¿OC¿ Consejería de Hacienda ¿OF¿¿SUC¿ 4882 Decreto número 36/2004, de 16 de abril, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio de 2004 para funcionarios de cuerpos docentes de enseñanza no universitaria en la Administración Pública de la Región de Murcia. ¿SUF¿¿TXC¿ El Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia, aprobado por Decreto legislativo 1/2001, de 26 de enero («Boletín Oficial de la Región de Murcia» de 12 de abril), contiene los criterios, directrices y características que deben enmarcar la Oferta de Empleo Público Regional, entendida ésta, dentro de la planificación integral de los recursos humanos, como un instrumento idóneo para la normalización de los procedimientos de selección de personal, cuando los mecanismos internos de cobertura de necesidades son insuficientes. El Real Decreto 938/1999, de 4 de junio de 1999 («Boletín Oficial del Estado» de 30 de junio), traspasa las funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en materia de enseñanza no universitaria y mediante Decreto 52/1999, de 2 de julio de 1999 («Boletín Oficial de la Región de Murcia» de 2 de julio), se aceptan dichas competencias y se atribuyen a la Consejería de Educación y Cultura. En los últimos años en el ámbito de esta Administración Pública Regional, la Consejería de Educación y Cultura está llevando a cabo un considerable esfuerzo tendente a favorecer tanto la estabilidad del empleo público como la incorporación de nuevo personal, para lo cual se están adoptando una serie de medidas que van permitiendo a los ciudadanos el acceso a la Función Pública docente. Se hace necesario seguir avanzando en esta línea, lo cual justifica la aprobación de este Decreto, dentro del marco legal vigente, constituido tanto por la normativa regional como por la estatal básica, pretendiéndose conjugar por un lado el adecuado equilibrio presupuestario con la consiguiente contención del gasto público y la necesidad de ir sustituyendo en la función pública docente la interinidad en el empleo público por una situación de estabilidad. Igualmente, no se debe olvidar que en el sector educativo, la Administración Regional como ente prestador de servicios, debe de atender, tanto cualitativa como cuantitativamente, las demandas cada vez mayores de los ciudadanos de la Región, y esa exigencia obliga a la incorporación de nuevo personal. Con fecha 18 de diciembre de 2003 se suscribió entre la Consejería de Educación y Cultura y las Organizaciones Sindicales ANPE, CC.OO., STERM, CSI-CSIF y FETE-UGT, un Acuerdo para la provisión de puestos de trabajo docentes en régimen de interinidad en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Dicho Acuerdo, en sintonía con las recomendaciones efectuadas en los informes del Defensor del Pueblo, dispone que, la Consejería de Educación y Cultura, se compromete a efectuar durante el periodo de vigencia del referido Acuerdo, convocatorias de Oferta de Empleo Público docente que mantengan el índice de profesorado interino en un porcentaje inferior al 7 % de la plantilla, siempre dentro del necesario cumplimiento de lo que, en su caso, establezca la legislación básica del Estado en ejercicio de su competencia para establecer las bases y la coordinación de la planificación general de la actividad económica. Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia, a iniciativa de la Consejería de Educación y Cultura, a propuesta de la Consejera de Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 16 de abril de 2004, Dispongo: Artículo 1. Aprobación de oferta de empleo En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia, cuyo texto refundido fue aprobado por Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de enero, se aprueba la Oferta de Empleo Público, correspondiente al ejercicio 2004, de personal docente de enseñanza no universitaria en la Administración Pública de la Región de Murcia en los términos que se establecen