Torre Pacheco 5514 Aprobación definitiva de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Transcurrido el plazo de exposición al público de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, aprobadas inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el 25 de enero de 2007, y no habiéndose presentado durante este plazo ninguna reclamación, se eleva a definitivo el mencionado acuerdo, según lo dispuesto en el Art. 17.3 R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. A continuación se publica el texto íntegro de las modificaciones según lo dispuesto en el R. D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, sin que quepa contra ellas otro recurso, que el contencioso-administrativo, según establece el Art. 19 de dicho texto legal, según las cuantías y tarifas indicadas en el expediente: Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Artículo 7.º- Tipo gravamen y cuota 2.- El tipo de gravamen será conforme a lo establecido en el artículo 72 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales: a) Cuando se trate de bienes inmuebles urbanos, el 0,68%. b) Cuando se trate de bienes inmuebles rústicos, el 0,65%. c) Cuando se trate de bienes inmuebles de características especiales, el 1,3%. Torre Pacheco a 26 de marzo de 2007.¿El Alcalde. ¿¿