IV. Administración Local Los Alcázares 5193 Aprobación de las bases que han de regir en el procedimiento para la concesión de autorizaciones de ocupación de módulos vacantes para la venta ambulante o no sedentaria en los mercados semanales de Los Alcázares y Los Narejos, y de aquellas autorizaciones que expiran el 31 de diciembre de 2022. Se hace público, para general conocimiento, que por la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de septiembre de 2022, se han aprobado las bases reguladoras del tenor literal siguiente: Bases que han de regir en el procedimiento para la concesión de autorizaciones de ocupación de módulos vacantes para la venta ambulante o no sedentaria en los mercados semanales de Los Alcázares y Los Narejos, y de aquellas autorizaciones que expiran el 31 de diciembre de 2022 Primera.- Objeto. La presente convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, tiene por objeto el otorgamiento de autorizaciones administrativas para el desempeño de la venta ambulante en los módulos vacantes de los mercados municipales de Los Alcázares y Los Narejos así como de aquellas otras autorizaciones que expiran el 31 de diciembre de 2022, tal como se relacionan en el ANEXO I. Con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 17 y siguientes de la Ordenanza Reguladora de la Venta Ambulante o no Sedentaria del Ayuntamiento de Los Alcázares, aprobada por el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de abril de 2018 y publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia de fecha 15 de mayo de 2018, así como lo dispuesto por la Ley 3/2014, de 2 de julio, de Venta Ambulante o No Sedentaria de la Región de Murcia. Segunda.- Requisitos de los solicitantes. 1. Los solicitantes podrán ser personas físicas o jurídicas con plena capacidad de obrar con arreglo a las normas civiles y que se dediquen a la actividad de comercio al por menor y reúnan los siguientes requisitos: a) Estar dado de alta en el correspondiente epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE), o en el censo de obligados tributarios, así como estar dado de alta en la Seguridad Social. b) Estar al corriente del pago de las obligaciones con la Hacienda Pública y de la Seguridad Social, así como de las tasas establecidas en la correspondiente Ordenanza municipal. c) Cumplir con los requisitos y condiciones exigidos en su legislación específica para la comercialización y venta de productos a ofertar. En el caso de que los objetos de venta consistan en productos para la alimentación, las personas que vayan a manipular los alimentos deberán estar en posesión del certificado correspondiente acreditativo de la formación como manipulador de alimentos. d) Disponer del correspondiente seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos del ejercicio de la actividad, cuya cuantía mínima se establece en 120.000 €. e) Los comerciantes de venta ambulante procedentes de países no comunitarios deberán, si son personas físicas, estar en posesión de los correspondientes permisos o autorizaciones exigidos por la normativa sobre extranjería, y, en el caso de personas jurídicas, estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro Mercantil correspondiente, en su caso. f) Disponer de la autorización municipal correspondiente. Todos los requisitos deberán poseerse con referencia al día en el que finalice el plazo de presentación de instancias. Dicha documentación podrá ser requerida previamente a la resolución definitiva de la concesión o en cualquier momento en que el Ayuntamiento lo solicite. Tercera.- Solicitudes. Ninguna persona física o jurídica podrá ser titular de más de un puesto autorizado en cada mercado municipal. Los puestos se componen por módulos, siendo cuatro el número máximo de módulos por puesto, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 24.5 de la Ordenanza Municipal. 1. Lugar de presentación: Las solicitudes deberán formalizarse según modelo que consta como ANEXO II de estas bases y podrán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Los Alcázares o por cualquiera de las formas contempladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 2. Plazo de presentación: El plazo para la presentación de solicitudes será de diez días hábiles, a partir del siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Las bases íntegras estarán publicadas en el tablón de anuncios de la sede electrónica municipal así como en la página web del Ayuntamiento www.losalcazares.es. No serán admitidas a trámite las solicitudes presentadas fuera del plazo anteriormente establecido. 3. Documentación a presentar: La presentación de la solicitud implica la aceptación de estas bases. Las personas solicitantes deben manifestar si han sido titulares en años anteriores de autorizaciones municipales en alguno de los dos mercados semanales (Los Alcázares, Los Narejos), o si es la primera vez que lo solicitan. Los interesados harán constar en sus instancias el mercado semanal municipal (Los Alcázares, o Los Narejos) respecto al que solicitan sea tomada en consideración su solicitud, y deberán marcar un máximo de 4 módulos (3 metros cada módulo) por solicitud. En la solicitud se hará constar, en el caso de ser una persona física, el nombre y apellidos del solicitante, o en el caso de tratarse de una persona jurídica, la denominación social y los datos del representante debidamente apoderado, debiendo acompañar en todos los casos, la siguiente documentación: 1. Copia del DNI, pasaporte o tarjeta de residencia del solicitante cuando se trate de personas físicas, o cuando se trate de personas jurídicas, copia del CIF y de la documentación que acredite la personalidad de la empresa así como los poderes del representante legal. Las personas jurídicas deberán además, aportar relación de las personas designadas para el ejercicio de la actividad comercial. 