¿ O C ¿ Consejería de Presidencia ¿ O F ¿ ¿ S U C ¿ 8236 Orden de 26 de mayo de 1998, de la Consejería de Presidencia, por la que se convocan subvenciones a las Organizaciones Sindicales con participación en los órganos de representación previstos en la Ley 9/1987, de 12 de junio, y se establecen las bases reguladoras para su concesión. ¿ S U F ¿ ¿ T X C ¿ Con la finalidad de fomentar la actividad de las Organizaciones Sindicales presentes en los Órganos de negociación regulados en la Ley 9/1987, de 12 de junio, sobre Órganos de Representación, Determinación de las condiciones de trabajo y Participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas, y en cumplimiento de los acuerdos adoptados por la Administración Regional con las Organizaciones Sindicales, la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 1998, prevé una consignación presupuestaria en la partida 11.03.121B.485 para tal fin. Para garantizar un equilibrado apoyo instrumental, la distribución de este crédito se efectuará en proporción a la representatividad obtenida en las últimas elecciones sindicales celebradas en el ámbito de la Administración Pública de la Región de Murcia, en marzo de 1995. Por lo expuesto, de conformidad con lo acordado por la Mesa General de Negociación se destinarán a financiar la actividad de las Organizaciones Sindicales un importe de 12.000.000.- de pesetas. En su virtud y en uso de las competencias atribuidas a esta Consejería por el artículo 51.5 de la Ley 3/1990, de 5 de abril, de Hacienda de la Región de Murcia, DISPONGO: Primero.- Convocar subvenciones para la financiación de actividades relacionadas con la organización y funcionamiento de las Organizaciones Sindicales, representadas en la Mesa General de Negociación sobre las Condiciones de Trabajo del personal al servicio de la Administración Pública de la Región de Murcia, y para la financiación de otras actividades desarrolladas por las mismas, por importe de 12.000.000 de pesetas, con cargo a la partida presupuestaria 11.03.121B.485. Segundo.- Aprobar las bases reguladoras por las que han de regirse su concesión, que se insertan como Anexo I de esta Orden, así como los modelos que figuran como Anexo II. Tercero.- Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia», ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia. Su interposición requerirá comunicación previa al Consejero de Presidencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Cuarto.- La presente Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia». Murcia, 26 de mayo de 1998.¿El Consejero de Presidencia, Juan Antonio Megías García. ANEXO I BASES Primera.- Objeto Las subvenciones convocadas se destinarán a financiar las siguientes actividades: 1.- Actividades relacionadas con la organización y funcionamiento de las Organizaciones Sindicales en ejercicio de las funciones que legalmente les están atribuidas exclusivamente dentro del ámbito de la Administración Pública Regional. 2.- Otras Actividades, no formativas, realizadas por las Organizaciones Sindicales que se orientarán básicamente a los siguientes objetivos: a) Actividades relacionadas con la Prevención de Riesgos Laborales. b) Actividades de tiempo libre destinadas a los Empleados Públicos. c) Cualquier otra actividad que redunde en beneficio de los empleados públicos. Segunda.- Requisitos de los solicitantes Podrán solicitar estas subvenciones, las Organizaciones Sindicales representadas en la Mesa General de Negociación sobre las Condiciones de Trabajo del personal al servicio de la Administración Pública de la Región de Murcia. Tercera.- Cuantía 1.- El 60% del total del crédito disponible se destinará a financiar las actividades previstas en el apartado 1 de la Base primera, y el 40% restante se destinará a financiar las actividades previstas en el apartado 2 de la citada Base. 2.- La cuantía máxima de las subvenciones que pueden concederse a cada una de las Organizaciones Sindicales solicitantes, resultará de la distribución proporcional del crédito disponible para cada una de las actividades en función de la representatividad que ostentan en la Mesa General de Negociación, derivada de los resultados obtenidos en las Elecciones Sindicales celebradas en la Administración Regional en marzo de 1995. Cuarta.- Solicitudes y documentación. 1.-Para optar a las presentes subvenciones, se establecen los siguientes plazos: a) Actividades indicadas en el apartado 1 de la base primera. Un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia». b) Actividades incluidas en el apartado 2 de la base primera. Se podrán solicitar hasta el día 15 de septiembre de ¿CPI¿¿PC¿ Página 6140 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Viernes, 12 de junio de 1998 ¿FF ¿ NC ¿ Número 133 ¿NF¿¿ CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ 1998, concediéndose a medida que se propongan las actividades. 