IV. Administración Local Las Torres de Cotillas 4315 Aprobación definitiva de la relación concreta e individualizada de bienes a expropiar con motivo de la no adhesión de sus propietarios a la Junta de Compensación de los Melocotoneros (Sector UZS rs-17 del Plan General Municipal de Ordenación de Las Torres de Cotillas). Mediante Acuerdo del Pleno de fecha 30 de enero de 2023, se aprobó definitivamente la relación concreta e individualizada de bienes a expropiar con motivo de la no adhesión de sus propietarios a la Junta de Compensación de Los Melocotoneros (Sector UZS rs-17 del Plan General Municipal de Ordenación de Las Torres de Cotillas); de conformidad con lo dispuesto en el artículo 208.2 de la Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia. RELACIÓN DE BIENES AFECTADOS - Objeto: Expropiación por no adhesión a Junta de Compensación - Identificación registral del bien a expropiar: finca nº 1237 de Las Torres de Cotillas. - Referencia catastral: Según apartado 5.2 del Anexo 1, no tiene. - Propietarios: BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO, S.A. con C.I.F.: A-39000013......... 44,67%. BANCO ESPAÑOL DE CRÉDITO, S.A. con C.I.F.: A28000032.........................17,51%. BANCO ZARAGOZANO, S.A. con C.I.F.: A50000538....................................10,72%. BANCO ATLÁNTICO, S.A. con C.I.F.: A08017337.........................................8,26%. BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. con C.I.F.: A48265169...............6´53%. HISPAMER SERVICIOS FINANCIEROS EFC, S.A. con C.I.F.: A79082244.........12,30%. - Superficie de suelo a expropiar (s/ medición realizada in situ): 1.863,36 m2. - Construcciones e instalaciones: No existen. - Plantaciones: No existen. - Situación básica del suelo: RURAL - Situación urbanística del suelo: Suelo urbanizable sectorizado, sector UZs_rs-17 (Plan Parcial Residencial Los Melocotoneros) Contra dicho Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Pleno de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Murcia en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Las Torres de Cotillas, 8 de junio de 2023.—La Secretaria General, Laura Martínez Pretel. A-120723-4315