2. Acreditación documental de los criterios que se pretendan hacer valer a efectos de valoración de las solicitudes, de acuerdo con lo establecido en la base cuarta. 3. Declaración responsable (ANEXO III), firmada por el interesado que manifieste los siguientes extremos: a) Que cumple con los requisitos establecidos para el ejercicio de la venta ambulante indicados en la base segunda, de acuerdo con lo establecido por el artículo 14 de la Ordenanza Municipal y de las condiciones para la comercialización de los productos que se pretenden ofertar, debiendo especificar de manera expresa y precisa tales requisitos. b) Que está en posesión de la documentación que así lo acredite con carácter previo al otorgamiento de la autorización. Dicha documentación podrá ser requerida previamente a la resolución definitiva de la concesión o en cualquier momento en que el Ayuntamiento lo solicite. c) Mantener su cumplimiento durante el plazo de vigencia de la autorización. La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe a la declaración responsable o la no presentación, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos. Cuarta.- Baremo de criterios de adjudicación. El baremo de criterios a aplicar en la valoración de las solicitudes admitidas a concurrir en la convocatoria será el siguiente: 1. Los comerciantes que hubieran ejercido su actividad en el ejercicio correspondiente al año 2022, para la misma actividad y el mismo número de módulo/s en el mercado municipal solicitado, siempre que no haya sido sancionado por el Ayuntamiento por infracciones graves o muy graves cometidas en el ejercicio de su actividad comercial dentro de ese mismo año 2022: 5 puntos. 2. Los comerciantes que hubieran ejercido su actividad en alguno de los dos mercados municipales para los que se ofertan las autorizaciones, siempre que no hayan sido sancionados por el Ayuntamiento por infracciones graves o muy graves cometidas en el ejercicio de su actividad comercial, dentro de los último cuatro años: 1 punto por año completo de ejercicio en los cuatro años anteriores (2018 - 2022), hasta un máximo de 4 puntos. 3. La experiencia demostrada en el ejercicio de la profesión que asegure la correcta prestación de la actividad comercial, durante al menos un año, que podrá acreditarse mediante certificado de vida laboral, de situación censal emitido por la Agencia Estatal Administración Tributaria u otros organismos públicos equivalentes dentro del marco de la Unión europea, o Título habilitante de pertenencia a cualquier mercado ambulante, donde se acredite dicho extremo: 1 punto por año, hasta un máximo de 2 puntos. 4. La innovación, adecuación o complementariedad de los artículos de venta con los que se pretende ejercer la actividad comercial, entendiendo cómo artículo novedoso aquel que no este relacionado en el anexo I, en cualquiera de los 2 mercados municipales: 2 puntos. 5. Distintivo de calidad, que se acreditará mediante certificado de la entidad acreditadora correspondiente: se otorgará 1 punto por cada distintivo de calidad que posea en materia de comercio ambulante, hasta un máximo de 2 puntos. 6. Formación: se computará la realización de cursos de formación, conferencia o jornadas relacionadas con la actividad, excluidos los de formación obligatoria, de acuerdo con el siguiente baremo y hasta un máximo de 3 puntos. • De 10 a 20 horas: 0,20 por curso. • De 21 a 50 horas: 0,40 por curso. • De 51 a 100 horas: 0,60 por curso. • De 101 a 250 horas: 0,80 por curso. • De 251 a más horas: 1 punto por curso. En caso de que, en aplicación de todos los baremos totales, se produjera un empate entre dos o más vendedores, este se resolverá por sorteo, que se efectuará públicamente en el día y hora que a tal efecto se determine por el órgano instructor. Quinta.- Admisión de aspirantes y baremación. Finalizado el plazo de presentación de instancias se procederá a la evaluación de las solicitudes por un órgano colegiado compuesto por los siguientes miembros: • Presidente: D. Francisco Javier Pacheco Jiménez, Concejal de Mercados. • Vocal: D.ª María Inmaculada Vilches Avilés, Técnico de Administración General. • Vocal y secretario: D.ª Buenaventura Vidal Ros, Administrativa. Evaluadas las solicitudes conforme a los criterios establecidos en la convocatoria, se formulará, por el órgano instructor, la propuesta de resolución provisional, de acuerdo con el baremo de los méritos acreditados, y que se hará pública en el tablón de anuncios de la sede electrónica municipal y en la página web del Ayuntamiento de Los Alcázares. Contra dicha resolución, se concederá un plazo de diez días naturales para la presentación de reclamaciones a contar desde el día siguiente a la publicación de la propuesta provisional en el tablón de anuncios de la sede electrónica municipal, que serán aceptadas o rechazadas en la resolución definitiva que sea adoptada por el órgano competente a propuesta del órgano instructor. En ningún caso, en este plazo, se entenderá como de subsanaciones y por tanto no se aceptará, la aportación de ningún mérito que no se encontrase declarado en la solicitud inicial. Sexta.