IV. Administración Local Torre Pacheco 3420 Edicto de corrección de error en aprobación definitiva de ordenanzas fiscales. En el Boletín Oficial de la Región de Murcia núm. 81, de fecha 09-04-2016, aparece publicado anuncio relativo a la Aprobación Definitiva de Ordenanzas Fiscales 2016., habiéndose advertido el siguiente error en el importe total del Padrón: Donde dice: ?Otros precios: Teniendo en cuenta la Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia, establece unos nuevos Títulos habilitantes de naturaleza urbanística y su condición siguiente: La comunicación previa y la declaración responsable legitiman para la realización de su objeto desde el día de la presentación de la totalidad de la documentación requerida en el registro general del municipio, se considera oportuno que en los casos de tramitación de obras o instalaciones en la vía pública, se deba depositar un aval o fianza que garantice la reposición de los servicios de infraestructura públicos afectados por estos trabajos. Estos valores, de fianza o aval para la reposición de los servicios de infraestructura por las obras realizadas, serían los siguientes: 1.- Garantía de reposición por acometida de saneamiento hasta 8 m con construcción de pozo de registro 862,00?/ud 2.- Garantía de reposición por acometida de saneamiento hasta 8 m sin construcción de pozo de registro. 284,00?/ud 3.- Garantía de reposición por acometida de agua a menos de 1,5 mts de la alineación de parcela 84,00?/ud?, Debe decir: ?Otros precios: Teniendo en cuenta la Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia, establece unos nuevos Títulos habilitantes de naturaleza urbanística y su condición siguiente: La comunicación previa y la declaración responsable legitiman para la realización de su objeto desde el día de la presentación de la totalidad de la documentación requerida en el registro general del municipio, se considera oportuno que en los casos de tramitación de obras o instalaciones en la vía pública, se deba depositar un aval o fianza que garantice la reposición de los servicios de infraestructura públicos afectados por estos trabajos. Estos valores, de fianza o aval para la reposición de los servicios de infraestructura por las obras realizadas, serían los siguientes: 1.- Garantía de reposición por acometida de saneamiento hasta 8 m con construcción de pozo de registro 862,00?/ud 2.- Garantía de reposición por acometida de saneamiento hasta 8 m sin construcción de pozo de registro. 284,00?/ud 3.- Garantía de reposición por acometida de agua a menos de 1,5 mts de la alineación de parcela. 84,00?/ud 4.- Garantía de reposición por acometida de agua con cruce de vial por m. lineal 25,00?/ml 5.- Garantía de reposición por ejecución de vado para vehículos o personas (3,50x1,60 m) 345,00?/ud 6.- Garantía de reposición por ejecución de instalación puntual de señalización o rótulo/cartel 80,00?/ud 7.- Garantía de reposición por traslado de farola 417,00?/ud 8.- Garantía de reposición por instalación de bolardos 80,00?/ud * Cuando los trabajos no se correspondan con los indicados, se establecerá el valor de la fianza o aval por el técnico para la circunstancia concreta.?. Lo que se hace público para general conocimiento Torre Pacheco, 13 de abril de 2016.?El Concejal de Hacienda y Comunicación, Carlos López Martínez. A-250416-3420