IV. Administración Local La Unión 5455 Aprobación definitiva de modificación n.º 28 Presupuesto General 2022, prorrogado para el 2024. Aprobada inicialmente en sesión extraordinaria del Pleno de la Corporación de fecha 24 de septiembre del 2024, la modificación n.º 28 del Presupuesto General de esta Entidad del ejercicio 2022, prorrogado para el 2024, mediante el procedimiento de transferencias de crédito por créditos extraordinarios y suplementos de crédito. Publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia número 234, de fecha 7 de octubre del 2024, edicto de aprobación inicial, y transcurridos quince días de exposición pública de conformidad con los artículos 169 y 179 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento de La Unión. A continuación, se publica la modificación realizada en el Estado de Gastos del Presupuesto, resumida por Capítulos, según establece el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. CAP. CONCEPTO GASTOS PRESUPUESTO MODIFICACIONES NEGATIVAS MODIFICACIONES POSITIVAS PREVISIONES DEFINITIVAS 1 GASTOS DE PERSONAL 7.466.475,59 0,00 0,00 7.466.475,59 2 GASTOS BIENES CORRIENTES 6.243.515,38 0,00 259.245,99 6.502.761,37 3 GASTOS FINANCIEROS 68.922,71 0,00 32.700,00 101.622,71 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 980.974,81 0,00 18.715,01 999.689,82 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS 115.725,29 0,00 0,00 115.725,29 6 INVERSIONES REALES 4.689.095,36 0,00 0,00 4.689.095,36 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 0,00 0,00 0,00 0,00 8 ACTIVOS FINANCIEROS 22.804,00 0,00 0,00 22.804,00 9 PASIVOS FINANCIEROS 499.346,00 0,00 0,00 499.346,00 TOTAL GASTOS 20.086.859,14 0,00 310.661,00 20.397.520,14 Contra el mismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del siguiente a la publicación del presente Edicto en el Boletín Oficial de la Región de Murcia o, en su caso, de la notificación personal a los interesados que presentaron reclamación contra la aprobación inicial de la modificación del Presupuesto. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado. La Unión a 29 de septiembre del 2024.—La Concejal Delegada, M.ª Teresa López Sánchez. A-061124-5455