- Adjudicación definitiva de los módulos y entrega de las tarjetas de autorización. Una vez transcurrido el plazo de alegaciones, el órgano instructor, elaborará la propuesta de resolución con la relación de adjudicatarios provisionales que será publicada en el tablón de anuncios de la sede electrónica municipal y en la pagina web del Ayuntamiento de Los Alcázares. Para obtener la adjudicación definitiva y la correspondiente tarjeta de autorización, será condición imprescindible que los adjudicatarios provisionales en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la publicación de la propuesta de resolución, presenten en el Registro General del Ayuntamiento de Los Alcázares o por cualquiera de las formas contempladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, salvo que el adjudicatario provisional fuera una persona jurídica ya que en este caso, como persona obligada a relacionarse por medios electrónicos con la Administración, deberá aportarla en el registro electrónico municipal, debiendo en ambos supuestos aportar además de la documentación acreditativa de los datos manifestados en la declaración responsable que presentaron junto con su solicitud, la siguiente documentación complementaria: • Una fotografía tamaño carnet. • Documento acreditativo de la identidad del solicitante. • Contratos de trabajo que acrediten la relación laboral de las personas que vayan a desarrollar en su caso, la actividad en nombre del titular, sea ésta persona física o jurídica. • Documento acreditativo de tener suscrito Seguro de responsabilidad civil en cuantía mínima de 120.000 €, que cubra los riesgos del ejercicio de la actividad, así como el pago de la correspondiente tasa municipal. En caso de no presentar la documentación se le tendrá por desistido en su solicitud, pasando el módulo que se le hubiese adjudicado a engrosar la lista de vacantes para ser elegidas por los suplentes de la bolsa a los que se refiere la base séptima. Una vez comprobada la documentación aportada por los adjudicatarios provisionales, el Alcalde u órgano en quien delegue, dictará resolución definitiva que será notificada a los solicitantes, haciendo público asimismo, el listado de adjudicatarios definitivos mediante Edicto que se expondrá en el Tablón de anuncios en la sede electrónica y en la página web del Ayuntamiento, por período de un mes. Durante dicho período, el Ayuntamiento emitirá las tarjetas acreditativas de las autorizaciones de venta que deberá exhibirse en el puesto durante el desarrollo de la actividad comercial. El plazo para resolver las solicitudes de autorización será de tres meses a contar desde el día siguiente al término del plazo para la presentación de solicitudes. Transcurrido el plazo sin haberse notificado la resolución, las personas interesadas podrán entender desestimada su solicitud. Séptima.- Adjudicación de vacantes. Las autorizaciones de venta no sedentaria no podrán superar al número ofertado de módulos incluidos en el ANEXO I. Aquellos interesados que habiendo sido admitidos en la presente convocatoria, reuniendo los requisitos exigidos en la ordenanza municipal y las presentes bases, y una vez concluido el procedimiento para la adjudicación de los módulos no hayan obtenido puesto y autorización para el ejercicio de la actividad solicitada, pasarán a integrar una bolsa de suplentes o lista de espera. Esta bolsa permanecerá vigente en tanto que no se constituya nueva bolsa derivada de un posterior procedimiento concurrencial, pasando los interesados que la componen, por el orden de la puntuación de la misma, a ocupar los futuros módulos vacantes que se produzcan en los mercados, siempre y cuando continúen cumpliendo con los requisitos manifestados en la declaración responsable presentada en la presente convocatoria. Octava.- Duración y extinción de las autorizaciones. La duración máxima de las autorizaciones reguladas en esa convocatoria será de 8 años, prorrogables expresamente por otro periodo de igual duración, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 12 de la Ordenanza Municipal, previa solicitud del titular y siempre que se acredite que continúa cumpliendo con los requisitos normativamente establecidos para el ejercicio de la actividad autorizada. La extinción y revocación de las autorizaciones se producirá por las causas establecidas en el artículo 16 de la Ordenanza Reguladora de la Venta Ambulante o no Sedentaria del Ayuntamiento de Los Alcázares. Novena.- Protección de datos de carácter personal. De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos personales de los solicitantes serán tratados por el Departamento de Mercados con los fines propios de adjudicación de módulos vacantes en los mercados semanales. Sus datos personales junto con el puesto otorgado podrán aparecer publicados en el tablón de anuncios y en la página web municipal con la finalidad de dar publicidad al procedimiento. Tiene la posibilidad de ejercitar sus derechos de acceso, rectificación y cancelación, en relación con sus datos personales, dirigiéndose al Departamento de Mercados de este Ayuntamiento. Décima.- Impugnación. Frente a la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso potestativo de reposición, en los términos y plazos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o, directamente, mediante la interposición de recurso contencioso administrativo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. ANEXO I MÓDULOS VACANTES VACANTES-EXPIRACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN A FECHA 31/12/2022 DEL MERCADO DE LOS ALCÁZARES (MARTES) C/LOS CATALANES (PARES) N.