¿OC¿ Villanueva del Río Segura ¿OF¿¿SUC¿ 5345 Aprobación definitiva de Ordenanzas Fiscales 2002. ¿SUF¿¿TXC¿ Transcurrido el plazo de exposición pública del acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Villanueva del Río Segura de fecha 11.03.02, aprobando la modificación de determinadas Ordenanzas Fiscales, sin que se haya producido reclamación alguna, se eleva a definitivo éste, por lo que, para dar cumplimiento a lo preceptuado en el art. 17 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se publican íntegramente el texto de las modificaciones introducidas: MODIFICACIÓN ORDENANZA TASA POR DISTRIBUCIÓN DE AGUA, INCLUIDOS LOS DERECHOS DE ENGANCHE. Artículo 6.- 1. La facturación de los conceptos relacionados a continuación se realizará por periodos trimestrales. DOMÉSTICA Euros/m3 Minimo 18 m3 0,535953 de 19 a 35 m3 0,597556 de 36 a 60 m3 0,696122 más de 60 m3 0,800849 INDUSTRIAL Mínimo 18 m3 0,659160 Más de 18 m3 0,659160 HUERTA Mínimo 18 m3 0,677641 de 19 a 35 m3 0,745405 Más de 35 m3 1,004141 2.- Los derechos por acometida a satisfacer por una sola vez y al efectuar la petición, serán de 61¿30 ¿, por cada vivienda y local comercial situadas en Casco Urbano, y 258¿74 ¿, vivienda o local, situadas fuera del Casco Urbano. MODIFICACIÓN ORDENANZA TASA SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y DE DERECHOS DE ENGANCHE A LA RED MUNICIPAL Artículo 7.- 1.- Acometida a la red general Por cada local o vivienda que utilicen la acometida 61¿30 ¿. 2.-Servicio de evacuación. Por cada m3. de agua consumida al trimestre en Euros./m3. Doméstica 0,123207 Industrial 0,166330 * Disposición final común a ambas modificaciones.- La presente modificación de esta Ordenanza Fiscal entrará en vigor el mismo día de su publicación definitiva en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» y será de aplicación a partir de esa fecha, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa. Contra las modificaciones de las Ordenanzas publicadas podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses a contar desde la fecha siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia», conforme a lo previsto en el art. 19 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Villanueva del Río Segura a 23 de mayo de 2002.¿El Alcalde-Presidente, José Luis López Ayala. ¿TXF¿ ¿¿