Consejo de Gobierno 16763 Decreto n.º 283/2006, de 15 de diciembre, por el que se aprueba el escudo y bandera del municipio de Albudeite. El Ayuntamiento de Albudeite solicita de esta Comunidad Autónoma la aprobación del Escudo y la Bandera Municipal adoptados por acuerdo del Pleno Corporativo, en su sesión ordinaria celebrada el 8 de julio de 2005, al amparo de lo previsto en el artículo 22.2 b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el artículo 20 de la Ley 6/1988, de 25 de agosto, de Régimen Local de la Región de Murcia. En el Escudo Municipal destacan los siguientes componentes: - Dos lobos de sable: símbolo de las armas heráldicas de Don Pedro López de Ayala y sus descendientes, dada la importancia que tuvieron para la consolidación e independencia del lugar. - Castillo: existente durante la Edad Media y principios de la Era Moderna, de decisiva intervención. Es castillo ¿de gules, sobre campo de oro¿, símbolos, respectivamente, del esfuerzo histórico de sus habitantes para sobrevivir en un medio tan hostil y árido, y de los limones, riqueza principal de sus heredados. El Escudo está timbrado con Corona de Marqués, en recuerdo del marquesado de Albudeite, concedido por Felipe V el 31 de agosto de 1711. En la Bandera Municipal figuran, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 20.2 de la Ley 6/1988, de 25 de agosto, de Régimen Local de la Región de Murcia, los elementos esenciales del escudo: dos lobos y castillo. El Expediente se ha instruido por la Dirección General de Administración Local conforme a lo dispuesto en los artículos 18 y 20 de la Ley 6/1988, de 25 de agosto, de Régimen Local de la Región de Murcia, y los artículos 186 y 187 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, figurando en el mismo el preceptivo Informe de la Real Academia Alfonso X el Sabio de Murcia. En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día de 15 de diciembre de 2006, conforme a lo previsto en el artículo 22.36 de la Ley 6/2004 del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia Dispongo Artículo 1.- Aprobar el Escudo Municipal de Albudeite, cuyo dibujo figura como Anexo I, con la descripción siguiente, de acuerdo con el expediente tramitado: ¿Escudo de forma española. Partido. 1.º. De plata, dos lobos, de color negro, de sable, puestos en palo; bordura de azur con ocho aspas de oro. 2.º. De oro un castillo, de gules aclarado de plata. Timbrado con corona de Marqués, es decir, de oro, enriquecida de pedrería y realzada de cuatro florones, intercalados entre cuatro grupos de tres perlas, puesta sobre pequeñas puntas¿. Artículo 2.- Aprobar la Bandera Municipal de Albudeite, cuyo dibujo figura como Anexo II, con la descripción siguiente, de acuerdo con el expediente tramitado: ¿Superficie de dimensión 2.3, de color amarillo limonado, y en su centro, ocupado 2/4 de altura, un castillo medieval, en color rojo, con puertas y ventanas de blanco; acompañado de dos lobos, de color negro, en posición contraria¿. Disposición Final Única.- Entrada en vigor. El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Dado en Murcia a 15 de diciembre de 2006.¿El Presidente, Ramón Luis Valcárcel Siso.¿El Consejero de la Presidencia, Fernando de la Cierva Carrasco. OJO PDF Anexo II