º N.º. DE MÓDULO TIPO VENTA 1 158I TEXTIL-FRUTA 2 158J SIN DETERMINAR 3 158K TEXTIL 4 160 TEXTIL 5 162 SIN DETERMINAR 6 164 SIN DETERMINAR 7 166 TEXTIL HOGAR 8 168 TEXTIL HOGAR 9 170 SIN DETERMINAR 10 172 TEXTIL 11 174 TEXTIL 12 176 TEXTIL 13 178 TEXTIL 14 180 TEXTIL 15 182 SIN DETERMINAR 16 184 SIN DETERMINAR 17 186 FRUTA Y VERDURA 18 188 FRUTA Y VERDURA 19 190 FRUTA Y VERDURA 20 192 TEXTIL 21 196 TEXTIL 22 198 TEXTIL 23 200 TEXTIL 24 202 ARTOS. REGALO 25 204 ARTOS. REGALO 26 206 ARTOS. REGALO 27 208 TEXTIL DE HOGAR 28 210 TEXTIL DE HOGAR 29 212 TEXTIL DE HOGAR 30 214 TEXTIL DE HOGAR 31 216 TEXTIL DE HOGAR 32 218 TEXTIL 33 220 TEXTIL 34 222 TEXTIL 35 224 FRUTOS SECOS/GOLOSINAS 36 226 FRUTOS SECOS/GOLOSINAS 37 228 FRUTOS SECOS/GOLOSINAS C/LOS CATALANES (IMPARES) N.º N.º DE MÓDULO TIPO VENTA 38 161 FRUTA Y VERDURA 39 161A FRUTA Y VERDURA 40 161B FRUTA Y VERDURA 41 161C FRUTA Y VERDURA 42 163 SIN DETERMINAR 43 165 TEXTIL 44 167 TEXTIL 45 169 FRUTA Y VERDURA 46 171 FRUTA Y VERDURA 47 173 FRUTA Y VERDURA N.º N.º DE MÓDULO TIPO VENTA 48 175 FRUTA Y VERDURA 49 177 ARTOS. REGALO 50 179B SIN DETERMINAR 51 181 SIN DETERMINAR 52 183 SIN DETERMINAR 53 185 SIN DETERMINAR 54 187 SIN DETERMINAR 55 193 P.AFRICANOS/CALZADO 56 195 TEXTIL 57 197 TEXTIL 58 199 TEXTIL 59 201 TEXTIL 60 203 TEXTIL 61 207 CALZADO/BISUTERIA 62 209 CALZADO/BISUTERIA 63 211 CALZADO/BISUTERIA 64 213 TEXTIL 65 215 TEXTIL 66 221 TEXTIL 67 223 TEXTIL 68 225 TEXTIL 69 227 SIN DETERMINAR 70 227A SIN DETERMINAR 71 229 SIN DETERMINAR 72 235 TEXTIL HOGAR 73 237 TEXTIL HOGAR 74 237A TEXTIL HOGAR 75 241 SIN DETERMINAR 76 243 SIN DETERMINAR 77 245 TEXTIL 78 247 TEXTIL 79 249 TEXTIL 80 251 TEXTIL 81 253 TEXTIL 82 255 TEXTIL 83 257 TEXTIL 84 259 TEXTIL 85 261 TEXTIL 86 263 TEXTIL 87 265 SIN DETERMINAR 88 267 SIN DETERMINAR 89 269 SIN DETERMINAR 90 271 TEXTIL NIÑO 91 273 TEXTIL NIÑO 92 275 TEXTIL NIÑO 93 277 TEXTIL NIÑO 94 279 CALZADO 95 281 CALZADO 96 283 CALZADO 97 283A SIN DETERMINAR 98 283B SIN DETERMINAR 99 283C TEXTIL 100 283D TEXTIL 101 285 ARTOS. REGALO 102 287 ARTOS. REGALO 103 293 ARTOS. REGALO 104 295 ARTOS. REGALO 105 297 TEXTIL 106 299 ARTICULOS DE REGALO 107 299A ARTICULOS DE REGALO N.º N.º DE MÓDULO TIPO VENTA 108 299B ARTICULOS DE REGALO 109 299C ARTICULOS DE REGALO PEÑAS HUERTANAS N.º N.º DE MÓDULO TIPO VENTA 110 72C1 TEXTIL 111 72D TEXTIL 112 72E TEXTIL 113 72E1 TEXTIL 114 72E2 TEXTIL 115 72F TEXTIL 116 72G TEXTIL/CALZADO 117 72H TEXTIL 118 72I TEXTIL 119 72J TEXTIL 120 72K TEXTIL 121 72P TEXTIL 122 72Q TEXTIL 123 72R ARTICULOS DE REGALO 124 72S ARTICULOS DE REGALO 125 72T SIN DETERMINAR C/ LA RAMBLA (PARES) N.º N.º DE MÓDULO TIPO VENTA 126 2 ACEITUNAS Y ENCURTIDOS 127 4 ACEITUNAS Y ENCURTIDOS 128 6 SIN DETERMINAR 129 8 SIN DETERMINAR 130 10 FRUTA Y VERDURA 131 12 FRUTA Y VERDURA 132 14 FRUTA Y VERDURA 133 16 FRUTA Y VERDURA 134 18 TEXTIL 135 20 TEXTIL 136 20A TEXTIL 137 22 CHARCUTERIA 138 24 CHARCUTERIA 139 26 CALZADO 140 28 CALZADO 141 30 CALZADO 142 32 FRUTA Y VERDURA 143 34 FRUTA Y VERDURA 144 36 FRUTA Y VERDURA 145 38 FRUTA Y VERDURA 146 40 ARTOS. REGALO 147 44 CALZADO 148 46 CALZADO 149 48 CALZADO 150 50 CALZADO 151 52 ACEITUNAS/FRUTOS SECOS 152 54 ACEITUNAS/FRUTOS SECOS 153 56 ACEITUNAS/FRUTOS SECOS 154 58 FRUTOS SECOS/CARAMELOS 155 60 FRUTOS SECOS/CARAMELOS 156 62 FRUTOS SECOS/CARAMELOS 157 64 MENAJE DE HOGAR 158 66 MENAJE DE HOGAR N.º N.º DE MÓDULO TIPO VENTA 159 68 MENAJE DE HOGAR 160 70 FRUTA Y VERDURA 161 70B FRUTA Y VERDURA 162 72 FRUTA Y VERDURA 163 72A FRUTA Y VERDURA 164 74 ACEITUNAS Y ENCURTIDOS 165 76 ACEITUNAS Y ENCURTIDOS 166 78 ARTICULOS DE REGALO 167 80 ARTICULOS DE REGALO 168 82 ARTICULOS DE REGALO 169 84 ARTICULOS DE REGALO 170 86 TEXTIL 171 88 TEXTIL 172 90 TEXTIL 173 92 TEXTIL 174 94 BOLSOS Y COMPLEMENTOS 175 96 BOLSOS Y COMPLEMENTOS 176 98 BOLSOS Y COMPLEMENTOS 177 100 BOLSOS Y COMPLEMENTOS 178 102 TEXTIL 179 104 TEXTIL 180 106 TEXTIL 181 108 TEXTIL 182 110 TEXTIL 183 112 TEXTIL 184 114 TEXTIL 185 116 TEXTIL 186 118 TEXTIL 187 120 TEXTIL 188 132 BOLSOS Y COMPLEMENTOS 189 134 BOLSOS Y COMPLEMENTOS 190 136 BOLSOS Y COMPLEMENTOS 191 138 CALZADO 192 140 CALZADO 193 142 CALZADO 194 144 CALZADO 195 146 LENCERIA 196 148 LENCERIA 197 150 LENCERIA 198 152 LENCERIA 199 158A FRUTA Y VERDURA 200 158B FRUTA Y VERDURA 201 158C TEXTIL NIÑO 202 158D TEXTIL NIÑO 203 158E ARTICULOS REGALO 204 158F ARTICULOS REGALO 205 158G ARTICULOS REGALO 206 158H ARTICULOS REGALO C/ DE LA RAMBLA (IMPARES) N.º N.º DE MÓDULO TIPO VENTA 207 1 FRUTA Y VERDURA 208 1A FRUTA Y VERDURA 209 3 FRUTA Y VERDURA 210 5 FRUTA Y VERDURA 211 7 FRUTA Y VERDURA 212 13 TEXTIL N.º N.º DE MÓDULO TIPO VENTA 213 15 TEXTIL 214 17 TEXTIL 215 23 TEXTIL 216 25 TEXTIL 217 27 TEXTIL 218 29 TEXTIL 219 31 TEXTIL 220 33 MERCERIA 221 35 MERCERIA 222 37 MERCERIA 223 39 ACEITUNAS Y SALAZONES 224 41 ACEITUNAS Y SALAZONES 225 43 CALZADO 226 45 CALZADO 227 47 TEXTIL 228 49 TEXTIL 229 51 FRUTA Y VERDURA 230 53 FRUTA Y VERDURA 231 61 FRUTA Y VERDURA 232 63 FRUTA Y VERDURA 233 65 DROGUERIA 234 67 DROGUERIA 235 69 DROGUERIA 236 71 ALIMENTACIÓN 237 73 ALIMENTACIÓN 238 75 ALIMENTACIÓN 239 81 ESPECIAS 240 83 ESPECIAS 241 85 FRUTOS SECOS/GOLOSINAS 242 87 FRUTOS SECOS/GOLOSINAS 243 89 FRUTOS SECOS/GOLOSINAS 244 91 CALZADO 245 93 CALZADO 246 95 CALZADO 247 97 TEXTIL 248 99 TEXTIL 249 101 TEXTIL (ROPA INTERIOR) 250 103 TEXTIL (ROPA INTERIOR) 251 105 CALZADO 252 107 CALZADO 253 107A CALZADO 254 111 TEXTIL-COMPLEMENTOS 255 113 TEXTIL-COMPLEMENTOS 256 115 TEXTIL-COMPLEMENTOS 257 117 TEXTIL 258 119 TEXTIL 259 121 TEXTIL 260 127 TEXTIL 261 129 TEXTIL 262 131 TEXTIL 263 133 BISUTERIA N.