¿ O C ¿ Consejería de Presidencia ¿ O F ¿ S U C ¿ 8687 Decreto número 37, de 26 de mayo, por el que se aprueba la creación de la bandera del municipio de Puerto Lumbreras. ¿ S U F ¿ T X C ¿ El Ayuntamiento de Puerto Lumbreras solicita de esta Comunidad Autónoma la aprobación prevista en los artículos 18 y 20 de la Ley 6/1988, de 25 de agosto, de Régimen Local de la Región de Murcia, y artículo 187 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 de noviembre de 1986, para la creación de la Bandera Municipal acordada por el Pleno corporativo al amparo de lo dispuesto en el artículo 22.2 b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. El expediente se ha sustanciado conforme a lo dispuesto en los artículos 20 y 18 de la Ley 6/1988, de Régimen Local de Murcia y en el 187 del Reglamento de Organización, funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, figurando en el mismo el preceptivo informe de la Real Academia Alfonso X el Sabio, de Murcia. En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 26 de mayo de 1999, conforme a los previsto en la Ley 1/ 1988, de 7 de enero, del Presidente, del Consejo de Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. DISPONGO: Artículo primero: Aprobar la creación de la Bandera Municipal de Puerto Lumbreras, con la descripción siguiente, de acuerdo con el expediente tramitado: En la bandera aparecerá, a su centro, el escudo municipal tal y como se autorizó por Decreto 1.282/1966, de 5 de mayo («B.O.E.» número 129, de 31 de mayo de 1966), cuyas características son: «Escudo partido. Primero, de azul, la torre de oro, saliente de sus almenas un busto de varón coronado, acompañado de una llave de oro y una espada guarnecida del mismo metal. Segundo, de plata, el árbol almendro de sínople. Al timbre, corona real». Además la Bandera ¿dejado aparte lo ya dicho de la inclusión, en su centro, del escudo municipal¿ irá dividida por una línea que parta desde su justa mitad, verticalmente. En cuanto a su color, la parte que queda a la derecha llevará el de carmesí, al igual de la Bandera y Pendón de Lorca, del que ya existen datos documentales en 1547, por ser lugar de realengo y por su filiación a esta ciudad durante siete centurias. La otra parte dividida será de color blanco que es, en lenguaje heráldico, símbolo de integridad, firmeza, vigilancia y vencimiento de adversidades. Dado en Murcia a 26 de mayo de 1999.¿El Presidente, Ramón Luis Valcárcel Siso.¿El Consejero de Presidencia, Juan Antonio Megías García.