¿ O C ¿ Consejería de Industria, Trabajo y Turismo ¿ O F ¿ ¿ S U C ¿ 11229 Orden de 28 de julio de 1998, de la Consejería de Industria, Trabajo y Turismo, por la que se modifica la Orden de 20 de febrero reguladora de los Programas de Fomento del Empleo para 1998. ¿ S U F ¿ ¿ T X C ¿ La Orden de 20 de febrero de 1998, de la Consejería de Industria, Trabajo y Turismo, reguladora de los Programas de Fomento del Empleo para 1998, incluye el Programa 17: «Inserción laboral de drogodependientes en proceso de rehabilitación», estableciendo como plazo de presentación de solicitud de las ayudas contempladas en el mismo el de seis meses a partir de la entrada en vigor de dicha norma, hecho que se produjo el día 5 de marzo de 1998. El consideración al escaso número de peticiones hasta ahora presentadas y a fin de dar cumplimiento en este punto a los objetivos de la mencionada Orden, resulta oportuno la ampliación de dicho plazo hasta el día 31 de octubre del mismo año. En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Trabajo y en uso de las facultades que me confiere el apartado d) del artículo 49 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, del Presidente, del Consejo de Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. DISPONGO: Artículo único. Se amplía hasta el día 31 de octubre de 1998, el plazo de presentación de solicitudes para la obtención de las ayudas contempladas en el Programa 17: «Inserción laboral de drogodependientes en proceso de rehabilitación», incluido en la Orden de la Consejería de Industria, Trabajo y Turismo, de 20 de febrero de 1998, reguladora de los Programas de Fomento del Empleo para 1998. DISPOSICIÓN FINAL La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia». Murcia a 28 de julio de 1998.¿El Consejero de Industria, Trabajo y Turismo, José Pablo Ruiz Abellán.