Servicios y se modifica la relación de puestos de trabajo de la Administración Pública de la Región de Murcia. ¿ S U F ¿ ¿ T X C ¿ El Cuerpo de Servicios desde su configuración se ha caracterizado, básicamente, por la existencia de tipos de puestos de trabajo de muy diversa naturaleza. La experiencia acumulada en los últimos años ha puesto de manifiesto la necesidad de corregir determinadas disfunciones que ha producido la heterogeneidad de las funciones de los citados puestos, y que se han visto ahondadas a raíz de las convocatorias nacidas de las últimas Ofertas de Empleo Público. Así, cabe destacar que cuando se resuelven los procedimientos de provisión que afectan al citado Cuerpo, el personal necesita un determinado periodo de tiempo para el conocimiento de las funciones del nuevo tipo de puesto al que acceden, sin que ello deba producir una merma de los principios de eficacia y agilidad que deben presidir toda actuación administrativa. Igualmente, hay que destacar la dificultad a la hora de proceder al reclutamiento de personal externo, al verse los órganos de selección imposibilitados para efectuar unas adecuadas pruebas prácticas que posibiliten la selección de aquellos candidatos que se adecúen al perfil de los puestos ofertados. Todo lo anterior, hace necesario la creación de opciones dentro del Cuerpo de Servicios que agrupando tipos de funciones homogéneas, permitan una mejor ordenación y optimización de los recursos humanos de la Administración Regional. Por ello, de conformidad con los artículos 14 y 19 de la Ley 3/1986, de 19 de marzo, de la Función Pública de la Región de Murcia, y con el apartado a) de la disposición final primera del Decreto nº 32/1998, de 4 de junio, por el que se configuran opciones en los distintos Cuerpos de la Administración Pública Regional, se establecen Medidas de Fomento de Promoción Interna, y se modifica el Decreto 46/1990, de 28 de junio; y visto el informe favorable del Consejo Regional de la Función Pública, D I S P O N G O PRIMERO.- Configurar dentro del Cuerpo de Servicios las opciones Personal de Servicios, Ayudantes de Oficios, y Personal Subalterno, teniendo todas ellas el mismo requisito de titulación que la del citado Cuerpo. SEGUNDO.- Las funciones de las citadas opciones son las que a continuación se indican : 1.- Personal de Servicios: Realizará tareas de limpieza de todo tipo de dependencias de la Administración, utensilios empleados para el trabajo y limpieza de ropa; preparación de alimentos para su transformación; preparación y atención de comedores; preparación de dormitorios. Realizará, asimismo, otras tareas análogas que le sean encomendadas por su superior, de conformidad con el puesto ocupado. 2.- Ayudantes de Oficios: Realizarán tareas de colaboración con el personal técnico y/o facultativo correspondiente, en las que se emplee principalmente esfuerzo físico, habilidad manual y atención, sin tener la especialización propia de un oficio. 3.- Personal Subalterno: Bajo la dependencia del superior jerárquico, tiene la misión de la vigilancia, guarda y custodia de todo tipo de dependencias de la Administración; de la información y orientación a los visitantes; del manejo de máquinas reproductoras y auxiliares; realizar recados oficiales dentro y fuera de los centros de trabajo; repartir documentación, franquear, depositar, entregar, recoger y distribuir la correspondencia y traslado de mobiliario y enseres. Asimismo, tiene encomendadas las funciones definidas para los Celadores en el Estatuto de Personal no Sanitario al servicio de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social. TERCERO.- La relación de puestos de trabajo de la Administración Pública de la Región de Murcia será modificada, en los siguientes términos : 1.- Los puestos de Celador, Guarda, Ordenanza, Subalterno, Vigilante, Guarda Albergue, Ordenanza Jefe de Planta, Ordenanza Repartidor, Subalterno Repartidor, Coordinador de Ordenanzas, Coordinador de Celadores y Coordinador de Vigilantes se adscriben a la opción Personal Subalterno. 2.- Los puestos Ayudante de Servicios, Ayudante de Internado, Ayudante de Cocina, Ayudante de Almacenero, Lavandería y Coordinador de Ayudante de Servicios, se adscriben a la opción Personal de Servicios. 3.- Los puestos de Ayudantes y Coordinador de Tareas Agropecuarias, Estibador Portuario, Mozo de ITV/Laboratorio, Ayudante Mecánico, Peón (Carreteras/Agrario) y Ayudante de Mantenimiento, se adscriben a la opción Ayudantes de Oficios. CUARTO.- Esta Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el ¿Boletín Oficial de la Región de Murcia.¿¿El Consejero de Economía y Hacienda, Juan Bernal Roldán.