º N.º DE MÓDULO TIPO VENTA 264 135 CALZADO 265 137 CALZADO 266 139 CALZADO 267 147 TEXTIL 268 149 TEXTIL 269 151 TEXTIL 270 153 TEXTIL 271 155 TEXTIL 272 157 PLANTAS Y FLORES 273 159 FRUTA Y VERDURA 274 159A TEXTIL 275 159B TEXTIL 276 159C TEXTIL 277 159D TEXTIL HOGAR 278 159E TEXTIL HOGAR 279 159F TEXTIL HOGAR 280 159G FRUTA Y VERDURA 281 159H FRUTA Y VERDURA 282 159I FRUTA Y VERDURA C/ AVDA. JULIÁN ROMEA (PARES) N.º N.º DE MÓDULO TIPO VENTA 283 230 FRUTA Y VERDURA 284 232 FRUTA Y VERDURA 285 234 FRUTA Y VERDURA 286 236 FLORES Y PLANTAS 287 238 FLORES Y PLANTAS 288 240 TEXTIL 289 242 TEXTIL 290 244 TEXTIL 291 246 TEXTIL 292 248 BISUTERIA 293 250 BISUTERIA 294 252 BISUTERIA 295 254 TEXTIL 296 256 TEXTIL 297 258 TEXTIL 298 260 ULTRAMARINOS 299 262 ULTRAMARINOS 300 264 ULTRAMARINOS 301 266 TEXTIL 302 268 TEXTIL 303 270 TEXTIL 304 272 FRUTA Y VERDURA 305 274 FRUTA Y VERDURA 306 276 FRUTA Y VERDURA 307 278 BISUTERIA/COMPLEMENTOS 308 280 BISUTERIA/COMPLEMENTOS 309 286 ARTICULOS DE REGALO 310 288 ARTICULOS DE REGALO 311 290 ARTICULOS DE REGALO 312 292 ARTICULOS DE REGALO 313 294 FLORES Y PLANTAS 314 296 FLORES Y PLANTAS N.º N.º DE MÓDULO TIPO VENTA 315 302 TEXTIL 316 304 TEXTIL 317 306 TEXTIL 318 308 FRUTA Y VERDURA 319 310 FRUTA Y VERDURA 320 312 FRUTA Y VERDURA 321 314 PANADERIA-CONFITERIA 322 316 PANADERIA-CONFITERIA 323 318 TEXTIL 324 320 TEXTIL 325 322 TEXTIL 326 324 TEXTIL 327 326 TEXTIL 328 334 TEXTIL 329 336 TEXTIL 330 338 TEXTIL 331 340 CALZADO 332 342 CALZADO 333 344 CALZADO 334 346 ACEITUNAS Y ENCURTIDOS 335 348 ACEITUNAS Y ENCURTIDOS 336 350 ARTICULOS DE REGALO 337 352 ARTICULOS DE REGALO 338 354 FRUTA Y VERDURA 339 356 FRUTA Y VERDURA 340 358 FRUTA Y VERDURA 341 360 FRUTA Y VERDURA 342 362 ARTICULOS DE REGALO 343 364 FRUTOS SECOS 344 366 FRUTOS SECOS 345 368 FRUTOS SECOS 346 370 BISUTERIA/ARTESANIA 347 372 BISUTERIA/ARTESANIA 348 374 FRUTA Y VERDURA 349 376 FRUTA Y VERDURA 350 378 FRUTA Y VERDURA 351 380 TEXTIL 352 382 TEXTIL 353 384 TEXTIL 354 386 ARTICULOS DE REGALO 355 386A ARTICULOS DE REGALO 356 388 BISUTERIA Y ARTESANIA 357 390 ARTICULOS DE REGALO 358 392 ARTICULOS DE REGALO 359 398 SIN DETERMINAR 360 400 SIN DETERMINAR 361 402 SIN DETERMINAR 362 404 TEXTIL 363 406 TEXTIL 364 408 SIN DETERMINAR 365 410 SIN DETERMINAR 366 414 SIN DETERMINAR 367 430 SIN DETERMINAR 368 432 TEXTIL 369 434 TEXTIL 370 436 TEXTIL C/ AVDA. JULIÁN ROMEA (IMPARES) N.º N.º DE MODULO TIPO VENTA 371 301 FRUTA Y VERDURA 372 303 FRUTA Y VERDURA 373 305 FRUTA Y VERDURA 374 305A CALZADO 375 305B CALZADO 376 305C CALZADO 377 307 CALZADO 378 309 PASTELERIA/FRUTOS SECOS 379 311 PASTELERIA/FRUTOS SECOS 380 313 PASTELERIA/FRUTOS SECOS 381 315 FRUTA Y VERDURA 382 317 FRUTA Y VERDURA 383 319 TEXTIL 384 321 TEXTIL 385 323 TEXTIL 386 329 FRUTA Y VERDURA 387 331 FRUTA Y VERDURA 388 333 FRUTA Y VERDURA 389 335 ARTICULOS DE REGALO 390 337 ARTICULOS DE REGALO 391 339 TEXTIL 392 341 TEXTIL 393 343 TEXTIL 394 345 TEXTIL 395 347 ARTICULOS DE REGALO 396 349 ARTICULOS DE REGALO 397 351 ARTICULOS DE REGALO 398 353 ARTICULOS DE REGALO 399 361 FRUTA Y VERDURA 400 363 FRUTA Y VERDURA 401 365 FRUTA Y VERDURA 402 371 ALIMENTACIÓN 403 373 ALIMENTACIÓN 404 375 ALMENTACIÓN 405 375 TEXTIL 406 377 TEXTIL 407 379 TEXTIL 408 385 ARTICULOS REGALO 409 387 ARTICULOS REGALO 410 389 ARTICULOS REGALO 411 391 SIN DETERMINAR 412 393 TEXTIL 413 395 TEXTIL 414 397 TEXTIL 415 399 TEXTIL 416 401 TEXTIL 417 403 TEXTIL 418 405 TEXTIL 419 407 CORTINAS 420 409 CORTINAS N.º N.º DE MODULO TIPO VENTA 421 411 TEXTIL/COMPLEMENTOS 422 413 TEXTIL/COMPLEMENTOS 423 415 TEXTIL/COMPLEMENTOS 424 417 TEXTIL NIÑO 425 419 TEXTIL NIÑO 426 421 TEXTIL NIÑO 427 423 BOLSOS/COMPLEMENTOS 428 425 BOLSOS/COMPLEMENTOS 429 427 BOLSOS/COMPLEMENTOS 430 429 SIN DETERMINAR 431 431 ARTESANIA/BISUTERIA 432 433 ARTESANIA/BISUTERIA 433 435 PERFUMES/COSMETICOS 434 437 PERFUMES/COSMETICOS 435 439 FRUTA Y VERDURA 436 441 FRUTA Y VERDURA 437 443 FRUTA Y VERDURA 438 445 FRUTA Y VERDURA 439 447 ARTESANIA/CALZADO 440 449 ARTESANIA/CALZADO 441 455 TEXTIL HOGAR 442 457 TEXTIL HOGAR 443 459 TEXTIL HOGAR 444 461 TEXTIL HOGAR 445 463 BISUTERIA/JUGUET. 446 465 BISUTERIA/JUGUET. 447 467 TEXTIL DE HOGAR 448 469 TEXTIL DE HOGAR 449 471 TEXTIL DE HOGAR 450 473 SIN DETERMINAR 451 475 SIN DETERMINAR 452 477 SIN DETERMINAR 453 479 SIN DETERMINAR 454 481 SIN DETERMINAR 455 483 SIN DETERMINAR 456 485 ARTESANIA/REGALOS 457 487 ARTESANIA/REGALOS 458 489 SIN DETERMINAR 459 491 SIN DETERMINAR 460 493 BOLSOS 461 495 ARTICULOS ECUADOR 462 497 ARTICULOS ECUADOR 463 499 SIN DETERMINAR 464 501 SIN DETERMINAR 465 503 SIN DETERMINAR NÚMERO TOTAL DE MÓDULOS VACANTES MERCADO DE LOS ALCÁZARES: 465 VACANTES-EXPIRACION DEL PLAZO DE AUTORIZACIONES A 31/12/2022 DEL MERCADO DE LOS NAREJOS (SÁBADO) C/ OSLO N.º N.º DE MÓDULO TIPO VENTA 1 1 FRUTA Y VERDURA 2 2 FRUTA Y VERDURA 3 3 FRUTA Y VERDURA 4 4 FRUTA Y VERDURA 5 5 FRUTA Y VERDURA 6 6 FRUTA Y VERDURA 7 7 BISUTERIA Y ARTOS. DE REGALO 8 8 BISTUERIA Y ARTOS. DE REGALO 9 9 TEXTIL INTERIOR 10 10 TEXTIL INTERIOR 11 11 TEXTIL INTERIOR 12 12 TEXTIL 2ª MANO 13 13 TEXTIL 2ª MANO 14 14 TEXTIL 2ª MANO 15 15 FRUTA Y VERDURA 16 16 FRUTA Y VERDURA 17 19 BISUTERIA 18 20 BISUTERIA 19 21 BISUTERIA 20 22 TEXTIL DE HOGAR 21 23 TEXTIL DE HOGAR 22 24 TEXTIL DE HOGAR 23 25 TEXTIL DE HOGAR 24 26 TEXTIL 25 27 TEXTIL 26 28 TEXTIL 27 30 ALFOMBRAS 28 31 ALFOMBRAS 29 36 COMPLEMENTOS 30 37 COMPLEMENTOS 31 38 FRUTA Y VERDURA 32 39 FRUTA Y VERDURA 33 40 FRUTA Y VERDURA 34 41 TEXTIL 35 42 TEXTIL 36 43 TEXTIL 37 44 TEXTIL 38 45 TEXTIL 39 46 TEXTIL 40 47 TEXTIL 41 48 SIN DETERMINAR 42 49 PERFUMES Y COSMETICA 43 50 PERFUMES Y COSMETICA 44 51 FRUTA Y VERDURA 45 52 FRUTA Y VERDURA 46 53 FRUTA Y VERDURA N.