¿OC¿ Consejería de Economía y Hacienda ¿OF¿¿SUC¿ 8573 Decreto n.º 58/2001, de 27 de julio, por el que se acepta la cesión gratuita, a favor de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de la propiedad de un solar en c/ Gaspar de la Peña de Murcia, efectuada por el Ayuntamiento de esta capital. ¿SUF¿¿TXC¿ El Excmo. Ayuntamiento Pleno de Murcia, en sesión celebrada el día 25 de enero de 2001, adoptó el acuerdo de ceder gratuitamente a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia la propiedad de un solar de 935 M2 sito en la calle Gaspar de la Peña de esta Capital, con destino a la construcción de la sede del Consejo Económico y Social de la Región de Murcia. La propiedad de dicho inmueble revirtió a favor del Ayuntamiento de Murcia por acuerdo plenario de fecha 28 de septiembre de 2000. Vistos los arts. 109 y ss. del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (Real Decreto 1.372/86, de 13 de junio) y el art. 46.1 de la Ley 3/92, de 30 de julio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Visto el expediente instruido al efecto por la Dirección General de Patrimonio, los informes emitidos al respecto, y a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 27 de julio de 2001. D I S P O N G O PRIMERO. Aceptar la cesión gratuita efectuada por el Excmo. Ayuntamiento de Murcia de la propiedad del solar, cuya descripción es la siguiente: PARCELA de equipamientos situada en término municipal de Murcia, Paseo del Malecón, en calle Alcalde Gaspar del Peña, Barrio de San Pedro, de 935 M2 de superficie, que linda: Norte, resto de la matriz en porción destinada a calle; Este, resto de la matriz; Sur Río Segura; y Oeste, Hermanos Ponce.» Valor: Veintitrés millones trescientas setenta y cinco mil pesetas (23.375.000 ptas.), equivalentes a ciento cuarenta mil cuatrocientos ochenta y seis euros y cincuenta y ocho céntimos (140.486,58 euros). Inscripción: Figura bajo el número de la finca 18.749, en el Registro de la Propiedad de Murcia N.º 4, en el Libro 275 de la Sección 11, al Folio 123, su la inscripción. La referida finca se encuentra libre de cargas y gravámenes, según certificación del Registro de la Propiedad. SEGUNDO. El citado inmueble se acepta para destinarlo a la construcción de la sede del Consejo Económico y Social de la Región de Murcia. La finca cedida deberá ser destinada al uso señalado en el plazo máximo de cinco años. Dicho destino deberá mantenerse durante, al menos, los treinta años siguientes. El incumplimiento de cualquiera de los plazos establecidos en los apartados anteriores dará lugar a la reversión de pleno derecho de la finca cedida al patrimonio de la citada Corporación, con todas sus pertenencias y accesiones, y sin derecho a indemnización alguna. TERCERO. Que se inscriba el inmueble cedido a favor de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en el Registro de la Propiedad correspondiente. CUARTO. Facultar a la Directora General de Patrimonio para la realización de cuantos actos sean necesarios para a la ejecución material de la aceptación del citado inmueble, incluida la formalización de la correspondiente escritura pública de cesión. QUINTO. Que se dé de alta el nuevo bien en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Dado en Murcia a 27 de julio de dos mil uno.¿El Presidente en Funciones, Antonio Gómez Fayrén.¿El Consejero de Economía y Hacienda en Funciones, José Ramón Bustillo NaviaOsorio. ¿TXF¿ ¿¿