¿ O C ¿ Consejería de Industria, Trabajo y Turismo ¿ O F ¿ ¿ S U C ¿ 17097 ORDEN de 10 de diciembre de 1998, por la que se autorizan nuevas tarifas del servicio del agua potable en Torre Pacheco. ¿ S U F ¿ ¿ T X C ¿ Examinado el expediente 3C98PP0223, incoado a instancia del Ayuntamiento de Torre Pacheco y remitido con fecha 7 de agosto de 1998, en solicitud de autorización de nuevas tarifas del servicio del agua potable; las tarifas vigentes fueron autorizadas por Orden de esta Consejería de 17 de abril de 1997, dictada en virtud de las facultades otorgadas por el Decreto 93/1995, de 12 de julio, por el que se establecen los órganos directivos de la misma. Se basa la petición en la necesidad de reducir el déficit que genera el servicio. El Ayuntamiento de Torre Pacheco, en sesión del Pleno del día 19 de mayo de 1997 emite informe proponiendo el incremento de la tarifa en su conjunto, tanto la tarifa normal como las especiales para uso industrial y centros de enseñanza y para pensionistas. Por los Servicios Técnicos de la Dirección General de Comercio, Consumo y Artesanía se ha emitido informe favorable a la modificación de tarifas del citado Ayuntamiento, por considerarla justificada y cumplir con los artº. 6 y 7 del Decreto 2.695/1977, de 28 de octubre, sobre medidas relativas a política de precios, y artº. 16.2 del Real Decreto-Ley 7/1996, de 7 de junio, sobre medidas urgentes de carácter fiscal, fomento y liberalización de la actividad económica. El Consejo Asesor Regional de Precios, en su reunión del día 9 de diciembre de 1998, ha informado, asimismo, favorablemente las tarifas de referencia. Estimándose conveniente aceptar la propuesta del citado Ayuntamiento, por las razones anteriormente expuestas. ¿ C P I ¿ ¿ N C ¿ Número 290 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Jueves, 17 de diciembre de 1998 ¿ F F ¿ ¿ P C ¿ Página 13303 ¿ P F ¿ ¿ C P F ¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿ N I F ¿ Visto el artº. 16 del Real Decreto-Ley 7/1996, de 7 de junio, y el y el R.D. 2.695/1977, de 28 de octubre, sobre normativa en materia de precios; el Real Decreto 2.226/1977, de 27 de agosto, sobre autorizaciones de aumento de tarifas de servicios de competencia local, y Orden Ministerial de 30 de septiembre de 1977, así como el Real Decreto 4.112/1982, de 29 de agosto, Decreto 77/1977, de 8 de octubre, Decreto 105/ 1988, de 1 de julio, de creación del Consejo Asesor Regional de Precios, y artículo 58.3 de la Ley 1/1988, de 7 de enero, del Presidente, del Consejo de Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, DISPONGO Autorizar las tarifas del servicio del agua potable solicitadas por el Ayuntamiento de Torre Pacheco en la referida sesión del Pleno, que son las siguientes: 1.- TARIFA NORMAL: - Canon mantenimiento contador trimestralmente (ptas.): 97. - Canon mantenimiento acometida trimestralmente (ptas.): 123. - Tramos de consumo trimestral: * Tramo 1.º: De 0 a 50 m³ (ptas/m³): 87. * Tramo 2.º: De 51 a 70 m³ (ptas/m³): 95. * Tramo 3.º: De 71 a 90 m³ (ptas/m³): 107. * Tramo 4.º: De 91 m³ en adelante (ptas/m³): 134. 2.- TARIFA ESPECIAL DE USO INDUSTRIAL Y CENTROS DE ENSEÑANZA: - Canon mantenimiento contador trimestralmente (ptas.): 394. - Canon mantenimiento acometida trimestralmente (ptas.):491. - Precio metro cúbico agua consumida (ptas.): 87. 3.- TARIFA ESPECIAL PARA PENSIONISTAS: - Canon mantenimiento contador trimestralmente (ptas.): 97. - Canon mantenimiento acometida trimestralmente (ptas.): 123. - Precio metro cúbico agua consumida: * Tramo 1.º: De 0 a 24 m³ (ptas/m³): 78. * Tramo 2.º: De 25 a 50 m³ (ptas/m³): 87. * Tramo 3.º: De 51 a 70 m³ (ptas/m³): 95. * Tramo 4.º: De 71 a 90 m³ (ptas/m³): 107. * Tramo 5.º: De 91 m³ en adelante (ptas/m³): 134. Contra la presente Orden, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el ¿Boletín Oficial de la Región de Murcia¿, podrá interponerse recurso contenciosoadministrativo ante la correspondiente Sala del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses, a contar desde la publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Murcia a 10 de diciembre de 1998.¿El Consejero de Industria, Trabajo y Turismo, José Pablo Ruiz Abellán.