en este Decreto. Artículo 2. Determinación de plazas En la Oferta de Empleo Público se incluyen aquellas plazas vacantes cuya cobertura, mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso, se considera imprescindible para el funcionamiento de los servicios. Las plazas del personal docente no universitario necesarias para cubrir las necesidades del sistema educativo, son las que a continuación se expresan, apareciendo detalladas por especialidades en el anexo. NÚMERO DE PLAZAS CUERPO CONVOCADAS PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA 468 PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL 87 PROFESORES DE ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS 14 CATEDRÁTICOS DE MÚSICA Y ARTES ESCÉNICAS 32 PROFESORES DE MÚSICA Y ARTES ESCÉNICAS 34 PROFESORES DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO 7 INSPECTORES DE EDUCACIÓN 13 TOTAL PLAZAS CONVOCADAS 655 Artículo 3. Prohibición de supresión de plazas Toda plaza incluida en la Oferta de Empleo Público, no podrá ser suprimida o modificada hasta que se resuelvan las correspondientes convocatorias. Artículo 4. Turno de minusvalía De acuerdo con lo establecido en la Ley 13/1982 de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos, en las pruebas selectivas, incluidas las correspondientes a la promoción interna, serán admitidas las personas con minusvalía en igualdad de condiciones con los demás aspirantes. Las convocatorias para la provisión de plazas de Empleo Público no establecerán exclusiones por limitaciones psíquicas o físicas, salvo en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes. En las convocatorias se indicará expresamente la posibilidad de solicitar las adaptaciones oportunas de tiempo y medios por parte de las personas con minusvalía, con declaración expresa de los interesados de reunir las condiciones exigidas al respecto, que se acreditarán, en su caso, mediante informes vinculantes expedidos por los órganos técnicos competentes de las Administraciones Públicas, que deberá ser emitido con anterioridad al inicio de las pruebas selectivas. En cumplimiento de lo previsto en la disposición adicional primera de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia, y el artículo único de la Ley 53/2003, de 10 de diciembre, sobre empleo público de discapacitados (BOE de 11 de diciembre) se reserva en esta Oferta de Empleo Público un cupo no inferior al 5 por ciento de las plazas vacantes, para aquellas personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100, siempre que se den las condiciones y se cumplan los requisitos a que se refiere la citada disposición adicional de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia. Artículo 5. Sistema de acceso y normativa aplicable De conformidad con lo establecido en el apartado 1 de la disposición adicional undécima de la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, el sistema de ingreso en la Función Pública docente será el concurso-oposición, siendo de aplicación la normativa específica en vigor. Disposición adicional primera. La Consejería de Educación y Cultura llevará a cabo las convocatorias para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios docentes de dicha Consejería, de acuerdo con la normativa de aplicación. Disposición adicional segunda. Con objeto de facilitar la información sobre los procesos selectivos, se encuentra a disposición de los ciudadanos en la red Internet la página web con la siguiente dirección: www.carm.es/RRHH/ofertaempleo. Disposición final primera. Se faculta a la Consejera de Hacienda y al Consejero de Educación y Cultura para que adopten las medidas necesarias en aplicación, desarrollo y ejecución de este Decreto. Disposición final segunda. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Murcia, 16 de abril de 2004.¿El Presidente, Ramón Luis Valcárcel Siso.