IV. Administración Local La Unión 2341 Aprobación definitiva de modificación n.º 6 del Presupuesto General 2021, prorrogado para el 2022. Aprobada inicialmente en sesión extraordinaria del Pleno de la Corporación de fecha 14 de marzo del 2022, la modificación n.º 6 del Presupuesto General de esta Entidad del ejercicio 2021, prorrogado para el 2022, mediante el procedimiento de transferencias de crédito entre aplicaciones de gastos con la misma área de gasto que afectan a créditos de personal. Publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia número 76, de fecha 1 de abril del 2022, edicto de aprobación inicial, y transcurridos quince días de exposición pública de conformidad con los artículos 169 y 179 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento de La Unión. A continuación se publica la modificación realizada en el Estado de Gastos del Presupuesto, resumida por Capítulos, según establece el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. CAP.   CONCEPTO GASTOS PRESUPUESTO INICIAL MODIFICACIONES POSITIVAS MODIFICACIONES NEGATIVAS PREVISIONES DEFINITIVAS 1 GASTOS DE PERSONAL 4.956.855,00 82.515,73 82.515,73 4.956.855,00 2 GASTOS BIENES CORRIENTES 4.804.103,99 0,00 0,00 4.804.103,99 3 GASTOS FINANCIEROS 218.847,00 0,00 0,00 218.847,00 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 755.949,00 0,00 0,00 755.949,00 5 FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS 109.896,90 0,00 0,00 109.896,90 6 INVERSIONES REALES 0,00 0,00 0,00 0,00 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 0,00 0,00 0,00 0,00 8 ACTIVOS FINANCIEROS 30.000,00 0,00 0,00 30.000,00 9 PASIVOS FINANCIEROS 1.503.891,00 0,00 0,00 1.503.891,00   TOTAL GASTOS 12.379.542,89 82.515,73 82.515,73 12.379.542,89 Contra el mismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del siguiente a la publicación del presente Edicto en el Boletín Oficial de la Región de Murcia o, en su caso, de la notificación personal a los interesados que presentaron reclamación contra la aprobación inicial de la modificación del Presupuesto. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado. La Unión a 28 de abril del 2022.—La Concejal Delegada, Elena José Lozano Bleda. A-120522-2341