2.- Las Organizaciones Sindicales deberán presentar instancia normalizada, que se adjunta como anexo II a la presente Orden, a nombre de la candidatura mediante la cual obtuvieron representantes en las elecciones a Órganos de Representación del personal de esta Administración en el año 1995, dirigida al Consejero de Presidencia, y a la que se acompañará la siguiente documentación: a) Fotocopia compulsada de la tarjeta de persona jurídica con el número de identificación fiscal del sindicato, federación, confederación o coalición. b) Memoria de Organización y funcionamiento con presupuesto de ingresos y gastos para la que se solicita la subvención de acuerdo con el modelo que se adjunta en el anexo II. c) Documentación acreditativa de hallarse la Organización solicitante al corriente de las obligaciones frente a la Seguridad Social. d) Documentación que acredite la capacidad legal para representar y solicitar la subvención en nombre del sindicato. Se acompañará la fotocopia compulsada del DNI del representante o representantes. 3.- Para optar a la subvención del apartado 2 de la Base primera, los solicitantes deberán acompañar, además de la documentación indicada en el punto anterior salvo que obren en poder de la Administración, una Memoria explicativa de cada actividad que se pretenda desarrollar de acuerdo con la ficha que se adjunta en Anexo II, reflejando los siguientes aspectos: - Denominación de la actividad. - Descripción. - Objetivos que se pretenden alcanzar. - Programa y calendario de la actividad. - Destinatarios y criterios de selección, en su caso, no siendo criterio preferente o excluyente el estar afiliado a ninguna Organización Sindical. - Publicidad que se dará a la actividad. - Presupuesto detallado de gastos. 4.- En cualquier caso los gastos para los que se solicita la subvención estarán referidos al ejercicio 1998. 5.- Será requisito imprescindible para el pago de las subvenciones concedidas que conste acreditada la justificación o reintegro, en su caso, de las subvenciones o ayudas percibidas por los beneficiarios en el ejercicio anterior con cargo a los programas presupuestarios de la Dirección General de la Función Pública y de la Inspección de Servicios. 6.- Los solicitantes deberán estar al corriente de sus obligaciones fiscales con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. 7.- Toda la documentación deberá presentarse en original o en fotocopia compulsada o adverada por notario. Quinta.- Tramitación 1.- El órgano competente para la instrucción del expediente y formulación de propuesta de resolución será la Dirección General de la Función Pública y de la Inspección de Servicios. 2.- Previamente a la realización de la propuesta de concesión se solicitará, de oficio, informe de la Consejería de Economía y Hacienda sobre la situación de los solicitantes respecto del cumplimiento de sus obligaciones fiscales con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. 3.- Las subvenciones serán concedidas por la Consejería de Presidencia, notificándose a las Organizaciones solicitantes el alcance y cuantía de la subvención o, en su caso, los motivos de la desestimación. 4.- Transcurrido el plazo máximo de seis meses para resolver el procedimiento sin que haya recaído resolución expresa, se entenderá que es desestimatoria de la concesión de la subvención. Sexta.- Obligaciones de los beneficiarios 1.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 51.3 de la Ley 3/1990, de 5 de abril, de Hacienda de la Región de Murcia, los beneficiarios de las subvenciones estarán obligados a: a) Realizar la actividad para la que se le concede la subvención, sin que puedan destinarse los fondos asignados a fines distintos a los que motivaron su concesión. b) Acreditar ante la Dirección General de la Función Pública y de la Inspección de Servicios la realización de la actividad, así como el cumplimiento de los requisitos exigidos para la concesión o disfrute de las subvenciones, aportando los correspondientes justificantes. c) Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por la Dirección General de la Función Pública y de la Inspección de Servicios, a las de control financiero que correspondan a la Intervención General de la Administración Regional, y a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas, facilitando, en su caso, el acceso a los locales e instalaciones donde debe realizarse la inspección o control a las personas encargadas de ello. d) Comunicar a la Dirección General de la Función Pública y de la