¿ O C ¿ Consejería de Industria, Trabajo y Turismo ¿ O F ¿¿ S U C ¿ 10576 Orden de 17 de julio de 1998, de la Consejería de Industria, Trabajo y Turismo, por la que se autorizan nuevas tarifas del servicio de agua potable en Bullas. ¿ S U F ¿¿ T X C ¿ Examinado el expediente número 3C98PP0036, incoado a instancia de la Empresa UTE DYCAGUA-DRAGADOS S.A., y remitido por el Ayuntamiento de Bullas con fecha 7 de mayo de 1998, en solicitud de autorización de nuevas tarifas del servicio de agua potable; las tarifas vigentes fueron por Orden de esta Consejería de 13 de septiembre de 1996, dictada en virtud de las facultades otorgadas por el Decreto 105/1998, de 1 de julio, de creación del Consejo Asesor Regional de Precios. Se basa la petición en la necesidad de repercutir en la tarifa el incremento producido en los costes de explotación del servicio, calculado según una fórmula polinómica prevista de revisión en el contrato de concesión del servicio. El Ayuntamiento de Bullas, en sesión del Pleno del día 30 de enero de 1998, emite informe proponiendo el incremento de la tarifa en su conjunto, tanto para uso doméstico como para la zona rústica. Por los Servicios Técnicos de la Dirección General de Comercio, Consumo y Artesanía de la Consejería de Industria, Trabajo y Turismo, se ha emitido informe favorable a la modificación de tarifas propuestas por el citado Ayuntamiento, por estar justificada de acuerdo con los artículos 6 y 7 del Decreto 2.695/1977, de 28 de octubre, sobre medidas relativas a política de precios, y art. 16.2 del Real Decreto-Ley 7/1996, de 7 de junio, sobre medidas urgentes de carácter fiscal, fomento y liberalización de la actividad comercial. El Consejo Asesor Regional de Precios, en su reunión del día 16 de julio de 1998, ha informado, asimismo, favorablemente las tarifas de referencia. Estimándose conveniente aceptar la propuesta del citado Ayuntamiento, por las razones anteriormente expuestas. Visto el art. 16 del Real Decreto-Ley 7/1996, de 7 de junio, y el R.D. 2.695/1977, de 28 de octubre, sobre normativa en materia de precios; el R.D. 2.226/1977, de 27 de agosto, sobre autorizaciones de aumento de tarifas de servicios de competencia local, y Orden Ministerial de 30 de septiembre de 1977, así como el R.D. 4.112/1982, de 29 de agosto, Decreto 77/ 1977, de 8 de octubre, Decreto 105/1988, de 1 de julio, de creación del Consejo Asesor Regional de Precios, y art. 58.3 de la Ley 1/1988, de 7 de enero, del Presidente, del Consejo de Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. DISPONGO Autorizar las tarifas del servicio de agua potable solicitadas por el Ayuntamiento de Bullas en sesión del Pleno del día 30 de enero de 1998, que son las siguientes: * USO DOMÉSTICO ( ptas/ m³) ........................... 67,25 * ZONA RÚSTICA (ptas./m³) .............................. 94,87 * CUOTA DE SERVICIO (ptas./abon./trim.).......... 720 Contra la presente Orden, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el ¿Boletín Oficial de la Región de Murcia¿, podrá interponerse recurso contenciosoadministrativo ante la correspondiente Sala del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses, a contar desde la publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Murcia a 17 de julio de 1998.¿El Consejero de Industria, Trabajo y Turismo, José Pablo Ruiz Abellán.