¿OC¿ Consejería de Presidencia ¿OF¿¿SUC¿ 5229 Decreto número 15/1999, de 31 de marzo, que establece el procedimiento y los requisitos de integración en los Cuerpos, Escalas y Opciones correspondientes, de los funcionarios pertenecientes a una escala a extinguir. ¿SUF¿¿TXC¿ Circunstancias de diversa índole motivaron en su día la creación de escalas a extinguir en los distintos grupos de clasificación de funcionarios, en las que se han ido integrando quienes, realizando una prestación de servicios con un contenido funcional propio de los Cuerpos y Escalas de funcionarios, no contaban, sin embargo, con el requisito de titulación exigido para el acceso a los mismos. En la actualidad, y en el marco del amplio proceso de racionalización de las estructuras y efectivos del personal al servicio de esta Administración Regional, se ha considerado conveniente posibilitar la integración en los cuerpos y escalas funcionariales, de quienes pertenezcan a las escalas a extinguir, siempre que las mismas estén equiparadas a aquéllos, y que se haya obtenido la titulación precisa. Así, la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Presupuestarias y Administrativas, añade una disposición séptima a la Ley 3/1986, de 19 de marzo, de la Función Pública de la Región de Murcia, encaminada a posibilitar dicha integración «con los requisitos y mediante el procedimiento que reglamentarlamente se determine». Por todo lo anterior, visto el infonne del Consejo Regional de la Función Pública, de conformidad con el artículo 11.21) de la Ley 3/1986, de 19 de marzo, y de acuerdo con el Consejo Jurídico de la Región de Murcia, a propuesta del Consejero de Presidencia y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 31 de marzo de 1999, DISPONGO: Artículo 1. Objeto. El presente Decreto tiene por objeto establecer el procedimiento y requisitos para integrar a los funcionarios pertenecientes a escalas a extinguir en cuerpos y, en su caso escalas y opciones de los correspondientes grupos, una vez adquieran la titulación exigida. Artículo 2. Equiparación. 1. Los funcionarios que pertenezcan a una escala a extinguir resultarán equiparados a los funcionarios de un cuerpo, y, en su caso, escala y opción de esta Administración Regional. 2. El Consejero competente en materia de función pública llevará a cabo dicha equiparación, previa audiencia de los interesados, teniendo en cuenta las siguientes circunstancias: a) El cuerpo o escala de procedencia. b) Las funciones que realiza en esta Administración Regional. c) El puesto de trabajo al que figure adscrito. Artículo 3. Solicitudes y tramitación. 1. Los funcionarios citados que adquieran la correspondiente titulación exigida para el acceso al correspondiente cuerpo, escala y opción, podrán solicitar a la Dirección General de la Función Pública y de la Inspección de Servicios su integración en el cuerpo y, en su caso, en la escala y opción al que se encuentren equiparados. 2. La Dirección General de la Función Pública y de la Inspección de Servicios emitirá informepropuesta de integración en el cuerpo, escala y opción, que se notificará al interesado para que en el plazo de diez días alegue lo que estime oportuno. Transcurrido dicho plazo se elevará propuesta al Consejero competente en materia de función pública, quien dictará la correspondiente Orden, comunicándose la misma al Registro General de Personal y a la Consejería u Organismo de destino y notificándose al interesado. 3. Las solicitudes a las que se refiere el apartado 1 de este artículo se resolverán en un plazo de tres meses. Transcurrido dicho plazo sin resolución expresa, aquella se entenderá desestimada. Disposición final primera El Consejero competente en materia de función pública dictará cuantas instrucciones sean necesarias en aplicación y desarrollo del presente Decreto. Disposición final segunda El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de la Región de Murcia". Murcia a 31 de marzo de 1999.¿El Presidente, Ramón Luis Valcárcel Siso.¿El Consejero de Presidencia, Juan Antonio Megías García. ¿TXF¿ ¿¿