‡ S U C ‡ 3887 Orden de 17 de marzo de 1998 por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes de las ayudas a los productores de determinados cultivos herbáceos en la campaña de comercialización 1998/ 99 (cosecha 98) y de las primas en beneficio de los productores de carne de ovino y caprino, de los productores de carne de vacuno y de los que mantengan vacas nodrizas para el año 1998. ‡ S U F ‡‡ T X C ‡ La Orden de 26 de diciembre de 1997, de esta Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Agua, por la que se regula el procedimiento para la solicitud de ayudas a los productores de determinados cultivos herbáceos, en la campaña de comercialización 1998/99 (Cosecha 98) y de las primas en beneficio de los productores de carne de ovino y caprino, de los productores de carne de vacuno y de los que mantenga vacas nodrizas para el año 1998, dispone en el apartado cuarto, punto 1, que el plazo para la presentación de las solicitudes de ayuda se establece entre el 2 de enero y el 13 de marzo de 1998. La Orden de 10 de noviembre de 1997 de esta Consejería, por la que se instrumentan las ayudas al fomento de la agricultura extensiva, estipula en su apartado quinto, punto 2, párrafo segundo que: “El plazo de presentación de solicitudes para el año 1998 y sucesivos, coincidirá con las fechas de presentación de solicitudes de Superficies del mismo año”. Vista la Orden del M.A.P.A de 9 de marzo de 1998 por la que se prorroga el plazo de presentación de las solicitudes de ayuda reguladas en la Orden de 27 de noviembre de 1997, así como lo expuesto anteriormente, a propuesta del Director General de Producción Agraria y de la Pesca, he tenido a bien. DISPONER Primero.- El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda, fijado en el apartado cuarto, punto 1, de la citada Orden ‡CPI‡‡NC‡ Número 65 ‡ N F ‡ ‡ F C ‡ Viernes, 20 de marzo de 1998 ‡FF‡‡PC‡ Página 2691 ‡PF‡‡CPF‡ ‡NIC‡ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ‡NIF‡ de 26 de diciembre de 1997, de esta Consejería, se amplía hasta el día 23 de marzo de 1998. El plazo de presentación de solicitudes de ayuda al fomento de la agricultura extensiva queda ampliado hasta esa misma fecha. Segundo.- La presente disposición entrará en vigor el mismo día de su publicación en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia”. Murcia a 17 de marzo de 1998.—El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Agua, Eduardo Sánchez-Almohalla Serrano.