Totana ¿OF¿¿SUC¿ 1377 Aprobación definitiva de los Estatutos del Consejo Municipal Sectorial de Prevención y Seguridad. ¿SUF¿¿TXC¿ No habiéndose presentado reclamaciones a la aprobación provisional de los Estatutos del Consejo Municipal Sectorial de Prevención y Seguridad queda aprobado definitivamente. El texto de los Estatutos aprobados es el siguiente: ESTATUTOS DEL CONSEJO MUNICIPAL DE PREVENCIÓN Y SEGURIDAD. TÍTULO I CAPÍTULO I DEFINICIÓN, ÁMBITO Y FINES DEL CONSEJO MUNICIPAL DE PREVENCION Y SEGURIDAD. Artículo 1º. - El Consejo Municipal Sectorial de Prevención y Seguridad, se constituye como un órgano consultivo, y de participación en los temas de Prevención y Seguridad en la ciudad de Totana. Artículo 2º. - La sede del Consejo será el Ayuntamiento de la ciudad de Totana, y su ámbito de actuación, su término municipal. Artículo 3º. - Los objetivos que se propone el Consejo Municipal Sectorial de prevención y Seguridad son: ¿Elaboración del Plan Estratégico de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de Totana. ¿Promover la participación de todos los sectores sociales en los temas relacionados con la seguridad. ¿Impulsar cauces de participación entre los sectores sociales de Totana y las administraciones Autonómicas y Estatal. ¿Evaluar la repercusión de aquellas acciones del Ayuntamiento u otras Administraciones Públicas sobre la prevención y la seguridad ciudadana ¿Elevar propuestas de actuación a los distintos órganos del Ayuntamiento, la Comunidad Autónoma y Administración del Estado. CAPÍTULO II ORGANIZACIÓN DEL CONSEJO MUNICIPAL SECTORIAL DE PREVENCIÓN Y SEGURIDAD. Artículo 4º. - Constituyen las funciones del Consejo Sectorial Municipal de Prevención y Seguridad entre otros los siguientes: A. Participar en la planificación, asesoramiento y estudio de cuantas cuestiones afecten a la Seguridad Ciudadana del municipio de Totana. B. Informar con carácter previo a su aprobación por el Pleno del Ayuntamiento o Comisión de Gobierno de los siguientes temas: 1. Aprobación de Convenios con las Administraciones Públicas relacionados con la Prevención y la Seguridad Ciudadana. 2. Reformas o revisión del Planeamiento General Municipal. 3. Planes y programas de prevención y lucha contra la drogadicción. 4. Ordenanzas Municipales. 5. Informar con carácter previo todos aquellos asuntos que sometan a su consideración los órganos del Consejo de P. y S. C). Elaborar Planes, Proyectos, Memorias, Estudios e Informes a petición de la Alcaldía, Comisión de Gobierno o Pleno, relacionados con la prevención y la seguridad. D. Elaborar para el Pleno Municipal una Memoria anual sobre la situación de la Seguridad en Totana. E. Servir de cauce de diálogo de todos los interlocutores sociales relacionados con la seguridad, con el fin de tender a buscar soluciones a los problemas de la seguridad ciudadana. Artículo 5º. - Son órganos del Consejo Sectorial de prevención y Seguridad: ¿El Presidente. ¿El Vicepresidente. ¿El Pleno. Artículo 6º. - El Presidente será: El Alcalde de la Corporación y por su delegación el Concejal Delegado de Seguridad Ciudadana. Y le corresponden entre otras las siguientes facultades: A) Ostentar la representación del Consejo. B) Convocar las sesiones, presidirlas y moderar el desarrollo de los debates. C) Formular el orden del día de las reuniones. Artículo 7º. El Pleno del Consejo Sectorial Municipal del Prevención y Seguridad estará compuesto por la totalidad de sus miembros, y sus acuerdos se tomaran por mayoría simple. En todo caso, se establece el derecho de los discrepantes a formular votos particulares que deberán unirse a los dictámenes del Consejo que se eleven a los órganos municipales. El Pleno podrá constituir entre sus miembros Comisiones de Trabajo específicos para estudiar los temas que consideren oportunos. Artículo 8º. El Pleno estará formado por: 1. El Presidente del Consejo Sectorial Municipal de Prevención y Seguridad. 2. El Concejal de Policía. 3. El Concejal de Servicios Sociales. 4. Un representante de la Junta de Pedaneos. 5. Un representante de la Juan Local Vecinal del Paretón. 6. Un representante de cada uno de los Grupos Municipales. 7. Un representante de la Confederación de Empresarios del Bajo Guadalentín. 8. Un representante del C. M. A. A. y G. 9. Un representante del Consejo Escolar Municipal. 10. Un representante de las Asociaciones de Vecinos. 11. Un representante del Consejo Municipal de Participación Ciudadana. Podrán asistir como asesores, todas aquellas personas, que sean requeridas por el Pleno y en todo caso el Jefe de la Policía Local y el Comandante de puesto de la Gª Civil. Artículo 9º. Actuará de Secretario, un miembro del Consejo Sectorial de P. y Seguridad, o un funcionario municipal en quien se delegue. Artículo 10º. Todos los gastos de funcionamiento del Consejo Municipal Sectorial de Prevención y Seguridad, serán con cargo al Presupuesto Municipal que consignara una partida específica para el mismo, con la fiscalización de la Intervención de Fondos Municipales. Totana a 16 de enero de 2001.¿El Alcalde, Alfonso Martínez Baños.