Inspección de Servicios la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración o Ente Público nacional o internacional. e) Informar a la Dirección General de la Función Pública y de la Inspección de Servicios, del desarrollo e incidencias de las actividades cuando fuera requerido al efecto, cuya ejecución deberá ajustarse, en todo caso, a los contenidos, métodos y plazos indicados en la solicitud. f) Facilitar a la Dirección General de la Función Pública y de la Inspección de Servicios cuantos datos y documentos le sean solicitados sobre las actividades financiadas, una vez finalizadas éstas, al objeto de permitir la adecuada verificación de su desarrollo, uso de la financiación concedida, y evaluación de los resultados obtenidos. 2.- La Organización Sindical beneficiaria asumirá directa y personalmente las responsabilidades de toda índole que pudieran derivarse de cualquier vulneración de la normativa vigente en el desarrollo de las actividades subvencionadas. 3.- En toda la publicidad de las actividades contenidas en el apartado 2 de la base primera, se hará constar la financiación de la Consejería de Presidencia: Dirección General de la Función Pública y de la Inspección de Servicios. Séptima.- Abono y justificación 1.- El abono de las cantidades correspondientes en concepto de subvención se efectuará de forma anticipada ¿CPI¿¿NC¿ Número 133 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Viernes, 12 de junio de 1998 ¿FF¿¿PC¿ Página 6141 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ mediante transferencia a la cuenta bancaria indicada por la organización sindical beneficiaria. 2.- Justificación: Antes del 31 de enero de 1999, las Organizaciones Sindicales beneficiarias deberán justificar el destino concreto de las cantidades percibidas de acuerdo con los siguientes requisitos: a) Deberá ajustarse la finalidad de la subvención concedida mediante la elaboración de una Memoria explicativa de la actividades y los gastos realizados. b) Se adjuntarán a la memoria citada los originales de facturas, recibos y demás documentos justificativos, de acuerdo con el modelo que se adjunta en el anexo II. c) Las facturas relativas a folletos, revistas, etc., deberán adjuntar un ejemplar del material impreso. d) No se admitirán como justificantes las facturas de comidas. No obstante lo anterior, podrán admitirse los gastos de transporte y manutención de los representantes de las Juntas de Personal, Comité de Empresa y Delegados de Prevención, en las mismas condiciones, requisitos y cuantías que las establecidas para los empleados públicos, según lo dispuesto en el Decreto Regional 24/1997, de 25 de abril, (BORM de 6-5- 97), adjuntando las facturas originales correspondientes. 3.- En el supuesto de Organizaciones Sindicales que hubiesen concurrido a las elecciones sindicales y obtenido representación a través de confederaciones o coaliciones, se podrán admitir como justificantes, solamente en el supuesto del apartado 1 de la base primera, los gastos de organización y funcionamiento de cada una de las Organizaciones Sindicales que compongan dicha coalición. En tal caso, junto con la documentación que se indica en el apartado 2 de la base cuarta, deberá aportarse fotocopia compulsada de las tarjetas de persona jurídica con el número de identificación fiscal de los sindicatos que componen la coalición. Octava.- Modificación Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales o internacionales, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión. El importe de las subvenciones reguladas en la presente Orden, en ningún caso, podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras Administraciones Públicas, o de otros Entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario. Novena.- Reintegro Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora, desde el momento del pago de la subvención, en los casos y en la forma previstos en el artículo 51.8 de la Ley 3/1990, de 5 de abril. Décima.- Responsabilidad y régimen sancionador Los beneficiarios de las subvenciones que se convocan en la presente Orden quedan sometidos al cumplimiento de los requisitos, responsabilidades y régimen sancionador previstos en los artículos 51 y 51.bis de la Ley 3/1990, de 5 de abril. A N E X O II MODELOS 1.¿Modelo de solicitud 2.¿Modelo de Presupuesto para Organización y Funcionamiento. 3.¿Modelo de ficha de actividad. 4.¿Modelo de Memoria justificativa. 5.¿Modelo de cuenta justificativa. 2.