IV. Administración Local Torre Pacheco 20413 Aprobación definitiva de la Modificación Puntual n.º 1 del Plan Parcial Residencial A.U.r núm.17, de Torre Pacheco. El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 26 de noviembre de 2009, ha acordado aprobar definitivamente la Modificación puntual Nº 1 del Plan Parcial residencial A.U.r núm.17 de Torre Pacheco, a iniciativa privada de la mercantil “Promociones La Hita, S.A.”, según proyecto redactado por el arquitecto Don José Mariano Sánchez Martini. Dicha modificación consiste en: ”Definir las especificaciones técnicas sobre las cuales se podrán redactar los estudios de detalle del ámbito de actuación, estableciendo los limites de la reordenación de volúmenes en cuanto a la posibilidad de realizar transferencias de edificabilidad, conforme al art. 120 TRLSRM, añadiendo un segundo apartado al artículo 3.6 de las Normas Urbanísticas del referido Plan Parcial, redactada por el Arquitecto D. José Mariano Sánchez Martini, promovida por la mercantil Promociones La Hita, S.A.”. En el plazo referido de exposición pública de este expediente no se ha formulado reclamación ni alegación alguna sobre la propuesta de modificación presentada. Y el Ayuntamiento Pleno, por veinte votos a favor y la abstención del Sr. García Pérez, adoptó los siguientes acuerdos: Primero.- Aprobar definitivamente la Modificación Puntual número 1 del Plan Parcial Residencial (A.U. r.) número 17 de Torre Pacheco, consistente en: ”Definir las especificaciones técnicas sobre las cuales se podrán redactar los estudios de detalle del ámbito de actuación, estableciendo los limites de la reordenación de volúmenes en cuanto a la posibilidad de realizar transferencias de edificabilidad, conforme al art. 120 TRLSRM, añadiendo un segundo apartado al artículo 3.6 de las Normas Urbanísticas del referido Plan Parcial, redactada por el Arquitecto D. José Mariano Sánchez Martini, promovida por la mercantil Promociones La Hita, S.A.”. Segundo.- Determinar que esta aprobación definitiva se lleva a cabo con las siguientes condiciones: A. Se ha cumplido la condición de añadir un apartado f) en el punto 2 que condicione que en cualquier caso “La superficie edificada en edificios de 4 plantas no superará el 20% de la superficie edificable total del sector”. B. La exigencia de refundidos de Plan Parcial y del P. de Reparcelación deberán extenderse al momento en que se aprobado algún estudio de Detalle que suponga reordenación entre manzanas diferentes. Tercero.- Establecer la obligación de la mercantil promotora de aportar un texto refundido en el que se recojan las determinaciones de esta Modificación y de la Modificación número 2 del mismo Plan Parcial. Cuarto.-Remitir un ejemplar del proyecto aprobado definitivamente junto con el expediente de esta modificación n.º 1 del Plan Parcial residencial A.U.r. número 17 de Torre Pacheco, y junto con el acuerdo por el que se otorga dicha aprobación, a la Dirección General de Territorio y Vivienda de la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio. Quinto.- Publicar el presente acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Notificar estos acuerdos a los interesados en el expediente con señalamiento de los recursos procedentes. El presente acuerdo pone fin a la vía administrativa y, contra el mismo podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia en el plazo máximo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación. No obstante, podrá interponer –previamente al contencioso-administrativo- recurso de reposición ante El Ayuntamiento Pleno en el plazo de un mes computado desde el día siguiente al de su notificación. Torre Pacheco, 17 de diciembre de 2009.—El Alcalde, Daniel García Madrid. A-291209-20413