IV. Administración Local Santomera 864 Decreto de modificación de la composición de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Santomera. Habiéndose constituido el Pleno del Ayuntamiento de Santomera en la sesión extraordinaria celebrada el día 17 de junio de 2023 de conformidad con los resultados de las elecciones locales celebradas en este Municipio el pasado día 23 de mayo de 2023. Habiéndose aprobado por la Alcaldía-Presidencia el 28 de junio de 2023 el decreto 2023-1020, por el que se constituye la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Santomera, determinándose su composición y otorgándose delegación en su favor de las competencias de la Alcaldía-Presidencia. Atendida la necesidad de reestructurar la composición de la Junta de Gobierno Local al haberse nombrado nuevos Tenientes de Alcalde entre los miembros del equipo de gobierno municipal. En virtud de las facultades atribuidas por la legislación vigente y en particular, los artículos 23 y siguientes de la Ley 7/1985, de 2 de abril, arts. 52 y 53 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, 43.2 del R.D.Leg. 781/1986, de 18 de abril y demás normas de general aplicación, en base a las potestades de autoorganización que se residencian en esta Alcaldía He resuelto: Primero: Modificar la composición de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Santomera, a cuyo efecto, a partir del día de la fecha, bajo mi presidencia, estará compuesta por los siguientes miembros: - Primera Teniente de Alcalde: Sra. Concejala Delegada, Dña. María José Gil Carrillo. - Segundo Teniente de Alcalde: Sra. Concejala Delegada, Dña. Patricia García Ruiz. - Tercer Teniente de Alcalde: Sr. Concejal Delegado, D. José Antonio Martínez Hernández. - Cuarto Teniente de Alcalde: Sra. Concejala Delegada, D. Carlos Navarro Almansa. - Quinto Teniente de Alcalde: Sr. D. Ricardo Giner Marín. Segundo: El presente decreto deroga los anteriores decretos de composición de los miembros de la Junta de Gobierno Local. El resto de determinaciones del decreto municipal n.º 2023-1020, de 28 de junio de 2023, se mantienen inalteradas por lo que prosigue su efectividad y vigencia desde la fecha de su adopción. Tercero: El presente decreto entrará en vigor el día de su firma, sin perjuicio de su publicación edictal en el B.O.R.M., página de transparencia y web municipal, notificándose a los precitados ediles, así como a las distintas áreas y servicios municipales, debiéndose dar cuenta al Pleno en la próxima sesión que celebre. En Santomera, a 3 de febrero de 2026.—El Alcalde-Presidente, Víctor Manuel Martínez Muñoz. A-260226-864