¿OC¿ Los Alcázares ¿OF¿¿SUC¿ 5098 Aprobación definitiva de la modificación núm. 4 del plan parcial «Nueva Ribera». ¿SUF¿¿TXC¿ Aprobada definitivamente, por el Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el día 20 de julio de 2005, la modificación núm. 4 del Plan Parcial «Nueva Ribera» de este término municipal, en sus parcelas 12.1, 12.2, 13.2 y 15, que les será de aplicación para la Parcela número 12.1 lo contenido en la nueva Ordenanza «NR-8.­Residencial Colectiva» y para las Parcelas número 12.2, 13.2 y 15 lo contenido en la nueva Ordenanza «NR-9. - Comercial Il» de la siguiente transcripción literal: NR-8.- Residencial Colectiva. - Parcela mínima: 1.000 m2. - Altura máxima: · en metros: 7, 5. · en plantas: 2. - Edificabilidad máxima: 0, 7 m2/m2. - Ocupación máxima: 50 %. - Retranqueos mínimos: - A viales de rodadura: 3 m. - A espacios libres: 3 m. - A parcelas del mismo uso: 3 m. - A parcelas de distinto uso: 4 m. - A vías peatonales: 3 m. - Aparcamientos: Deberán habilitarse plazas de aparcamiento en el interior de la parcela en planta sótano o semisótano en número no inferior al 100 % de las viviendas construidas, el 2% habrá de tener dimensiones de 4,50 por 3,30 para su utilización por minusválidos. - Uso: Exclusivo residencial colectivo. NR-9.- Comercial II. - Parcela mínima: 400 m2. - Altura máxima: · en metros: 7, 5. · en plantas: 2. - Edificabilidad máxima: 1 m2/m2. - Ocupación máxima: 100 %­ - Retranqueos mínimos: No se establece la obligatoriedad de proyectar retranqueos. En caso de disponerse éstos serán de, al menos 4 m. - Aparcamientos: Dada la especial situación de las parcelas destinadas a este uso, no se dispone ninguna dotación. - Uso: Exclusivo comercial. Se hace público de conformidad con lo contenido en el artículo 124. 1 del R.D.L. 1/1992, de 26 de junio, artículo 151.2 de la Ley 1/2001, de 24 de abril, artículo 134 del Reglamento de Planeamiento y artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril. Contra el presente acuerdo que agota la vía administrativa podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente de la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia»; potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante el Pleno de la Corporación en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia». Ambos recursos no podrán simultanearse. Los Alcázares, 21 de julio de 2005.¿El Secretario, Diego Sánchez Gómez.¿V.º B.º: el Alcalde-Presidente, Juan Escudero Sánchez. ¿TXF¿ ¿¿