º N.º DE MÓDULO TIPO VENTA 47 54 FRUTA Y VERDURA 48 55 BISUTERIA 49 56 BISUTERIA 50 57 BISUTERIA 51 58 ARTOS. DE REGALO Y JUGUETES 52 59 ARTOS. DE REGALO Y JUGUETES 53 60 ARTOS. DE REGALO Y JUGUETES 54 61 SIN DETERMINAR 55 62 SIN DETERMINAR 56 63 SIN DETERMINAR 57 64 ARTESANIA 58 65 ARTESANIA 59 66 ARTESANIA 60 67 FRUTA Y VERDURA 61 68 FRUTA Y VERDURA 62 69 ARTICULOS DE REGALO 63 70 ARTICULOS DE REGALO 64 71 FRUTA Y VERDURA 65 72 FRUTA Y VERDURA 66 73 SIN DETERMINAR 67 74 SIN DETERMINAR 68 75 TEXTIL 69 76 TEXTIL 70 77 TEXTIL 71 78 FRUTA Y VERDURA 72 79 FRUTA Y VERDURA 73 80 FRUTA Y VERDURA 74 81 ARTOS. DE REGALO 75 82 ARTOS. DE REGALO 76 83 ARTOS. DE REGALO 77 84 FRUTA Y VERDURA 78 85 FRUTA Y VERDURA 79 86 FRUTA Y VERDURA 80 87 CONFECCION NIÑO 81 88 CONFECCION NIÑO 82 89 ARTICULOS DE REGALO 83 90 ARTICULOS DE REGALO 84 91 ARTICULOS DE REGALO 85 92 SIN DETERMINAR 86 93 SIN DETERMINAR 87 94 SIN DETERMINAR 88 95 TEXTIL 89 96 TEXTIL 90 97 TEXTIL 91 98 ARTOS. DE REGALO/CALZADO 92 99 ARTOS. DE REGALO/CALZADO 93 100 ARTOS. DE REGALO/CALZADO 94 103 FRUTA Y VERDURA 95 104 FRUTA Y VERDURA 96 105 FRUTA Y VERDURA 97 106 TEXTIL N.º N.º DE MÓDULO TIPO VENTA 98 107 TEXTIL 99 108 TEXTIL 100 109 TEXTIL 101 110 TEXTIL 102 111 TEXTIL 103 112 TEXTIL 104 113 TEXTIL 105 114 TEXTIL 106 115 TEXTIL 107 116 TEXTIL 108 117 MARROQUINERIA Y BISUTERIA 109 118 MARROQUINERIA Y BISUTERIA 110 119 MARROQUINERIA Y BISUTERIA 111 120 TEXTIL 112 121 TEXTIL 113 122 CALZADO 114 123 CALZADO 115 124 CALZADO 116 125 TEXTIL/COMPLEMENTOS 117 126 TEXTIL/COMPLEMENTOS 118 127 BOLSOS 119 128 BOLSOS 120 129 BOLSOS 121 130 ARTESANIA Y BISUTERIA 122 131 ARTESANIA Y BISUTERIA 123 132 SIN DETERMINAR 124 133 SIN DETERMINAR 125 134 TEXTIL 126 135 TEXTIL C/ AVDA. CONSTITUCIÓN N.º N.º DE MÓDULO TIPO VENTA 127 136 SIN DETERMINAR 128 137 SIN DETERMINAR 129 138 FRUTOS SECOS/GOLOSINAS 130 139 FRUTOS SECOS/GOLOSINAS 131 140 FRUTOS SECOS/GOLOSINAS 132 141 FRUTOS SECOS/GOLOSINAS 133 142 CALZADO 134 143 CALZADO 135 144 CALZADO 136 145 TEXTIL 137 146 TEXTIL 138 147 FRUTA Y VERDURA 139 148 FRUTA Y VERDURA 140 149 FRUTA Y VERDURA 141 150 FRUTA Y VERDURA 142 151 BISUTERIA/TEXTIL 143 152 BISUTERIA/TEXTIL 144 153 BISUTERIA/TEXTIL 145 154 TEXTIL N.º N.º DE MÓDULO TIPO VENTA 146 155 TEXTIL 147 156 FRUTOS SECOS Y GOLOSINAS 148 157 FRUTOS SECOS Y GOLOSINAS 149 158 FRUTOS SECOS Y GOLOSINAS 150 159 MENAJE DE HOGAR 151 160 MENAJE DE HOGAR 152 161 MENAJE DE HOGAR 153 162 TEXTIL/DROGUERIA 154 163 TEXTIL/DROGUERIA 155 164 FRUTA Y VERDURA 156 165 FRUTA Y VERDURA 157 166 FRUTA Y VERDURA 158 167 FRUTA Y VERDURA 159 168 CALZADO 160 169 CALZADO 161 170 CALZADO 162 171 CALZADO 163 172 CALZADO 164 173 TEXTIL HOGAR 165 174 TEXTIL HOGAR 166 175 COSMETICA/ PERFUMERIA/TEXTIL 167 176 COSMETICA/ PERFUMERIA/TEXTIL 168 177 LENCERIA 169 178 LENCERIA 170 179 LENCERIA 171 180 LENCERIA 172 181 PASTELERIA 173 182 PASTELERIA 174 183 TEXTIL DE HOGAR 175 184 TEXTIL DE HOGAR 176 185 TEXTIL DE HOGAR 177 186 CALZADO-FRUTA 178 187 CALZADO-FRUTA 179 188 ARTOS. DE REGALO 180 189 ARTOS. DE REGALO 181 190 ARTOS. DE REGALO 182 191 ARTOS. DE REGALO 183 192 SIN DETERMINAR 184 193 SIN DETERMINAR 185 194 TEXTIL 186 195 TEXTIL 187 196 FLORES Y PLANTAS 188 197 FLORES Y PLANTAS 189 198 FLORES Y PLANTAS 190 199 ESPECIES 191 200 ESPECIES 192 201 TEXTIL 193 202 TEXTIL 194 203 TEXTIL 195 204 TEXTIL DE HOGAR 196 205 TEXTIL DE HOGAR N.º N.º DE MÓDULO TIPO VENTA 196 206 TEXTIL DE HOGAR 197 207 GAFAS 198 208 TEXTIL 199 209 TEXTIL 200 210 TEXTIL 201 211 TEXTIL INTERIOR 202 212 TEXTIL INTERIOR 203 213 EMBUTIDOS Y SALAZONES 204 214 EMBUTIDOS Y SALAZONES 205 215 TEXTIL 206 216 TEXTIL 207 217 TEXTIL 208 221 ACEITUNAS Y ENCURTIDOS 209 222 ACEITUNAS Y ENCURTIDOS 210 223 ACEITUNAS Y ENCURTIDOS 211 224 FRUTA Y CALZADO 212 225 TEXTIL 213 226 TEXTIL 214 227 TEXTIL 215 228 ACEITUNAS Y SALAZONES 216 229 ACEITUNAS Y SALAZONES 217 230 ACEITUNAS Y SALAZONES 218 231 FRUTA Y VERDURA 219 232 FRUTA Y VERDURA 220 233 BISUTERIA Y ARTESANIA 221 234 BISUTERIA Y ARTESANIA 222 235 FRUTA Y VERDURA 223 236 FRUTA Y VERDURA 224 237 FRUTA Y VERDURA 225 238 FRUTA Y VERDURA 226 239 TEXTIL 227 240 TEXTIL 228 241 TEXTIL 229 242 TEXTIL 230 243 TEXTIL-BISUTERIA Y COMPLEMENTOS 231 244 TEXTIL-BISUTERIA Y COMPLEMENTOS 232 245 BISUTERIA 233 246 BISUTERIA 234 247 BISUTERIA 235 248 BISUTERIA 236 249 ARTOS. REGALO-COMPLEMENTOS 237 250 ARTOS. REGALO-COMPLEMENTOS 238 251 TEXTIL 239 252 TEXTIL 240 253 TEXTIL 241 254 ARTESANIA-JUGUETES Y TEXTIL 242 255 ARTESANIA-JUGUETES Y TEXTIL 243 258 BISUTERIA Y ARTESANIA 244 259 BISUTERIA Y ARTESANIA 245 260 TEXTIL/ FRUTA 246 261 TEXTIL/FRUTA N.º N.