¿ O C ¿ Presidencia ¿ O F ¿ S U C ¿ 13489 Decreto número 57/1998, de 8 de octubre, por el que se aceptan las competencias y se atribuyen a la Consejería de Presidencia, sobre ampliación de funciones y servicios transferidos de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en materia de juventud (TIVE). ¿ S U F ¿ T X C ¿ Por Real Decreto 1.824/1998, de 28 de agosto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 228, de 23 de septiembre de 1998, y en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» número 220, de 23 de septiembre de 1998, se realiza la ampliación de funciones y servicios a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en materia de juventud (TIVE). Por su parte, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece en su artículo 12, como principio general de organización, la necesidad de atribuir expresamente la competencia a los órganos que deban ejercerla. En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21.15 de la Ley 1/1988, de 7 de enero, del Presidente, del Consejo de Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a propuesta del Vicepresidente de la Comunidad Autónoma, como Vicepresidente de la Comisión Mixta de Transferencias y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 8 de octubre de 1998 DISPONGO Artículo 1 Aceptar las funciones, servicios y medios de titularidad estatal transferidos a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en materia de juventud, en los términos previstos en el Real Decreto 1.824/1998, de 28 de agosto. Artículo 2 Atribuir las competencias, funciones, servicios y medios asumidos por la Comunidad Autónoma conforme a lo establecido en el artículo anterior, a la Dirección General de Juventud, Mujer y Familia, de la Consejería de Presidencia. Artículo 3 Por la Consejería de Presidencia se adoptarán las medidas necesarias para su aplicación y desarrollo. Disposición final El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia». Dado en Murcia a 8 de octubre de 1998.¿El Presidente, Ramón Luis Valcárcel Siso.¿El Vicepresidente, Antonio Gómez Fayrén.