IV. Administración Local Los Alcázares 5597 Aprobación del callejero fiscal del municipio de Los Alcázares. Por el Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el día 10 de noviembre de 2025, se adoptó el acuerdo de resolución de alegaciones presentadas durante el periodo de exposición pública al acuerdo provisional de aprobación del Callejero fiscal del municipio de Los Alcázares, publicado en el BORM núm. 221 de miércoles 24 de septiembre de 2025, adoptado mediante acuerdo plenario en sesión extraordinaria de fecha 17 de septiembre de 2025. Por lo que queda definitivamente aprobado el mismo, procediéndose a su publicación a efectos de su entrada en vigor, conforme el siguiente detalle: a) Las vías, plazas, caminos u otros espacios públicos y privados que no figuren expresamente en el presente callejero fiscal y se encuentren en suelo urbanizado se considerarán incluidas en la zona Categoría 1. b) Las calles, viales o caminos internos del Parque Empresarial de Los Alcázares se considerarán incluidos en la Categoría 2. Asimismo las vías, plazas, caminos u otros espacios públicos o privados que no figuren expresamente en el presente callejero fiscal y se encuentren en suelo en situación rural, quedarán incluidos en la zona Categoría 2. Lo que se hace público haciéndose saber que la aprobación del Callejero fiscal del municipio de Los Alcázares es definitiva y pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Murcia en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. En Los Alcázares, a 10 de noviembre de 2025.—El Alcalde-Presidente, Mario Ginés Pérez Cervera. A-251125-5597