IV. Administración Local Santomera 12754 Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. No habiéndose presentado reclamación o sugerencia alguna contra el acuerdo de modificación de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, aprobada por Pleno de Corporación en sesión extraordinaria celebrada el pasado 12 de noviembre de 2015, y sometida a exposición pública mediante Edicto inserto en el Boletín Oficial de la Región de Murcia número 265, de 16 de noviembre de 2015, durante el plazo de treinta días hábiles contados desde el día siguiente al de su publicación en el BORM, dicho acuerdo se considera firme y definitivamente aprobada la modificación de la citada Ordenanza, cuyo texto íntegro es del tenor siguiente: Se modifica el artículo 3 de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, cuya nueva redacción es: Artículo 3. Tipo de gravamen y cuota. En aplicación de lo establecido en el artículo 72 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el tipo de gravamen será para: 1. Bienes inmuebles urbanos: 0,53% (0,40%- 1,10%) 2. Bienes inmuebles rústicos: 0,74% (0,30%- 0,90%) 3. Bienes inmuebles de características especiales: 1,30% (0,40%-1,30%) En Santomera, a 24 de diciembre de 2015.?La Alcaldesa, Inmaculada Sánchez Roca. A-311215-12754