¿ O C ¿ Consejería de Industria, Trabajo y Turismo ¿ O F ¿ ¿ S U C ¿ 17096 ORDEN de 10 de diciembre de 1998, por la que se autorizan nuevas tarifas del servicio del agua potable en Ulea. ¿ S U F ¿ ¿ T X C ¿ Examinado el expediente 3C98PP0246, incoado a instancia del Ayuntamiento de Ulea y remitido con fecha 5 de noviembre de 1998, en solicitud de autorización de nuevas tarifas del servicio del agua potable; las tarifas vigentes fueron autorizadas por Orden de esta Consejería de 15 de diciembre de 1997, dictada en virtud de las facultades otorgadas por el Decreto 65/1996, de 2 de agosto, por el que se estructura dicha Consejería, y Decreto 105/1988, de 1 de julio, de creación del Consejo Asesor Regional de Precios. Se basa la petición en la necesidad de repercutir en la tarifa el incremento producido en los costes de explotación del servicio. El Ayuntamiento de Ulea, en sesión del Pleno del día 13 de octubre de 1998, emite informe proponiendo el incremento de la tarifa en su conjunto, para el casco urbano y el campo y el mantenimiento de contadores. Por los Servicios Técnicos de la Dirección General de Comercio, Consumo y Artesanía se ha emitido informe favorable a la modificación de tarifas del citado Ayuntamiento, por considerarla justificada y cumplir con los artº. 6 y 7 del Decreto 2.695/1977, de 28 de octubre, sobre medidas relativas a política de precios, y artº. 16.2 del Real Decreto-Ley 7/1996, de 7 de junio, sobre medidas urgentes de carácter fiscal, fomento y liberalización de la actividad económica. El Consejo Asesor Regional de Precios, en su reunión del día 9 de diciembre de 1998, ha informado, asimismo, favorablemente las tarifas de referencia. Estimándose conveniente aceptar la propuesta del citado Ayuntamiento, por las razones anteriormente expuestas. Visto el art.º. 16 del Real Decreto-Ley 7/1996, de 7 de junio, y el y el R.D. 2.695/1977, de 28 de octubre, sobre normativa en materia de precios; el Real Decreto 2.226/1977, de 27 de agosto, sobre autorizaciones de aumento de tarifas de servicios de competencia local, y Orden Ministerial de 30 de septiembre de 1977, así como el Real Decreto 4.112/1982, de 29 de agosto, Decreto 77/ 1977, de 8 de octubre, Decreto 105/1988, de 1 de julio, de creación del Consejo Asesor Regional de Precios, y artículo 58.3 de la Ley 1/ 1988, de 7 de enero, del Presidente, del Consejo de Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, DISPONGO Autorizar las tarifas del servicio del agua potable solicitadas por el Ayuntamiento de Ulea en sesión del Pleno del día 13 de octubre de 1998, que son las siguientes: Pueblo: Mínimo de 0 a 15 m³ trimestre, a: 77,62 ptas. 1.er bloque de 16 a 40 m³ trimestre, a: 82,94 ptas. 2.º bloque de 41 a 75 m³ trimestre, a: 93,55 ptas. 3.er bloque de 76 m³ en adelante, a: 109,50 ptas. Campo: Mínimo de 0 a 15 m³ trimestre, a: 77,62 ptas. 1.er bloque de 16 a 40 m³ trimestre, a: 99,07 ptas. 2.º bloque de 41 m³ en adelante, a: 146,53 ptas. Mantenimiento de contador: Canon de mantenimiento contador. Único mensual: 47,80 ptas/contador Contra la presente Orden, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el ¿Boletín Oficial de la Región de Murcia¿, podrá interponerse recurso contenciosoadministrativo ante la correspondiente Sala del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses, a contar desde la publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Murcia a 10 de diciembre de 1998.¿El Consejero de Industria, Trabajo y Turismo, José Pablo Ruiz Abellán.