º DE MÓDULO TIPO VENTA 247 262 FRUTA Y VERDURA 248 263 FRUTA Y VERDURA 249 264 TEXTIL DE HOGAR 250 265 TEXTIL DE HOGAR 251 266 TEXTIL DE HOGAR 252 267 TEXTIL 253 268 TEXTIL 254 269 TEXTIL 255 270 TEXTIL 256 271 TEXTIL 257 272 TEXTIL 258 273 TEXTIL INTERIOR 259 274 TEXTIL INTERIOR 260 275 TEXTIL 261 276 TEXTIL 262 277 TEXTIL 263 278 TEXTIL NIÑO 264 279 TEXTIL NIÑO 265 280 ARTOS. DE REGALO 266 281 ARTOS. DE REGALO 267 282 BOLSOS 268 283 BOLSOS 269 284 CALZADO 270 285 CALZADO 271 286 ARTOS. REGALO/JUGUETES/TEXTIL 272 287 ARTOS. REGALO/JUGUETES/TEXTIL 273 288 ARTOS. REGALO/JUGUETES/TEXTIL 274 289 BOLSOS 275 290 TEXTIL 276 291 TEXTIL 277 292 TEXTIL 278 293 TEXTIL 279 294 TEXTIL INTERIOR 280 295 TEXTIL INTERIOR 281 296 ARTOS. DE REGALO/ ALFOMBRAS 282 297 ARTOS. DE REGALO/ ALFOMBRAS 283 298 ARTOS. DE REGALO 284 299 ARTOS. DE REGALO 285 300 TEXTIL 286 301 TEXTIL 287 302 TEXTIL 288 303 TEXTIL 289 304 TEXTIL 290 305 TEXTIL 291 306 CALZADO 292 307 CALZADO 293 311 ARTOS. DE REGALO 294 312 ARTOS. DE REGALO 295 313 ARTOS. DE REGALO 296 314 FRUTA Y VERDURA 297 315 FRUTA Y VERDURA N.º N.º DE MÓDULO TIPO VENTA 298 316 FRUTA Y VERDURA 299 317 ARTOS. DE REGALO 300 318 ARTOS. DE REGALO 301 319 ARTOS. DE REGALO 302 320 FRUTA Y VERDURA 303 321 TEXTIL 304 322 TEXTIL 305 323 TEXTIL 306 324 TEXTIL 307 325 TEXTIL 308 326 ARTOS. DE REGALO 309 327 ARTOS. DE REGALO 310 328 TEXTIL 311 329 TEXTIL 312 330 TEXTIL-COMPLEMENTOS 313 331 TEXTIL-COMPLEMENTOS 314 332 TEXTIL-COMPLEMENTOS 315 333 CALZADO 316 334 CALZADO 317 335 CALZADO 318 336 CALZADO 319 337 ARTOS. DE REGALO 320 338 ARTOS. DE REGALO 321 339 TEXTIL 322 340 TEXTIL 323 341 TEXTIL 324 342 CALZADO 325 343 CALZADO 326 344 TEXTIL 327 345 TEXTIL 328 346 TEXTIL 329 347 TEXTIL 330 348 SIN DETERMINAR 331 349 SIN DETERMINAR 332 350 SIN DETERMINAR 333 351 CALZADO/COMPLEMENTOS 334 352 CALZADO/COMPLEMENTOS 335 353 CALZADO/COMPLEMENTOS 336 354 BISUTERIA 337 355 BISUTERIA 338 356 BISUTERIA 339 357 FRUTA Y VERDURA 340 358 FRUTA Y VERDURA 341 359 FRUTA Y VERDURA 342 360 ARTOS. REGALO 343 360 ARTOS. REGALO 344 361 ARTOS. REGALO 345 363 PRODUCTOS APICOLAS 346 364 TEXTIL 347 365 TEXTIL 348 366 BOLSOS N.º N.º DE MÓDULO TIPO VENTA 349 367 BOLSOS 350 368 BOLSOS 351 369 CALZADO 352 370 CALZADO 353 371 CALZADO 354 372 BISUTERIA Y ARTOS. DE REGALO 355 373 TEXTIL 356 374 TEXTIL 357 375 TEXTIL 358 379 TEXTIL 359 380 TEXTIL 360 381 TEXTIL 361 382 ARTOS. DE REGALO 362 383 ARTOS. DE REGALO 363 384 ARTOS. DE REGALO 364 385 COMPLEMENTOS Y TEXTIL 365 386 COMPLEMENTOS Y TEXTIL 366 387 BOLSOS 367 388 BOLSOS 368 389 FRUTA Y VERDURA 369 390 FRUTA Y VERDURA 370 391 FRUTA Y VERDURA 371 392 TEXTIL 372 393 TEXTIL 373 394 TEXTIL 374 395 ARTOS. DE REGALO 375 396 ARTOS. DE REGALO 376 397 FLORES Y PLANTAS 377 398 FLORES Y PLANTAS 378 399 ACEITUNAS Y ENCURTIDOS 379 400 ACEITUNAS Y ENCURTIDOS 380 401 FRUTA Y VERDURA 381 402 FRUTA Y VERDURA 382 403 FRUTA Y VERDURA 383 404 TEXTIL 384 405 TEXTIL 385 406 FLORES Y PLANTAS 386 407 FLORES Y PLANTAS 387 408 TEXTIL 388 409 TEXTIL 389 410 TEXTIL 390 411 CALZADO 391 412 CALZADO 392 412.1 CALZADO C/ AVDA. SANTIAGO N.º N.º DE MÓDULO TIPO VENTA 393 413 TEXTIL 394 414 TEXTIL 395 415 TEXTIL 396 416 CALZADO/ FRUTA N.º N.º DE MÓDULO TIPO VENTA 397 417 CALZADO/ FRUTA 398 418 BISUTERIA/CALZADO 399 419 BISUTERIA/CALZADO 400 420 TEXTIL 401 421 TEXTIL 402 422 TEXTIL 403 423 FRUTA Y VERDURA 404 424 FRUTA Y VERDURA 405 425 FRUTA Y VERDURA 406 426 TEXTIL 407 427 TEXTIL 408 428 TEXTIL 409 429 TEXTIL 410 430 TEXTIL 411 431 TEXTIL 412 432 TEXTIL 413 433 TEXTIL 414 434 ARTESANIA DE ECUADOR 415 435 ARTESANIA DE ECUADOR 416 436 TEXTIL INTERIOR 417 437 TEXTIL INTERIOR 418 440 FRUTA Y VERDURA 419 441 FRUTA Y VERDURA 420 442 FRUTA Y VERDURA 421 448 TEXTIL 422 449 TEXTIL 423 450 TEXTIL 424 451 TEXTIL 425 452 TEXTIL 426 453 CORTINAS 427 454 CORTINAS 428 455 CORTINAS 429 456 SIN DETERMINAR 430 457 FRUTA Y VERDURA 431 458 FRUTA Y VERDURA 432 459 FRUTA Y VERDURA 433 460 ARTESANIA 434 461 ARTESANIA 435 462 ARTESANIA 436 464 BISUTERIA-ARTESANIA 437 465 BISUTERIA-ARTESANIA 438 466 BOLSOS Y COMPLEMENTOS 439 467 BOLSOS Y COMPLEMENTOS 440 468 SIN DETERMINAR 441 469 CALZADO 442 470 CALZADO 443 471 FRUTA Y VERDURA 444 472 FRUTA Y VERDURA 445 473 TEXTIL 446 474 TEXTIL 447 475 CALZADO 448 476 CALZADO 449 477 CALZADO 450 478 SIN DETERMINAR 451 479 SIN DETERMINAR 452 480 SIN DETERMINAR 453 481 ARTOS. DE REGALO 454 482 ARTOS. DE REGALO 455 483 TEXTIL 456 484 TEXTIL N.º N.º DE MÓDULO TIPO VENTA 457 485 CORTINAS 458 486 CORTINAS 459 487 TEXTIL 460 488 TEXTIL 461 489 TEXTIL 462 490 SIN DETERMINAR 463 491 SIN DETERMINAR 464 492 SIN DETERMINAR 465 493 FRUTA Y VERDURA 466 494 FRUTA Y VERDURA 467 495 FRUTA Y VERDURA 468 496 PANADERIA Y REPOSTERIA 469 497 PANADERIA Y REPOSTERIA 470 498 PANADERIA Y REPOSTERIA 471 499 SIN DETERMINAR 472 500 SIN DETERMINAR 473 501 TEXTIL 474 502 TEXTIL 475 503 TEXTIL 476 504 TEXTIL 477 505 BISUTERIA Y ARTESANIA 478 506 BISUTERIA Y ARTESANIA 479 507 BISUTERIA Y ARTESANIA 480 508 BISUTERIA Y ARTESANIA 481 511 SIN DETEMINAR 482 514 BISUTERIA Y COMPLEMENTOS 483 515 BISUTERIA Y COMPLEMENTOS 484 516 SIN DETERMINAR 485 517 FRUTOS SECOS Y CARAMELOS 486 518 FRUTOS SECOS Y CARAMELOS 487 519 FRUTA Y VERDURA 488 520 FRUTA Y VERDURA 489 521 FRUTA Y VERDURA 490 524 TEXTIL 491 525 TEXTIL 492 526 TEXTIL 493 527 TEXTIL 494 528 TEXTIL 495 529 TEXTIL HOGAR 496 530 TEXTIL HOGAR 497 531 ARTESANIA 498 532 ARTESANIA 499 533 ARTESANIA 500 534 TEXTIL 501 535 TEXTIL 502 536 TEXTIL 503 541 ARTICULOS AFRICANOS 504 542 ARTOS. DE REGALO 505 543 ARTOS. DE REGALO 506 545 BOLSOS Y COMPLEMENTOS 507 546 BOLSOS Y COMPLEMENTOS 508 547 BOLSOS Y COMPLEMENTOS 509 548 FRUTA Y VERDURA 510 549 FRUTA Y VERDURA 511 550 FRUTA Y VERDURA 512 551 FRUTA Y VERDURA NÚMERO TOTAL DE MÓDULOS VACANTES MERCADO DE LOS NAREJOS: 512 COMPAREZCO Y DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD: 1º) Que cumplo los requisitos establecidos para el ejercicio de la venta ambulante o no sedentaria y de las condiciones para la