Torre Pacheco 9020 Aprobación definitiva de modificación de ordenanza fiscal. Transcurrido el plazo de exposición al público de la modificación de la ordenanza fiscal, aprobada inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el 30 de abril de 2008, y no habiéndose presentado durante este plazo ninguna reclamación, se eleva a definitivo el mencionado acuerdo, según lo dispuesto en el Art.17.3 R.D.Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. A continuación se publica el texto íntegro de las modificaciones según lo dispuesto en el R.D.Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, sin que quepa contra ellas otro recurso, que el Contencioso-Administrativo, según establece el art. 19 de dicho texto legal, según las cuantías y tarifas indicadas en el expediente: Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de estancia en escuelas infantiles y establecimientos análogos, talleres de infancia extraescolares, talleres para adultos y cursos de formación Artículo 6.º- Cuota tributaria A) Servicio de estancia en escuelas infantiles y establecimientos análogos A1.- En la Escuela Infantil de Torre Pacheco: 1. Derechos de matrícula escolar, curso: 47,27 euros 2. Niños de 0 a 1 año, mensualmente: 93,04 euros 3. Niños de más de un año ¿ Por servicio educativo, mensualmente: 93,04 euros ¿ Por servicio comedor, mensualmente: 62,48 euros ¿ Por uso de comedor en día aislado: 5,10 euros ¿ Por servicio de comedor escolar, al mes: 65,41 euros A2.-En las Escuelas Infantiles de Balsicas, Dolores, Roldán y cualquier otra Pedanía en que se establezca el servicio, así como en cualquier Barriada de Torre Pacheco: 1. Derechos de matrícula escolar, curso: 47,27 euros 2. 2. Niños de más de un año: ¿ Por servicio educativo, mensualmente: 74,71 euros A3.- En las Escuelas Infantiles Municipales. Meses de julio y agosto: *Por derechos de matrícula escolar y servicios educativos al mes: 50,88 euros B) Servicios de talleres y cursos extraescolares para infancia y juventud B1: Prestación del servicio extraescolar para infancia: - Cuota mensual (1 día/semana): 10,00 euros - Cuota mensual (2 días/semana): 15,00 euros - Cuota mensual (3 días/semana): 20,00 euros B2.-Bonificaciones: - Dos hermanos matriculados en 2 talleres cada uno 20% B3.-Talleres y cursos para jóvenes: - Cuota única (1 día/semana): 5,75 euros - Cuota única (2 días/semana): 11,50 euros - Cuota única (3 días/semana): 18,00 euros C) Servicios de talleres para adultos: - Cuota mensual (1 día/semana): 15,00 euros - Cuota mensual (2 días/semana): 23,00 euros - Cuota mensual (3 días/semana): 31,00 euros C1.- Bonificaciones: - Se establece una bonificación para pensionistas del 50%. D) Servicios de cursos de formación: ¿ De hasta 20 horas: 30,00 euros ¿ De 21 a 40 horas: 37,00 euros ¿ De 41 a 50 horas: 45,00 euros ¿ De más de 50 horas y especiales: Según coste del curso E) Escuela Municipal de Danza: - Cuota mensual (1 día/semana): 15,00 euros - Cuota mensual (2 días/semana): 20,00 euros - Cuota mensual (3 días/semana): 30,00 euros - Matrícula 30 euros. Artículo 8.º- Reducciones y demás beneficios legalmente aplicables. 1. La reducción de la cuota tributaria de esta tasa consistirá en la disminución de un tanto por ciento de la tarifa establecida en el artículo 6. 2. De acuerdo con la puntuación obtenida por la aplicación del baremo de puntuación para reducción de la tarifa establecida en la presente ordenanza, las unidades familiares solicitantes tendrán derecho a las siguientes reducciones de cuota: a) Por 3 puntos, el 25%. b) Por 4 puntos, el 50%. c) Por 5 puntos, el 75%. d) Por 6 puntos, el 90%. 3. Las unidades familiares que tengan 2 hijos o más matriculados en Escuelas Infantiles y que tengan unos ingresos netos anuales inferiores a 18.480,00 euros podrán solicitar una reducción del 25% de la cuota, siempre que no gocen de alguna de las reducciones contempladas en el número 2 del presente artículo. 4. Las reducciones se aplicarán en la cuota de los servicios educativos y de manutención, nunca en la matrícula, que es obligatoria y confirma la plaza. Requisitos económicos y plazo de presentación a) Podrán solicitar reducción de pago, las unidades familiares que hayan presentado solicitud de renovación de plaza o nuevo ingreso, para el curso escolar siguiente al vigente en la actualidad en alguna de las Escuelas Infantiles dependientes del Patronato Municipal de Cultura y Educación, y que tengan como ingreso por cualquier concepto (salario, subsidio, pensión, rentas, etc.) menos de 18.480,00 euros y las unidades familiares que tengan la consideración de familia numerosa. Se entiende por unidad familiar aquella residente en el mismo domicilio y unida por cualquier vínculo de parentesco, en línea recta o colateral y tanto por consaguinidad como por afinidad o similar forma de relación afectiva de carácter permanente, y aunque supere los ingresos anteriormente mencionados, según la nueva regulación de familia numerosa establecida en el Real Decreto 1801/1995 de 3 de noviembre, debiendo acreditarlo documentalmente. b) El plazo de presentación de solicitudes de reducción de pago de esta tasa será simultáneo a la solicitud de ingreso o renovación. Excepcionalmente podrán presentarse solicitudes de reducción del pago, con posterioridad al plazo establecido en el párrafo anterior, cuando por alguna circunstancia sobrevenida, debidamente justificada documentalmente, se alteren las condiciones socioeconómicas de la unidad familiar, operando la reducción desde el momento de la concesión de la misma. Documentación a presentar Las solicitudes de reducción de pago de esta tasa irán acompañadas de la siguiente documentación: 1) Fotocopia completa del libro de familia. 2) Justificantes que acrediten las situaciones familiares especiales (padre/madre solteros, separados, viudos, divorciados, minusválidos, problemática familiar grave, etc.). 3) Fotocopia de todas las hojas de la última declaración de la renta de las personas físicas, o justificantes de ingresos de la unidad familiar. 4) Certificado de convivencia y empadronamiento. 5) Fotocopia de las dos últimas nominas del año en curso, de todos los miembros en activo de la unidad familiar. 6) Fotocopia del certificado de ingresos de la empresa del año anterior. 6.1-En caso de desempleo, fotocopia de la tarjeta del paro, y certificado del S.R.E.F. de recibir o no subsidio, indicando la cuantía anual del año anterior, y mensuales del año en curso, si procede. 6.2- En el caso de no contar con nómina se requiere informe social y declaración jurada de ingresos. 7) Fotocopia del documento nacional de identidad y NIF, del padre y de la madre. 8) En el caso de ser familia numerosa, título de familia numerosa. En caso se no poseerlo, fotocopia del permiso de residencia. 9) Y aquella otra documentación que se establezca en las convocatorias anuales de este Ayuntamiento para la matriculación, traslado y reducción de tasas en las escuelas infantiles municipales de Torre Pacheco. Todas las fotocopias presentadas debes estar debidamente cotejadas a la entrega de la documentación. Torre Pacheco a 30 de junio de 2008.¿El Alcalde, Daniel García Madrid. ¿¿