¿La Consejera de Hacienda, Inmaculada García Martínez. ANEXO CUERPO DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA NÚMERO DE FUNCIÓN ESPECIALIDAD PLAZAS TOTALES 0590001 FILOSOFÍA 5 0590002 GRIEGO 2 0590003 LATÍN 4 0590004 LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA 98 0590005 GEOGRAFÍA E HISTORIA 68 0590006 MATEMÁTICAS 40 0590008 BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA 15 0590009 DIBUJO 14 0590010 FRANCÉS 10 0590011 INGLÉS 64 0590016 MÚSICA 8 0590017 EDUCACIÓN FÍSICA 32 0590018 PSICOLOGÍA Y PEDAGOGÍA 22 0590019 TECNOLOGÍA 32 0590061 ECONOMÍA 8 0590101 ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS 2 0590102 ANÁLISIS Y QUÍMICA INDUSTRIAL 1 0590104 CONSTRUCCIONES CIVILES Y EDIFICACIÓN 2 0590105 FORMACIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL 7 0590107 INFORMÁTICA 14 0590108 INTERVENCIÓN SOCIOCOMUNITARIA 2 0590110 ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN COMERCIAL 2 0590111 ORGANIZACIÓN Y PROCESOS DE MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS 3 0590112 ORGANIZACIÓN Y PROYECTOS DE FABRICACIÓN MECÁNICA 3 0590113 ORGANIZACIÓN Y PROYECTOS DE SISTEMAS ENERGÉTICOS 1 0590115 PROCESOS DE PRODUCCIÓN AGRARIA 3 0590119 PROCESOS Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN 1 0590123 PROCESOS Y PRODUCTOS EN MADERA Y MUEBLE 1 0590124 SISTEMAS ELECTRÓNICOS 4 TOTAL 468 CUERPO DE PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL NÚMERO DE FUNCIÓN ESPECIALIDAD PLAZAS TOTALES 0591201 COCINA Y PASTELERÍA 3 0591202 EQUIPOS ELECTRÓNICOS 10 0591205 INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS TÉRMICOS Y DE FLUIDOS 2 0591206 INSTALACIONES ELECTROTÉCNICAS 5 0591209 MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS 12 0591211 MECANIZADO Y MANTENIMIENTO DE MÁQUINAS 5 0591215 OPERACIONES DE PROCESOS 1 0591216 OPERACIONES Y EQUIPOS DE PRODUCCIÓN AGRARIA 2 0591219 PROCEDIMIENTOS DE DIAGNÓSTICO CLÍNICO Y ORTOPROTÉSICO 2 0591221 PROCESOS COMERCIALES 8 0591222 PROCESOS DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA 10 0591225 SERVICIOS A LA COMUNIDAD 11 0591227 SISTEMAS Y APLICACIONES INFORMÁTICAS 13 0591228 SOLDADURA 2 0591229 TÉCNICAS Y PROCEDIMIENTOS DE IMAGEN Y SONIDO 1 TOTAL 87 CUERPO DE PROFESORES DE ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS NÚMERO DE FUNCIÓN ESPECIALIDAD PLAZAS TOTALES 0592001 ALEMÁN 1 0592002 ÁRABE 1 0592008 FRANCÉS 3 0592011 INGLÉS 9 TOTAL 144 CUERPO DE CATEDRÁTICOS DE MÚSICA Y ARTES ESCÉNICAS NÚMERO DE FUNCIÓN ESPECIALIDAD PLAZAS TOTALES 0593002 ARMONIA Y MELODÍA ACOMPAÑADA 4 0593010 COMPOSICIÓN E INSTRUMENTACIÓN 2 0593015 CONTRAPUNTO Y FUGA 3 0593021 DIRECCIÓN DE COROS Y CONJUNTO CORAL 1 0593023 DIRECCIÓN DE ORQUESTA Y CONJUNTO INSTRUMENTAL 1 0593024 DRAMATURGIA 1 0593028 ESTÉTICA E HISTORIA DE LA MÚSICA DE LA CULTURA Y DEL ARTE 1 0593031 FLAUTA DE PICO 1 0593032 FLAUTA DE TRAVESERA 1 0593043 INTERPRETACIÓN 1 0593050 MÚSICA DE CÁMARA 3 0593051 MUSICOLOGÍA 1 0593055 ORTOFONÍA Y DICCIÓN 1 0593058 PERCUSIÓN 1 0593059 PIANO 4 0593060 PIANO APLICADO 2 0593066 SAXOFÓN 1 0593072 TROMBÓN 1 0593075 TROMPETA 1 0593090 GUITARRA FLAMENCA 1 TOTAL 32 CUERPO DE PROFESORES DE MÚSICA Y ARTES ESCÉNICAS NÚMERO DE FUNCIÓN ESPECIALIDAD PLAZAS TOTALES 0594403 CANTO 1 0594412 FUNDAMENTOS DE COMPOSICIÓN 1 0594418 INSTRUMENTOS DE PUA 1 0594421 ORQUESTA 2 0594422 PERCUSIÓN 1 0594423 PIANO 10 0594429 TUBA 1 0594431 VIOLA 3 0594433 VIOLÍN 2 0594435 DANZA ESPAÑOLA 1 0594436 DANZA CLÁSICA 4 0594437 DANZA CONTEMPORÁNEA 2 0594438 FLAMENCO 1 0594443 DANZA APLICADA AL ARTE DRAMÁTICO 1 0594444 DICCIÓN Y EXPRESIÓN ORAL 1 0594451 INTERPRETACIÓN 2 TOTAL 34 CUERPO DE PROFESORES DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO NÚMERO DE FUNCIÓN ESPECIALIDAD PLAZAS TOTALES 0595512 DISEÑO GRÁFICO 2 0595515 FOTOGRAFÍA 1 0595521 MEDIOS AUDIOVISUALES 1 0595522 MEDIOS INFORMÁTICOS 2 0595523 ORGANIZACIÓN INDUSTRIAL Y LEGISLACIÓN 1 TOTAL 7 NÚMERO DE FUNCIÓN ESPECIALIDAD PLAZAS TOTALES 0590600 CUERPO DE INSPECTORES DE EDUCACIÓN 13 ¿TXF¿ ¿¿