¿OC¿ Torre Pacheco ¿OF¿¿SUC¿ 4701 Aprobación definitiva de modificación de ordenanza fiscal. ¿SUF¿¿TXC¿ Transcurrido el plazo de exposición al público de la modificación de la ordenanza fiscal de la tasa por la prestación del servicio de suministro de agua potable, aprobada inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el 29 de diciembre de 2005, durante el plazo de exposición al público se presentó una alegación que fue desestimada por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el treinta de marzo de 2006, por tanto, se eleva a definitivo el mencionado acuerdo, según lo dispuesto en el Art. 17.3 R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. A continuación se publica el texto integro de las modificaciones según lo dispuesto en el R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, sin que quepa contra ellas otros recurso, que el contencioso-administrativo, según establece el art. 19 de dicho texto legal, según las cuantías y tarifas indicadas en el expediente: Tasa por la prestación servicio de suministro agua potable Artículo 6.º- Cuota tributaria. La cuota tributaria se determinará con arreglo a las siguientes tarifas: a) Por la autorización de acometida a la red de agua, por una sola vez, 42 euros que se abonarán mediante ingreso directo a través de la liquidación efectuada en Gestión Tributaria al efectuar la solicitud de acometida a la red. b) Por prestación del servicio de abastecimiento de agua: Trimestralmente se establecen las siguientes Tarifas: Tarifa normal: Mínimo de consumo: 24 metros cúbicos trimestrales. Se gradúa el canon fijo de mantenimiento del contador y acometida por trimestre, atendiendo al diámetro del contador para cada una de las distintas tarifas de agua: Contador de 13 mm 3,155 euros/trimestre Contador de 20 mm 9,465 euros/trimestre Contador de 25 mm 12,621 euros/trimestre Contador de 30 mm 22,087 euros/trimestre Contador de 40 mm 25,242 euros/trimestre Contador de 50 mm 31,553 euros/trimestre Tramos de consumo trimestral: * Tramo 1.º: De 0 a 50 m³ 0,7198 euros/m³ * Tramo 2.º: De 51 a 70 m³ 0,7837 euros/m³ * Tramo 3.º: De 71 a 90 m³ 0,8813 euros/m³ * Tramo 4.º: De 91 m³ en adelante 1,1066 euros/m³ Tarifa especial de uso industrial y centros de enseñanza: - Mínimo de consumo trimestral: 100 metros cúbicos. - Canon fijo mantenimiento del contador y acometida por trimestre 8,740 euros/trimestre - Precio metro cúbico agua consumida 0,7198 euros/m³ Tarifa especial para pensionistas: - Canon fijo mantenimiento del contador y acometida por trimestre 3,155 euros/trimestre - Precio metro cúbico agua consumida: * Tramo 1.º: De 0 a 24 m³ 0,6469 euros/m³ * Tramo 2.º: De 25 a 50 m³ 0,7198 euros/m³ * Tramo 3.º: De 51 a 70 m³ 0,7837 euros/m³ * Tramo 4.º: De 71 a 90 m³ 0,8813 euros/m³ * Tramo 5.º: De 91 m³ en adelante 1,1066 euros/m³ Torre Pacheco a 6 de abril de 2006.¿El Alcalde. ¿TXF¿ ¿¿