- MODELO DE PRESUPUESTO PARA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO TIPOS DE GASTOS SUBVENCIÓN QUE SOLICITA REPARACIONES, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN MATERIAL DE OFICINA COMUNICACIONES POSTALES / MENSAJERÍA COMUNICACIONES TELEFÓNICAS TRANSPORTE (PÚBLICO) PUBLICACIONES, LIBROS, CARTELERÍA, ETC. TRANSPORTE DELEGADOS DE PREVENCIÓN (ACOMPAÑANDO A LOS TÉCNICOS DE LA ADMINISTRACIÓN) OTROS (INDICAR) TOTAL: ¿CPI¿¿PC¿ Página 6142 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Viernes, 12 de junio de 1998 ¿FF ¿ NC ¿ Número 133 ¿NF¿¿ CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ 3.- FICHA DE LA ACTIVIDAD PARA LA QUE SE SOLICITA SUBVENCIÓN 1.- DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD: _____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________________________ 2.- ORGANIZACIÓN SINDICAL PROPONENTE: __________________________________________________ 3.- PERSONA RESPONSABLE DENTRO DE LA ORGANIZACIÓN SINDICAL DE SU ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO D./Dª.:__________________________________________________________________________________ CARGO QUE OCUPA EN LA ORGANIZACIÓN SINDICAL ___________________________________________ 4.- DATOS DE LA ACTIVIDAD: 4.1. Denominación: 4.2. Objetivos y Resultados previstos: 4.4. Programa y Calendario: 4.5. Destinatarios: 4.6. Publicidad que se dará a la actividad: 4.7. Criterios de selección (en su caso): 4.13. Presupuesto detallado de gastos (debidamente desglosado en conceptos): ¿CPI¿¿NC¿ Número 133 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Viernes, 12 de junio de 1998 ¿FF¿¿PC¿ Página 6143 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ 4.- MODELO MEMORIA JUSTIFICATIVA DE LA SUBVENCIÓN NOMBRE DE LA ORGANIZACIÓN SINDICAL: _____________________________________________________ DIRECCIÓN: ______________________________________________________________________________ MUNICIPIO: _________________________________________ C.POSTAL: ____________________________ TELÉFONO/S: _______________________________ C.I.F.: _________________________ DENOMINACIÓN DE LA ACTIVIDAD:____________________________________________________________ CONTENIDO DE LA MEMORIA 1.- Explicación del desarrollo de la actividad, con exposición de la metodología empleada. 2.- Publicidad. 3.- Lugar/es y fecha/s de realización. 4.- Número de destinatarios. 5.- Número de admitidos y criterios de selección utilizados. 6.- Instalaciones y material utilizados en el desarrollo de la acción. 7.- Entidades que han colaborado en su realización. 8.- Observaciones: Adjuntar cualquier documentación que a juicio del beneficiario de la subvención justifique el cumplimiento de la actividad subvencionada. 9.- Documentación: Un ejemplar de toda la documentación que acredite la realización de la actividad; carteles, trípticos, revistas, libros, temarios, publicaciones, etc. ¿CPI¿¿PC¿ Página 6144 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Viernes, 12 de junio de 1998 ¿FF ¿ NC ¿ Número 133 ¿NF¿¿ CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ 5.- MODELO DE CUENTA JUSTIFICATIVA. NOMBRE DE LA ORGANIZACIÓN BENEFICIARIA: _______________________________________________________________________________________ DENOMINACIÓN DE LA ACTIVIDAD: ___________________________________________________________ ________________________________________________________________________________________ IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN DE LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA: ______________________________ _______________________________________PTS. APORTACIÓN DE RECURSOS PROPIOS:_______________________PTS. OTRAS APORTACIONES: _____________________________________PTS. RELACIÓN DE JUSTIFICANTES N.º N.º FACTURA FECHA NOMBRE Y CIF PERCEPTOR CONCEPTO IMPORTE 1 2 3 4 5 6 7 8 D. _____________________________________________con NIF _____________________, en calidad de representante de la Organización Sindical _________________________ CERTIFICO Que esta entidad ha recibido de la Consejería de Presidencia, subvención por importe de _______________, para la siguiente actividad: __________________________________________________________________ Que dicha subvención se ha destinado a las actividades para las que se concedió, las cuales se han realizado en los mismos términos de dicha concesión. Que los justificantes que en Anexo se relacionan corresponden a los gastos efectuados para la realización de los mismos. Y para que conste a efectos de justificación de la subvención ante la Dirección General de la Función Pública y de la Inspección de Servicios, firmo el presente en ___________________, a ____ de _____________ de 199___ EL REPRESENTANTE Fdo.: _________________________ ¿CPI¿¿NC¿ Número 133 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Viernes, 12 de junio de 1998 ¿FF¿¿PC¿ Página 6145 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