comercialización de los productos que se ofertan. Requisitos: a) Estar dado de alta en el correspondiente epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE), o en el censo de obligados tributarios, así como estar dado de alta en la Seguridad Social. b) Estar al corriente del pago de las obligaciones con la Hacienda pública y de la Seguridad Social, así como de las tasas que el Ayuntamiento establezca en la correspondiente ordenanza. c) Cumplir los requisitos y condiciones exigidos en su legislación específica para la comercialización y venta de los productos a ofertar. Certificado correspondiente acreditativo de la formación como manipulador de alimentos en caso de venta de alimentos. d) Disponer del correspondiente seguro de responsabilidad civil por importe mínimo de 120.000€. e) En el caso de comerciantes de venta ambulante procedentes de países no comunitarios, deberán, si son personas físicas, estar en posesión de los correspondientes permisos o autorizaciones exigidos por la normativa sobre extranjería y, en el caso de personas jurídicas, estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro Mercantil correspondiente, en su caso. 2º) Que estoy en posesión de la documentación que así lo acredita con carácter previo al otorgamiento de la autorización. 3º) Que me comprometo a mantener el cumplimiento de los anteriores requisitos durante el período de tiempo inherente al ejercicio de la actividad, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección del Ayuntamiento (art. 69.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre). INFORMACIÓN LEGAL 1. La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore a esta Declaración o la no presentación de la misma ante la Administración competente determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 69.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre 2. Cualquier modificación que se produzca respecto de la situación anterior, deberá comunicarse a este Ayuntamiento, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tiene atribuida la Administración Pública. INFORMACIÓN BÁSICA DE PROTECCIÓN DE DATOS Responsable Ayuntamiento de Los Alcázares. Finalidad Tramitación de solicitud para el ejercicio de la venta ambulante. Legitimación Consentimiento del interesado y cumplimiento de un deber legal. Destinatarios Administraciones Públicas. Derechos Acceso, rectificación, supresión, limitación, y/o portabilidad. Información adicional Puede consultar más información en el reverso de este documento o a través del correo electrónico, dpd@losalcazares.es Lugar y fecha Firma y D.N.I. INFORMACIÓN DETALLADA DE PROTECCIÓN DE DATOS Se informa al interesado que sus datos personales van a ser objeto de tratamiento por parte del Ayuntamiento de Los Alcázares (Responsable del tratamiento), con CIF P-3004500I, con dirección en Avda. de la Libertad, n.º 38, C.P. 30710, Los Alcázares que tiene por finalidad la gestión de actividades desarrolladas profesionalmente con ánimo de lucro consistente en ofertar la venta de cualquier clase de artículos a los destinatarios finales de los mismos, o utilizando o no un establecimiento comercial en el lugar de solicitud del mismo, además de la gestión comercial. Este tratamiento está legitimado por el consentimiento del propio interesado. Tiene derecho a retirar el consentimiento prestado sin que ello afecte a la licitud del tratamiento basado en el consentimiento previo a su retirada. En caso de no facilitar los datos el interesado, provocará la imposibilidad de gestionar la correspondiente solicitud. Asimismo, este tratamiento está legitimado también, en el cumplimiento por parte del Ayuntamiento de las obligaciones legales e interés público, entre otras: Ley 3/2014, de 2 de julio, de Venta Ambulante o no Sedentaria de la Región de Murcia. Norma completa Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Arts. 9 y 66 Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. Art. 21.1.q, Art. 25, Art. 84 Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista. Arts. 52-55, Arts. 53-55. Norma completa Decreto de 17 de junio de 1955, por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales. Art. 1. 2º, Art. 9 Los datos facilitados no serán cedidos salvo en los casos legalmente previstos para el cumplimiento de la finalidad indicada a otras administraciones con competencia en la materia. Los datos objeto de tratamiento serán conservados durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Asimismo, los datos de carácter económico de este tratamiento se conservarán al amparo de lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Asimismo, podrán conservarse durante períodos más largos siempre que se traten exclusivamente con fines de archivo de interés público, fines de investigación científica e histórica o fines estadísticos, sin perjuicio de la aplicación de las correspondientes medidas técnicas y organizativas apropiadas que impone el RGPD. El interesado podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición y limitación en relación a sus datos personales dirigiéndose a la dirección de correo electrónico dpd@losalcazares.es o a través del registro del Ayuntamiento, facilitando copia de su DNI o documento identificativo equivalente. Podrá dirigirse a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) para presentar una reclamación cuando no considere debidamente atendida su solicitud. Los Alcázares, 30 de septiembre de 2022.—El Alcalde-Presidente, Mario Ginés Pérez Cervera. A-171022-5193